D. BORJA PERDOMO HERNÁNDEZ, CONSEJERO SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de febrero de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que, es del siguiente tenor: PUNTO DE URGENCIA Nº 1.- REF: 52/2023/ACU. APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CORPORACIÓN PARA EL AÑO 2023. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 9 de febrero de 2023, que es del siguiente tenor: D. Mariano Hernández Zapata, Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 17 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, formula la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO al Consejo de Gobierno Insular relativa a la Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio de 2023. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion ANTECEDENTES El Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en cumplimiento de la Ley General de Subvenciones, tiene la obligación de elaborar un Plan que Estratégico de Subvenciones con el fin de dotar de mayor transparencia la gestión del gasto público subvencionable, lo que redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia. Además dichos planes conectan los objetivos y efectos que se pretendan conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el objeto de adecuar las necesidades públicas a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles. Expirado el plazo de vigencia del anterior Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2022, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2022. El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias y las bases reguladoras de su concesión se ajustarán a dichos objetivos. La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la tramitación del expediente correspondiente o a la puesta en práctica de las líneas de subvención, atendiendo a los condicionantes y disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. FUNDAMENTOS Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Ref: 52/2023/ACU 1 I.- De acuerdo a lo dispuesto en la Base 27.1.10 de las que rigen la ejecución del vigente Presupuesto, corresponde que los Planes Estratégicos serán aprobados por el Gobierno Insular. II.- La jefa de Servicio de Presidencia emite informe favorable el día fecha 8 de febrero de 2023, dado que se han observado los trámites exigidos por la legislación vigente. III.- El artículo 41 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Organización y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, y preceptos concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre. En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Primero.- “Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación para el año 2023” PLAN EXTRATEGICO DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Preámbulo El Excmo. Cabildo Insular de La Palma establece el Plan Estratégico de Subvenciones para el 2023, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y su Ordenanza General de Subvenciones. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la necesidad de elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento y forma plurianual. A tal efecto, la normativa legal concede a los planes estratégicos una gran importancia en el marco de la denominada “nueva gestión pública” y recoge un conjunto de principios que han de informar la actividad subvencionable: publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Y en esta línea y, como mecanismo para la consecución de los citados principios, introduce entre otros elementos el de la planificación. En definitiva, los planes estratégicos se configuran como instrumentos de planificación y gestión, carentes de rango nominativo, cuyos efectos directos se reducen al ámbito interno de la Administración, de manera que se obtenga la máxima eficacia y equidad en el gasto, cualquiera que sea el origen de los recursos, considerándose instrumentos de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el momento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 2 La disponibilidad del Plan Estratégico de Subvenciones constituye un requisito previo al establecimiento de subvenciones y viene señalado en el artículo 8 de La Ley General de Subvenciones. Por ello, dicho plan deberá preceder tanto a las normas sectoriales mediante las que se creen subvenciones, como a las bases reguladoras cuando la subvención se establezca a través de las mismas, debiendo formar parte del expediente administrativo que se forme en el marco del procedimiento de elaboración de la correspondiente norma. Por otra parte, la efectividad del plan estratégico queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, por lo que el establecimiento defectivo de las subvenciones previstas en el presente plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos insulares y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o el documento procedente.  Efectos del Plan Estratégico.- El principal de los efectos es ayudar a la gestión, trasparencia, control y toma de decisiones de en el gasto público subvencionable del Cabildo Insular de La Palma, que podría llegar hasta la supresión de aquellas líneas de subvenciones que no alcancen los objetivos propuestos y su sustitución por otros más eficaces. A dichos efectos, el plan estratégico integrado por las subvenciones del Cabildo Insular de La Palma para el presente ejercicio especifica los objetivos y efectos que se pretenden, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles, sus fuentes de financiación, el plan de acción. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion  Vigencia del plan.- El Plan estratégico de Subvenciones se elabora y aprueba para el año 2023 y en el mismo se reformulan los objetos y el plan de acción a seguir, tomando como referencia los resultados obtenidos y las previsiones presupuestarias.  Principios generales en el otorgamiento de subvenciones.- Las subvenciones se otorgarán bajo los principios de objetividad, trasparencia, igualdad, no discriminación, publicidad, con eficacia y eficiencia y en régimen de concurrencia competitiva, salvo las subvenciones de concesión directa previstas en el artículo 22.2 LGS entre ellas las que figuran señaladas nominativamente, o en casos excepcionales y debidamente motivados.  Objetivos estratégicos.- En el marco de competencias que le son propias, el Cabildo Insular de La Palma desarrolla diversas acciones que tienen como finalidad alcanzar una serie de objetivos que beneficien al conjunto de la Isla. En concreto esta Corporación Insular ha definido, para el ejercicio económico de 2023, los siguientes: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 3  Fomentar acciones de dinamización de colectivos y cooperación en la prestación de servicios a la ciudadanía.  Difundir y promocionar eventos y acciones de solidaridad y cooperación de interés insular.  Cooperar en la financiación de inversiones, actividades y servicios de competencia municipal.  Promover la innovación y desarrollo tecnológico, de la corporación y la sociedad palmera.  Mejorar el transporte público y la movilidad de los ciudadanos.  Conseguir un modelo energético más eficiente y sostenible.  Fomentar el hecho sindical en el año 2023.  Fomentar la lectura, el apoyo a la investigación y el estudio  Favorecer actividades culturales y colaborar con entidades de carácter cultural.  Colaborar con la protección del patrimonio histórico de la isla.  Colaborar con el mantenimiento de fiestas y festejos populares de la isla de La Palma.  Promover la educación del alumnado de la isla.  Fomentar el desarrollo artesanal y colaborar en la conservación del patrimonio histórico artesanal.  Promocionar la atención integral de personas mayores, con discapacidad o personas con vulnerabilidad social.  Prestar asistencia social, promocionar actividades de carácter social.  Ayudar económicamente en situaciones de vulnerabilidad social por emergencia por causas naturales, especialmente por la erupción volcánica de 19 de septiembre de 2021.  Asistir y cooperar con las entidades municipales en materia de juventud.  Fomentar la participación de los jóvenes mediante el asociacionismo, sin excluir otras formas alternativas.  Promover en la juventud, hábitos de de vida saludable, actitudes solidarias y de respeto a la diversidad.  Atender las emergencias en la isla y dar cobertura a los planes de emergencias.  Potenciar el mantenimiento y creación de equipos y grupos especializados de emergencias y protección civil.  Fomentar y valorar la participación y la colaboración ciudadana.  Apoyar la gestión, divulgación y respeto por la biodiversidad, espacios naturales protegidos insulares y prácticas sostenibles.  Prevenir y minimizar los residuos, con la implantación o ampliación de la recogida selectiva de residuos, aumentando el reciclado.  Fomentar el empleo y el apoyo a la empleabilidad.  Incentivar las compras en los municipios de la isla, especialmente en Zonas Comerciales Abiertas.  Revitalizar los espacios comerciales tradicionales a través del Plan Director de Zonas Comerciales.  Promover nuevas oportunidades de negocio relacionadas con el sector comercial.  Dinamizar y promocionar los atractivos de las empresas palmeras.  Impulsar el desarrollo turístico insular.  Fomentar las prácticas deportivas en la isla como estilo de vida saludable. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 4  Apoyar a los Ayuntamientos para la ejecución y mantenimiento de infraestructuras deportivas y dotación de equipamiento.  Fomentar el mantenimiento y conservación de las razas ganaderas.  Fomentar la investigación científica en los cultivos de la Isla y el desarrollo integral y sostenible de las zonas rurales.  Fomentar acciones que favorezcan la mejora del sector primario.  Plazos.- Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente convenio o en el documento que proceda, según consta en este Plan Estratégico.  Costes previsibles y fuentes de financiación.- Dentro del coste previsible, la cantidad máxima anual destinada para cada convocatoria de subvenciones será la que se apruebe en el presupuesto insular anual y se concretará en cada una de las bases de la convocatoria de subvenciones. Se podrá establecer un importe máximo en las líneas de actuación que supere las previsiones presupuestarias iniciales que requerirá, si se estimara un crecimiento, la modificación presupuestaria para hacerla realidad, pero no la modificación del Plan de subvenciones. Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el Presupuesto General del Cabildo Insular de La Palma, que también se recoge en este documento.  Modificación del Plan.- La introducción de las nuevas líneas de subvención o modificación de las líneas ya incluidas estarán condicionadas a la modificación previa o simultanea del referido Plan. No será necesaria la modificación del plan estratégico de subvenciones en los supuestos de modificación de las líneas de subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado a una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma permanezcan sin cambios, hecho éste que deberá quedar acreditado en el expediente, por parte del centro gestos correspondiente  Contenido del Plan.- Tal y como recoge el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 12 del Reglamento que desarrolla la Ley, este documento incluye los siguientes apartados: Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan. Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Indicándose por cada línea de subvención, los siguientes aspectos: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 5 o Áreas de competencia afectadas y sectores que se impulsan. o Fuentes de financiación (aplicación presupuestaria). o Costes previsibles para su realización o Denominación de la línea de subvención. o Modalidad de concesión (Plan de Acción) o Destinatarios o beneficiarios. o Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación. o Plazo necesario para su consecución / ejecución (Anualidad). Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas.  Procedimiento de concesión de las subvenciones (Plan de Acción) De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de La Palma, los procedimientos de concesión de subvenciones pueden ser de una forma directa o mediante procedimiento de régimen de concurrencia competitiva. Pueden concederse mediante ayuda directa las que figuren como nominativas en los presupuestos generales de la Corporación. Para que los supuestos en los que, de acuerdo con la naturaleza de la subvención, su urgencia o el interés público, se requiere un tipo de procedimiento diferente, éste se podrá utilizar, de acuerdo a la legislación vigente, con la justificación previa correspondiente y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, deberán acompañarse de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la LGS, en este caso “…la resolución de concesión, y en su caso, los convenios a través de los cuáles se canalicen estas subvenciones establecerán las condiciones y compromisos aplicables…”. Es decir la resolución establecerá las bases reguladoras de la subvención. En las bases de subvención se debe indicar el procedimiento adecuado para cada una de las líneas de subvención que se regulen. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion  Seguimiento del Plan.- Este Plan Estratégico debe ser visado al objeto de: - Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos. - Actualizar los importes de aquellas que se mantengan. - Incluir nuevas líneas de actuación.  Evaluación de la eficacia de las líneas de subvención.- Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Áreas concedentes emitirán una memoria anual de ejecución que recogerá la situación a dicha fecha en relación con los objetivos establecidos y sus indicadores de seguimiento y que contendrá como mínimo los siguientes aspectos:  Objeto  Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora.  Importe subvencionado  Acciones subvencionadas  Acciones concretadas desarrolladas en el importe de la subvención  Número de ciudadanos a lo que alcanza la acción subvencionada.  Justificación de los objetivos alcanzados. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 6  Exposición y análisis de las causas de las desviaciones detectadas expresando las medidas correctores que se adopten o propongan, según el caso. Las líneas ordenadas por Áreas de Gobierno se presentan en el Anexo que se incorpora al presente Informe, detallando para cada una sus objetivos, efectos, beneficiarios, tipo de concesión y los créditos previsibles: ANEXO: PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CABILDO DE LA PALMA 2023 Documento: 14614223574044035772 Anexo del Plan Estratégico de Subvenciones 2023 Segundo.- Publicar el Anexo del Plan Estratégico de Subvenciones y sus posteriores actualizaciones en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del RD 887/2006 Reglamento de La Ley General de Subvenciones, y en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.” Teniendo en cuenta que consta el informe favorable de la Jefa de Servicio de Presidencia, D.ª Angelina Rosa Ramón Matos, de fecha 9 de febrero de 2023. C.U.D.: 14613764222760670164 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y se aprueba, por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. En Santa Cruz de La Palma. Firmado electrónicamente el día 10/02/2023 a las 15:14:35 por EL PRESIDENTE MARIANO HERNANDEZ ZAPATA Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14613764222760670164 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Digitally signed by PERDOMO HERNANDEZ BORJA - 42193847W Date: 2023.02.10 13:31:14 WET 7