Servicio de Contratación de Servicios y Suministros ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DÍA 12 DE MARZO DE 2021 En Santa Cruz de La Palma, en el Salón de Plenos, siendo las 11:10 horas del día doce de marzo de dos mil veintiuno, se reúnen los miembros de la Mesa de Contratación, convocados al efecto, y demás asistentes que están relacionados a continuación: PARTE DE ASISTENCIA • Presidente de la Mesa: Don Mariano Hernández Zapata (Presidente de la Corporación). • Vocales: • Don Esteban René García Quesada (Director Acctal. de la Asesoría Jurídica). • Don Pedro Francisco Jaubert Lorenzo (Interventor Acctal.). • Don Pedro Jesús Acosta Rodríguez (Jefe de Servicio de Educación y Empleo). • Doña Concepción Inés Pérez Riverol (Jefa de Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca). • Don Miguel Ángel Morcuende Hurtado (Jefe de Servicio de Medio Ambiente). • Doña Ana Isabel Álvarez Acosta (Jefa de Sección del Servicio de Acción Social). • Doña Nieves María Díaz López (Jefa de Sección de Secretaría General). • Don Juan Ramón Felipe San Antonio. (Portavoz del Grupo Coalición Canaria). • Don José Adrián Hernández Montoya (Consejero Insular del Área de Agricultura, Ganadería y Pesca). • Secretaria: Doña Angustias María Hernández Cedrés (Jefa de Servicio de Contratación de Servicios y Suministros). • Otros asistentes: Doña Ángeles Nieves Lorenzo Brito, Técnico de Administración General del Servicio de Contratación de Servicios y Suministros; Doña Rosa Amalia Fernández Castro, Técnico de Administración General del Servicio de Contratación de Servicios y Suministro; y Doña Ana María González Rodríguez, Jefa de Servicio de Transporte. A continuación, se procede al examen de los asuntos contemplados, en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con el siguiente Orden del Día: ORDEN DEL DIA: 1.- Aprobación de actas de las sesiones anteriores. 2.- Toma de conocimiento del informe técnico relativo a la justificación de la baja desproporcionada o anormal en la licitación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto, del contrato: 1 “MANTENIMIENTO DE LAS MARQUESINAS Y PARADAS PREFERENTES, AFECTAS AL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS” (EXP. 34/2020/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. _________________________________________________________ ASUNTO UNO.- APROBACIÓN DE ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. Da cuenta la Presidencia del envío, mediante correo electrónico, del borrador de las siguientes actas: • Sesión Extraordinaria celebrada el día 21 de enero de 2021. • Sesión Extraordinaria celebrada el día 28 de enero de 2021. • Sesión Extraordinaria y Urgente celebrada el día 23 de febrero de 2021. . No habiendo reparo alguno a su contenido, los miembros de la Mesa, acuerdan, por mayoría, aprobar las actas de las citadas sesiones, con las siguientes abstenciones: • D. Pedro Jesús Acosta Rodríguez, se abstiene en la aprobación de las actas de las Sesiones Extraordinarias de fecha 21 y 28 de enero, al no haber asistido a dichas sesiones. • Dª. Concepción Inés Pérez Riverol, se abstiene en la aprobación de las actas de la Sesión Extraordinaria de fecha 21 de enero y de la Sesión Extraordinaria y Urgente de fecha 23 de febrero, al no haber asistido a dichas sesiones. • D. Miguel Ángel Morcuende Hurtado, se abstiene en la aprobación de las actas de las tres sesiones, al no haber asistido a dichas sesiones. • Dª. Nieves María Díaz López, se abstiene en la aprobación del acta de la Sesión Extraordinaria de fecha 28 de enero, al no haber asistido a dicha sesión. ASUNTO DOS.- TOMA EN CONOCIMIENTO DEL INFORME TÉCNICO RELATIVO A LA JUSTIFICACIÓN DE LA BAJA DESPROPORCIONADA O ANORMAL EN LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA Y ANTICIPADA DEL GASTO, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE “MANTENIMIENTO DE LAS MARQUESINAS Y PARADAS PREFERENTES, AFECTAS AL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS” (EXP. 34/2020/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. La Presidencia, tras la incorporación de Dª. Ana María González Rodríguez, Jefa de Servicio de Transportes, recuerda a los miembros de la Mesa la relación de licitadores del procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto para la contratación del servicio de “MANTENIMIENTO DE LAS MARQUESINAS Y PARADAS PREFERENTES, AFECTAS AL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS” (EXP. 34/2020/CNT), por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de CIENTO TRES MIL SETECIENTOS CINCO EUROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (103.705,76€), incluido el IGIC. Desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 96.921,27 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%) que deberá soportar la Administración, que asciende a la cantidad de 6.784,49 euros. Con un plazo de duración de TRES (3) AÑOS, con posibilidad de prórroga hasta un máximo de DOS (2) AÑOS más. El presupuesto se distribuye en los lotes que se detallan a continuación: 2 • LOTE 1: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Tijarafe, Puntagorda, Villa de Garafía, Barlovento y San Andrés y Sauces. El presupuesto base de licitación, que incluye el IGIC, asciende al importe de 30.850,76 euros; desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 28.832,49 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%), que alcanza un importe de a 2.018,27 euros. • LOTE 2: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Santa Cruz de La Palma, Breña Baja, Breña Alta y Puntallana, así como la Parada Preferente del Real Santuario de Las Nieves. El presupuesto base de licitación, que incluye el IGIC, asciende al importe de 34.568,59 euros; desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 32.307,09 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%), que alcanza un importe de a 2.261,5 euros. • LOTE 3: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Villa y Puerto de Tazacorte, Los Llanos de Aridane, El Paso, Fuencaliente, y Villa de Mazo. El presupuesto base de licitación, que incluye el IGIC, asciende al importe de 38.286,41 euros; desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 35.781,09 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%), que alcanza un importe de a 2.504,72 euros. Distribuidos por lotes, se han presentados los siguientes licitadores: - LOTE 1: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Tijarafe, Puntagorda, Villa de Garafía, Barlovento y San Andrés y Sauces. • MANTENIMIENTO INTEGRAL PEDRO BRITO S.L. (NIF B-76724715). • OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL S.L. (NIF B-76538842). • FREDDY DE OLIVEIRA PÉREZ (NIF 42233969-N). • JOSE FRANCISCO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ (NIF 42185030-V). - LOTE 2: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Santa Cruz de La Palma, Breña Baja, Breña Alta y Puntallana, así como la Parada Preferente del Real Santuario de Las Nieves. • MANTENIMIENTO INTEGRAL PEDRO BRITO S.L. (NIF B-76724715). • ACTUACIONES ALFE, S.L. (NIF B-76712470). • FREDDY DE OLIVEIRA PÉREZ (NIF 42233969-N). • JOSE FRANCISCO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ (NIF 42185030-V). • PUBLISERVIC CANARIAS S.L.U. (NIF B-38736336). - LOTE 3: Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Villa y Puerto de Tazacorte, Los Llanos de Aridane, El Paso, Fuencaliente, y Villa de Mazo. • MANTENIMIENTO INTEGRAL PEDRO BRITO S.L. (NIF B-76724715). • OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL S.L. (NIF B-76538842). • INSTALACIONES ELÉCTRICAS JOSÉ CARLOS S.L. (NIF B-38470456). • FREDDY DE OLIVEIRA PÉREZ (NIF 42233969-N). • JOSE FRANCISCO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ (NIF 42185030-V). • PUBLISERVIC CANARIAS S.L.U. (NIF B-38736336). Seguidamente la Presidencia recuerda a los miembros de la mesa, que en consonancia con lo acordado en la Sesión Extraordinaria y Urgente de la Mesa de contratación celebrada el pasado 23 de febrero de 2021, tras comprobar la que la oferta presentada por OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL S.L. (NIF B-76538842) para el Lote 1 y la oferta presentada por ACTUACIONES ALFE, S.L. (NIF B-76712470) para el Lote 2 se encuentran en presunción de anormalidad, se les requiere a ambas empresas para que, en el plazo máximo de 5 días hábiles aportase los documentos, relativos a la condición de su oferta 3 para el contrato de referencia, que fueran susceptibles de determinar el bajo nivel del precio, en particular en lo referido al ahorro que permita el procedimiento de fabricación, los servicios prestados o el método de construcción y las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras, así como cualquier otra circunstancia de las previstas en el art. 149.4 de la Ley 9/2017 de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Presentada la justificación por dichas empresa dentro del plazo establecido se emite informe por la Jefa de Servicio de Transportes, de fecha 5 de marzo de 2021, del siguiente tenor literal: “INFORME PRIMERO: Mediante informe emitido con fecha 19 de febrero pasado, la Jefa de Servicio que suscribe, determina la existencia de ofertas incursas presuntamente en bajas anormales, indicando la procedencia de la tramitación del oportuno procedimiento contradictorio, de conformidad con lo contemplado en el artículo 149 “Ofertas anormalmente bajas”, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), que afecta a los lotes y para las empresas que se relacionan seguidamente: La oferta de la entidad "OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL,S.L.", que asciende a la cantidad de 21.600,00 € (sin IGIC) y supone una baja del 25.08% sobre el presupuesto base de licitación, presenta posibles valores anormales o desproporcionados. La oferta suscrita por la entidad "ACTUACIONES ALFE,SL.", que asciende a la cantidad de 24.300,00 € (sin IGIC) y supone una baja del 24.78% sobre el presupuesto base de licitación, presenta posibles valores anormales o desproporcionados. A este respecto el art. 149 de la LCSP, en su apartado 2, dispone que se deberán identificar las ofertas que se encuentren incursas en presunción de anormalidad, debiendo contemplarse en los pliegos, a estos efectos, los parámetros objetivos que deberán permitir identificar los casos en que una ofertas se considere anormal, añadiendo la letra b) de dicho apartado que “cuando se utilicen una pluralidad de criterios de adjudicación, se estará a lo establecido en los Pliegos que rigen el contrato”. Por su parte, la cláusula 17.4 del PCAP establece que: “Son circunstancias que harán presumir que una oferta es anormalmente baja, las siguientes: Respecto al precio cuando se encuentren en alguno de los supuestos del art. 85 RGLCAP, supuestos en los que se seguirá lo establecido en el citado art. 149 LCSP (así como el artículo 86 RGLCAP respecto a las proposiciones presentadas por empresas pertenecientes a un mismo grupo). En todo caso, el órgano de contratación rechazará las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el art. 201 LCSP.” 4 Por su parte, el art. 85 del RGLCAP, establece que: “El órgano de contratación podrá estimar, por sí o a propuesta de la Mesa de Contratación, previa emisión del informe técnico citado en el apartado anterior, que las proposiciones presentadas son anormales o desproporcionadas cuando en las mismas concurran las siguientes circunstancias: Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: “… 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.” SEGUNDO: De conformidad con lo ordenado por la Mesa de Contratación en sesión celebrada el día 23 de febrero pasado, se cursa oficio por parte del Servicio de Contratación a las empresas referenciadas en el apartado primero de este informe, a los efectos de que justifiquen la viabilidad de sus ofertas, en consonancia con lo estipulado en la Cláusula 17 de PCAP que rigen la contratación de referencia y el art. 149 de la LCSP, anteriormente citado. Recibida en este Servicio la documentación aportada por las citadas empresas se procede a la valoración de su viabilidad económica en cuanto al cumplimiento del contrato en las condiciones exigidas en los PCAP y de Prescripciones Técnicas, resultando las siguientes consideraciones:  LOTE Nº 1 “Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Tijarafe, Puntagorda, Villa de Garafía, Barlovento y San Andrés y Sauces.” Vista la justificación de la oferta presentada por la empresa OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL, SL, en escrito de fecha 24 de febrero pasado, en el que en síntesis manifiesta entre otros aspectos que: - La empresa cuenta con medios personales requeridos para la ejecución del contrato (1 oficial de primera y 1 peón). En la actualidad la empresa dispone de 15 oficiales y 12 peones, que se podrán distribuir según requerimiento de las necesidades del contrato en caso de ser necesario. - La empresa cuenta con los medios materiales y maquinaria necesaria para acometer el servicio, incluyendo una enumeración de tales medios. - En la actualidad la empresa ya dispone de local, provisto de teléfono, fax y dirección de correo electrónico. Debido a otros contratos que la empresa tiene en vigor dispone de un servicio de localización y guardia 24 horas, por tanto, el tiempo de respuesta para cualquier emergencia será mínimo. Dicho servicio de guardia y localización es realizado por el gerente/encargado de la empresa, por tanto no supone un coste extra en los gastos estructurales de la misma. - Cumplimiento de los convenios colectivos de aplicación. Costes de Oficial de 1ª y Peón según desglose del PCAP. En cuanto al auxiliar administrativo, especifica que no se cuantifica a pesar de contar la empresa con 2 trabajadores de esta categoría, al estar previsto que la recepción de avisos y de las comunicaciones internas con el Cabildo sean llevadas a cabo por el Gerente de la empresa, por lo que no imputa coste directo en este apartado. - Los costes de material, los costes indirectos y el beneficio industrial los fija en la misma cantidad reflejada en el PCAP. La que suscribe, tras analizar la documentación remitida, entiende que, “a priori”, no hay razones técnico económicas para considerar la oferta aportada por la empresa OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL,SL (NIF B76538842), como desproporcionada, dado que aporta fundamentos en los que justifica el ajuste de su oferta económica, tales como: 5 - Innecesariedad de contratar personal específico con el perfil profesional de auxiliar administrativo para la resolución de la incidencias del contrato, en cuanto estas funciones las desempeña directamente el gerente/encargado de la empresa, con el apoyo del servicio de localización y guardia 24 horas que ya tiene implementado la empresa para otros contratos que tiene suscritos. A estos efectos resulta conveniente señalar que el propio Pliego de Prescripciones Técnicas, en cuanto a los requerimientos mínimos exigidos para este tipo de personal, prevé la posibilidad de que las tareas a desarrollar por este, puedan ser desempeñadas por otro personal de la empresa, incluido el gerente, siempre que el contacto con el Cabildo esté cubierto. Asimismo, según los datos obrantes en el Servicio de Transportes, la citada empresa ya ha resultado adjudicataria con anterioridad de otro contrato con prestaciones similares a las que se incluyen en el de referencia, habiéndose realizado de forma favorable, por lo que cuenta con la experiencia y el conocimiento necesario para optimizar su prestación y, consecuentemente, su oferta. Por todo lo anterior se considera justificada la baja realizada en la oferta económica presentada por la empresa OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL,S.L. (NIF B76538842), al LOTE Nº 1 del contrato de “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS MARQUESINAS Y PARADAS PREFERENTES AFECTAS AL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS” (EXP. 34/2020/CNT).  LOTE Nº 2 Marquesinas rústicas y urbanas situadas en los municipios de Santa Cruz de La Palma, Breña Baja, Breña Alta y Puntallana, así como la Parada Preferente del Real Santuario de Las Nieves. Vista la justificación de la oferta presentada por la empresa ACTUACIONES ALFE, SL (NIF B76712470), en escrito de fecha 24 de febrero pasado, en el que en síntesis manifiesta entre otros aspectos que: - La empresa cuenta con los medios personales requeridos para la ejecución del contrato (1 oficial de primera y 1 peón). En la actualidad la empresa dispone de 3 oficiales y 2 peones, que se podrán distribuir según requerimiento de las necesidades del contrato en caso de ser necesario. - La empresa cuenta con los medios materiales y maquinaria necesaria para acometer el servicio, incluyendo una enumeración de tales medios. - En la actualidad la empresa ya dispone de local, provisto de teléfono, fax y dirección de correo electrónico. Debido a otros contratos que la empresa tiene en vigor dispone de un servicio de localización y guardia 24 horas, por tanto el tiempo de respuesta para cualquier emergencia será mínimo. Dicho servicio de guardia y localización es realizado por el gerente/encargado de la empresa, por tanto no supone un coste extra en los gastos estructurales de la misma. - Cumplimiento de los convenios colectivos de aplicación. Costes de Oficial de 1ª y Peón según desglose del PCAP. En cuanto al auxiliar administrativo, especifica que no se cuantifica a pesar de contar la empresa con 2 trabajadores de esta categoría al estar previsto que la recepción de avisos y de las comunicaciones internas con el Cabildo sean llevadas a cabo por el Gerente de la empresa, por lo que no imputa coste directo en este apartado. - Los costes de material, los costes indirectos y el beneficio industrial los fija en la misma cantidad reflejada en el PCAP. La que suscribe, tras analizar la documentación remitida, entiende que, “a priori”, no hay razones técnico económicas para considerar la oferta aportada por la empresa ACTUACIONES ALFE, SL (NIF B76712470), como desproporcionada, dado que aporta fundamentos en los que justifica el ajuste de su oferta económica, tales como: - Innecesariedad de contratar personal específico con el perfil profesional de auxiliar administrativo para la resolución de la incidencias del contrato, en cuanto estas funciones las desempeña directamente el gerente/encargado de la empresa, con el apoyo del servicio de 6 localización y guardia 24 horas que ya tiene implementado la empresa para otros contratos que tiene suscritos. A estos efectos resulta conveniente señalar que el propio Pliego de Prescripciones Técnicas, en cuanto a los requerimientos mínimos exigidos para este tipo personal, prevé la posibilidad de que las tareas a desarrollar por este puedan ser desempeñadas por otro personal de la empresa, incluido el gerente, siempre que el contacto con el Cabildo esté cubierto. Por todo lo anterior se considera justificada la baja realizada en la oferta económica presentada por la empresa ACTUACIONES ALFE,SL (NIF B76712470), al LOTE Nº 2 del contrato de “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS MARQUESINAS Y PARADAS PREFERENTES AFECTAS AL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS” (EXP. 34/2020/CNT).” Los miembros de la Mesa de Contratación, por unanimidad, acuerdan asumir íntegramente el informe transcrito, y en consecuencia: PRIMERO.- Proponer al órgano de contratación la aceptación de la oferta presentada por OBRAS Y SERVICIOS FEMARPAL S.L. (NIF B-76538842) para el lote 1, al considerar justificada la viabilidad de la misma, de conformidad con el criterio técnico expresado en el informe transcrito de la Jefa de Servicio del Servicio de Transportes, de fecha 5 de marzo de 2021. SEGUNDO.- Proponer al órgano de contratación la aceptación de la oferta presentada por ACTUACIONES ALFE, S.L. (NIF B-76712470) para el lote 2, al considerar justificada la viabilidad de la misma, de conformidad con el criterio técnico expresado en el informe transcrito de la Jefa de Servicio del Servicio de Transportes, de fecha 5 de marzo de 2021. TERCERO.- Requerir al Servicio de Transportes para que remita, a la mayor brevedad posible, informe técnico de valoración de las ofertas de los licitadores admitidos relativo a los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 11.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la mencionada contratación para los lotes 1 y 2, y se formule la propuesta de adjudicación a favor de la proposición que oferte la mejor relación calidad precio para la administración contratante, en consonancia con lo establecido en la cláusula 17 del citado Pliego. Y no habiendo más asuntos a tratar, siendo las 11:15 horas, por la Presidencia se da por concluida la sesión. EL PRESIDENTE LA SECRETARIA Diligencia: Se extiende la presente para hacer constar que el Acta de la sesión fue aprobada por los miembros de la Mesa de Contratación, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2021, elevándose a definitiva, de lo que, como Secretaria doy fe. 42189475T MARIANO HERNANDEZ (R: P3800002B) Firmado digitalmente por 42189475T MARIANO HERNANDEZ (R: P3800002B) Fecha: 2021.03.22 14:46:31 Z LA SECRETARIA ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E 7 Firmado digitalmente por ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Fecha: 2021.03.23 14:43:24 Z ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Firmado digitalmente por ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Fecha: 2021.03.23 14:43:40 Z