Ref: 229/2025/ACU D.ª JESÚS MARÍA ARMAS DOMÍNGUEZ, CONSEJERA SECRETARIA ACCTAL. DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que es del siguiente tenor: URGENCIA Nº 1. Ref.: 229/2025/ACU.- MODIFICACIÓN NÚMERO 7 DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CORPORACIÓN PARA 2025- 2027, DEL ÁREA DE TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 17 de septiembre de 2025, que es del siguiente tenor: las materias de DEPORTES, JUVENTUD, El Miembro Corporativo Delegado en INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.2g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: MODIFICACIÓN NÚMERO 7 DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CORPORACIÓN PARA 2025-2027, DEL ÁREA DE TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ANTECEDENTES 1.- Visto que el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que “los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. 2.- Visto que por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular adoptado en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2025, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Corporación para las anualidades 2025-2027, con el fin de dotar de mayor transparencia la gestión del gasto público subvencional, lo que redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia. 3.- Visto que en el apartado relativo a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, se dispone que la introducción de nuevas líneas de subvención o la modificación de líneas ya incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido Plan. 4.- En el vigente Plan Estratégico de subvenciones no se recogen las siguientes líneas de subvención: 342/76205 130.000,00€ SUBVENCIÓN AYUNTAMIENTO DE EL PASO (INVERSIONES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS) 341/48969 5.000,00€ SUBVENCIÓN S.D. TENISCA (ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO) 5.- Con estas modificaciones presupuestarias la Corporación se dota de crédito suficiente para, colaborar con los clubes y entidades locales para el fomento del deporte en la Isla, a través de la concesión de una subvención nominativa a las citadas entidades para apoyar sus respectivas actuaciones. 7.- Visto que estas subvenciones, no estás incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación, por lo que se debe proceder a su modificación para la incorporación de las citadas subvenciones nominativas, con carácter previo a su concesión. 8.- Visto el informe favorable a esta propuesta de la Jefa de Servicio de Deportes y Juventud, de fecha 16 de septiembre de 2025. INFORME JURÍDICO MODIFICACIÓN 7 PLAN ESTRATÉGICO FUNDAMENTOS 1.- El Título X, en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre. 2.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que dispone que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. 3.- El Capítulo II de la Sección 1ª del Título Preliminar del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, que desarrolla la Ley de Subvenciones, regulador de los Planes Estratégicos. 4.- El artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de La Palma (BOP nº 100, de 22 de junio de 2005) que establece que no podrán ser aprobadas líneas de subvenciones Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion no previstas en el Plan estratégico de Subvenciones acordado por el Cabildo Insular de La Palma para cada ejercicio, salvo que se justifique debidamente en el procedimiento, la necesidad ineludible de hacer frente a una actividad de fomento de utilidad pública o de interés social. A tal efecto el órgano competente para aprobar el Plan estratégico deberá pronunciarse expresamente sobre la procedencia de la modificación del mismo. 5.-El artículo 6.2 de la Ley 19/2013, de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno, en relación con el art. 5.4 del mismo texto que dispone que las Administraciones Públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. 6. El Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para el presente ejercicio, aprobado por el Consejo de Gobierno Insular en Sesión Extraordinaria y Urgente celebrada el día 25 de enero de 2024 y modificado por Acuerdo del mismo órgano colegiado, de fecha 22 de marzo de 2024, que en cuanto a la modificación del Plan recoge que “La introducción de las nuevas líneas de subvención o modificación de las líneas ya incluidas estarán condicionadas a la modificación previa o simultanea del referido Plan” 7.- El artículo 41.1 d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Cabildo a cuyo tenor, corresponde al Consejo de Gobierno Insular aprobar todo tipo de planes y programas. 8.- La Base 27.1.10) de las de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para el presente ejercicio que regula que el establecimiento de subvenciones, y que establece que con carácter previo, se deberá concretar en un plan estratégico de subvenciones, que será aprobado por el Consejo de Gobierno Insular. 9.- Vistas de las funciones atribuidas en régimen de desconcentración a la miembro corporativo titular del Área de TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA por el Decreto de la Presidencia n° 2023/6517, de fecha 5 de julio, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (en adelante BOP) núm. 84, de 12 de julio de 2023, y que ha sido modificado parcialmente por Decreto de Presidencia nº 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 - B.O.P. nº 24 de 23 de febrero de 2024, y por Decreto de Presidencia nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 - B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024), así como la Resolución n° 2023/6529 de fecha de 7 de julio, dictada por la anterior, de delegación de las atribuciones referidas en el artículo 21.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, a favor de don Yurguen Hernández González, Miembro Corporativo Delegado en las materias de DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Documentos anexos: DESCRIPCIÓN CSV Informe Jurídico Modificación Presupuestaria 15706370077565237247 En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Primero.- Aprobar la modificación nº 7 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para 2025, aprobado por el Consejo de Gobierno Insular en Sesión ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2025, en cuanto a la incorporación de las siguientes líneas de subvención: ÁREA DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DENOMINACIÓN DESARROLLO APLICACIÓN IMPORTE Objetivo: colaborar con el mantenimiento y renovación de las instalaciones deportivas del municipio, logrando con ello en el desarrollo normal de la actividad deportiva del municipio. Plazo necesario para su ejecución. Los plazos serán determinados por los actos de convocatoria y concesión de la subvención Áreas de competencia. Deportes Plan de Acción. . La subvención se instrumentaliza a través de la concesión de una subvención por concurrencia competitiva mediante Resolución del Miembro corporativo/Consejero Delegado del Área de LÍNEA 114 Deportes, Juventud, Organización, Información y SUBVENCIÓN Participación Ciudadana. Se otorgará de forma directa y AYUNTAMIENTO EL nominativa 342/76205 130.000,00 PASO INVERSIONES Costes previsibles para su realización y fuentes de EN INSTALACIONES financiación: La financiación se llevará a cabo con DEPORTIVAS fondos propios de la Corporación. Régimen de seguimiento y evaluación continua. presentación de la justificación de las subvenciones por las entidades con la presentación de los diferentes documentos justificativos de la entidad. Resultados obtenidos con la subvención en ejercicios anteriores. Con la concesión de esta subvención por concurrencia competitiva, se ha logrado incentivar a las diferentes entidades deportivas a continuar con la labor que han venido desarrollando durante años, colaborando y creando sinergias entre la administración y las diferentes entidades. Objetivo: colaborar con la entidad deportiva antedicha en los gastos de organización y funcionamiento propio del desarrollo normal de la actividad deportiva de la LÍNEA 115 entidad. A mayor abundamiento cabe indicar que el SUBV. S.D. TENISCA desarrollo o funcionamiento de esta entidad sería 341/48969 5.000,00 GASTOS inviable de tenerse que financiar exclusivamente con ORGANIZACIÓN Y fondos propios. FUNCIONAMIENTO Plazo necesario para alcanzar los objetivos. Los plazos serán determinados por los actos de concesión Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion de la subvención. Áreas de competencia. Deportes. Plan de Acción. La subvención se instrumentaliza a través de la concesión de una subvención nominativa mediante Resolución del Miembro corporativo/Consejero Delegado del Área de Deportes, Juventud, Organización, Información y Participación Ciudadana. Se otorgará de forma directa y nominativa. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios de la Corporación. Régimen de seguimiento y evaluación continua. Presentación de la justificación de las subvenciones por los Clubes y Federaciones por los diferentes gastos de funcionamiento de organización en las diferentes competiciones en las que participan, ya sea insular, regional o autonómico, utilizando como indicadores, el número de miembros de las entidades deportivas, número de deportistas que practican deporte y compiten en los diferentes clubes. Resultados obtenidos con la subvención en ejercicios anteriores. Con la concesión de esta subvención nominativa se ha logrado que esta entidad permanezca desarrollando su modalidad deportiva. Segundo.- Publicar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del RD 887/2006 Reglamento de La Ley General de Subvenciones, y en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tercero.- Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. No obstante, lo anteriormente expuesto se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Teniendo en cuenta que consta: I. Informe-Propuesta emitido por la Jefa del Servicio de Deportes y Juventud, D.ª María Isabel Martín Álvarez, de fecha 16 de septiembre de 2025. II. Oficio de justificación de la urgencia de inclusión del asunto en el orden del día del Consejo de Gobierno Insular de 19 de septiembre, suscrito por la Jefa del Servicio de Deportes y Juvetud, D.ª María Isabel Martín Álvarez, de fecha 17 de septiembre de 2025. Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y aprueba por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. En Santa Cruz de La Palma. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322505220644504 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322505220644504 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion