Ref: 322/2025/ACU D. JUAN RAMÓN FELIPE SAN ANTONIO, CONSEJERO SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 5 de diciembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que, es del siguiente tenor: ASUNTO Nº 12.- REF.: 322/2025/ACU. APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN N.º 17 DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CORPORACIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025-2027. SERVICIO DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO.. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 2 de diciembre de 2025, que es del siguiente tenor: La Miembro Corporativa Titular del Área de Promoción Económica, Comercio, Cultura, Patrimonio Cultural, Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.2g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: ASUNTO.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN Nº 17 DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LAS ANUALIDADES 2025-2027 CON EL OBJETO DE INCLUIR DIEZ SUBVENCIONES NOMINATIVAS EN EL ÁREA DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO. ANTECEDENTES PRIMERO: Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular adoptado en Sesión Ordinaria el día 21 de febrero de 2025, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para los ejercicios 2025-2027, con el fin de dotar de mayor transparencia la gestión del gasto público en materia de subvenciones, lo que redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion SEGUNDO: Para mejorar y racionalizar la gestión de las subvenciones, el Plan concreta, entre otras, las líneas estratégicas de actuación del Área de Cultura y Patrimonio Cultural. TERCERO: La introducción de nuevas líneas de subvención o modificación de las líneas ya incluidas estarán condicionadas a la modificación previa del referido Plan. CUARTO: Considerando que en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 6 de agosto de 2025, se adoptó acuerdo provisional, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobación de Expediente nº48/2025/GE-MC de concesión de créditos extraordinarios y suplementos de créditos en el Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2025 que incluye las siguientes subvenciones: - SUBVENCIÓN AYTO. TIJARAFE FESTIVAL TIEMPO SUR 2025 por importe de catorce mil euros (14.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33446203 - SUBVENCIÓN AYTO. EL PASO FESTIVAL DE ARTISTAS HISPANOAMERICANOS por importe de diez mil euros (10.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33446216 - SUBVENCIÓN ASOC. CULTURAL FOLKLÓRICA TAJADRE. CONCIERTOS por importe de cinco mil euros (5.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33448912 - SUBVENCIÓN ASOC. MÚSICO-CULTURAL MARINO SICILIA. PROYECTO CULTURAL LA PALMA Y CANTO 2025 por importe de tres mil euros (3.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33448914 - SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN CULTURAL Y MUSICAL BENAHOARE. PROYECTO MUSICAL “BENAHOARITA” por importe de cuatro mil euros (4.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33448927 - SUBVENCIÓN SOCIEDAD DE ACUARELISTAS CABRELES DIFUSIÓN Y EXPOSICIONES ACUARELAS DIFERENTE TEMÁTICA CULTURAL por importe de cinco mil euros (5.000,00 €). Aplicación presupuestaria: 33448928 - SUBVENCIÓN ASOC. CANARIA AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI (ACAPS) ELÍAS MARTIN ADQUISICIÓN MATERIALES por importe de tres mil quinientos euros (3.500,00€). Aplicación presupuestaria: 33478900. - SUBVENCIÓN ASOC. DE DISEÑADORES, CREADORES Y AMIGOS POR LA CULTURA DE LA PALMA. PROYECTO LA MORENA 2025 por importe de veinte mil euros (20.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33848902. QUINTO: Considerando que en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 14 de noviembre de 2025, se adoptó acuerdo provisional de aprobación del Expediente nº77/2025/GE- MC de concesión de créditos extraordinarios y suplementos de créditos en el Presupuesto del Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2025 que incluye las siguientes subvenciones: - SUBVENCIÓN AYTO. DE EL PASO PARA GASTOS DE INVERSIÓN DELA BANDA DE MÚSICA MUNICIPAL por importe de trece mil euros (13.000,00€). Aplicación presupuestaria: 33476200 - SUBVENCIÓN A LA ASOC. RECREACIÓN HISTÓRICA DE LA GUARNICIÓN DEL SIGLO XVIII PARA GASTOS DE INVERSIÓN por importe de seis mil euros (6.000,00 €) aplicación presupuestaria: 33478908 SEXTO: Visto que estas subvenciones, no están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación, por lo que se debe proceder a su modificación para la incorporación de las mismas, con carácter previo a su concesión. SÉPTIMO: Visto el informe favorable de la Jefa de Servicio Acctal. de Cultura y Patrimonio Histórico, de fecha 1 de diciembre de 2025. FUNDAMENTOS PRIMERO: El Título X, en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre. SEGUNDO: El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que dispone que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. TERCERO: El Capítulo II de la Sección 1ª del Título Preliminar del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, que desarrolla la Ley de Subvenciones, regulador de los Planes Estratégicos. CUARTO: El artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de La Palma (B.O.P. nº100, 22.06.2005) que establece que no podrán ser aprobadas líneas de subvenciones no previstas en el Plan estratégico de Subvenciones acordado por el Cabildo Insular de La Palma para cada ejercicio, salvo que se justifique debidamente en el procedimiento, la necesidad ineludible de hacer frente a una actividad de fomento de utilidad pública o de interés social. A tal efecto el órgano competente para aprobar el Plan estratégico deberá pronunciarse expresamente sobre la procedencia de la modificación del mismo. QUINTO: El artículo 6.2 de la Ley 19/2013, de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno, en relación con el art. 5.4 del mismo texto que dispone que las Administraciones Públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. SEXTO: El Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para los ejercicios 2025-2027, aprobado por el Consejo de Gobierno Insular en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2025, que recoge que el Plan ha de incluir todas las líneas de subvención en las que se concreta el plan de acción, no se podrán aprobar líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva o directa, no previstas en el mismo. SÉPTIMO: El artículo 41.1 d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Cabildo a cuyo tenor, corresponde al Consejo de Gobierno Insular aprobar todo tipo de planes y programas. OCTAVO: La Base 27.1.10) de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para el presente ejercicio que dispone que, con carácter previo, el establecimiento de subvenciones se deberá concretar en un plan estratégico de subvenciones, que será aprobado por el Consejo de Gobierno Insular. NOVENO: En cuanto a las competencias del Miembro Corporativo Titular del Área de Promoción Económica, Comercio, Cultura, Patrimonio Cultural, Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda Y Salud, el artículo 21.2 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en el marco de la designación efectuada por el Presidente de la Corporación mediante Decreto de la Presidencia nº 2023/6517, de fecha 5 de julio de 2023, de designación de miembros corporativos titulares de áreas (BOP núm. 84, de 12 de julio de 2023), modificado parcialmente por Decreto de la Presidencia nº 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 (BOP núm. 24, de 23 de febrero de 2024), y por Decretos de Presidencia nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 (B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024) y nº 2025/10776, de fecha 17 de octubre de 2025 (B.O.P. nº133, de 3 de noviembre de 2025) , atribuye a los Miembros corporativos titulares de área Proponer al Consejo de Gobierno Insular el ejercicio de las atribuciones que pudieran corresponder a este respecto de las materias de su área, así como los proyectos que aquel deba aprobar. Documentos anexos: DESCRIPCIÓN CSV Informe 15704506664760636174 En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: PRIMERO: Aprobar la modificación nº 17 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para los ejercicios 2025-2027, aprobado por el Consejo de Gobierno Insular, en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2025, en cuanto a la modificación de las siguientes líneas: ÁREA DE AGUAS, CULTURA, EDUCACIÓN, PATRIMONIO Y ARTESANÍA. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5: SUBVENCIÓN A LAS BANDAS DE MÚSICA MUNICIPALES. -Suprimir en el desglose por beneficiarios: APLICACIÓN IMPORT BENEFICIARIO ANUALIDAD E EUROS Ayuntamiento de El Paso- 33446205 13.000,00 Banda de Música municipal -Incluir gastos de inversión con el siguiente desglose por beneficiarios: GASTOS DE INVERSIÓN Parte de la subvención destinada a sufragar la adquisición de nuevos instrumentos musicales y accesorios. APLICACIÓN BENEFICIARIO ANUALIDAD IMPORTE EUROS Ayuntamiento de El Paso - 33476200 13.000,00 Banda de Música municipal LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7: SUBVENCIÓN A PROYECTOS CULTURALES. -Modificar los costes previsibles en las siguientes cantidades: ANUALIDADES TOTAL IMPORTE 353.500,00€ 309.000,00 € 309.000,00 € 971.500,00 € -Suprimir en el desglose por beneficiarios: APLICACIÓN IMPORTE BENEFICIARIO OBJETO ANUALIDAD EUROS Asociación de Recreación Histórica Gastos de organización 33448908 6.000,00 de la Guarnición del Siglo XVIII Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion -Incluir en el desglose por beneficiarios: APLICACIÓN IMPORTE BENEFICIARIO OBJETO ANUALIDAD EUROS Festival Tiempo Sur Ayuntamiento de Tijarafe 33446203 14.000,00 Festival de Artistas Ayuntamiento de El Paso 33446216 10.000,00 Hispanoamericanos Asociación Cultural Folklórica Conciertos 33448912 5.000,00 Tajadre Asociación Músico-Cultural Marino Proyecto Cultural La 33448914 3.000,00 Sicilia Palma y Canto 2025 Asociación Cultural y Musical Proyecto Musical 33448927 4.000,00 Benahoare “Benahoarita” Difusión y Exposiciones Asociación de Acuarelistas Cabreles 33448928 5.000,00 Acuarelas Diferente Temática Cultural Importes solamente previstos para la anualidad 2025 -Incluir gastos de inversión con el siguiente desglose por beneficiarios: GASTOS DE INVERSIÓN APLICACIÓN IMPORT BENEFICIARIO OBJETO ANUALIDAD E EUROS Asociación Canaria Amigos del Gastos de inversión Pueblo Saharaui (ACAPS) Elías 33478900 3.500,00* integración cultural Martín Asociación de Recreación Histórica Adquisición vestuario y 33478908 6.000,00 de la Guarnición del Siglo XVIII accesorios *Este importe solamente está previsto para la anualidad 2025 LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11: SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LOS FESTEJOS POPULARES. -Modificar los costes previsibles en las siguientes cantidades: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion ANUALIDADES TOTAL IMPORTE 805.000,00 € 185.000,00 € 185.000,00 € 1.175.000,00 -Incluir en el desglose por beneficiarios: APLICACIÓN IMPORTE BENEFICIARIO OBJETO ANUALIDAD EUROS Asociación de Diseñadores, Creadores y Proyecto La Morena 33848902 20.000,00 Amigos por La Cultura de La Palma Importe solamente previsto para la anualidad 2025 SEGUNDO: Publicar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de La Ley General de Subvenciones, y en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. TERCERO: Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. No obstante lo anteriormente expuesto, se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno. Teniendo en cuenta que consta Informe jurídico favorable a la Modificación N.º 17 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para los ejercicios 2025-2027, suscrito por la Jefa Acctal. del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, D.ª Jael Lorenzo Plata, de fecha 1 de diciembre de 2025. Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y aprueba por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. En Santa Cruz de La Palma. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322151677752401 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322151677752401 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion