Servicio de Contratación de Servicios y Suministros ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DÍA 27 DE ABRIL DE 2021 En Santa Cruz de La Palma, en el Salón de Consejeros Pedro Pérez Díaz, siendo las 10:10 horas del día veintisiete de abril de dos mil veintiuno, se reúnen los miembros de la Mesa de Contratación, convocados al efecto, y demás asistentes que están relacionados a continuación: PARTE DE ASISTENCIA • Presidente Acctal. de la Mesa: Don José Adrián Hernández Montoya (Vicepresidente Primero). • Vocales: • Don Esteban René García Quesada (Director Acctal. de la Asesoría Jurídica). • Don Pedro Francisco Jaubert Lorenzo (Interventor Acctal.). • Don Pedro Jesús Acosta Rodríguez (Jefe de Servicio de Educación y Empleo). • Doña Angelina Rosa Ramón Matos (Jefa de Servicio de Presidencia). • Don Alexis González Rodríguez (Jefe de Sección de Mantenimiento y Conservación de Edificios). • Doña Ana Isabel Álvarez Acosta (Jefa de Sección del Servicio de Acción Social). • Doña Nieves María Díaz López (Jefa de Sección de la Secretaría General). • Don Juan Ramón Felipe San Antonio. (Portavoz del Grupo Coalición Canaria). • Don Borja Perdomo Hernández (Consejero Insular del Área de Infraestructuras, Innovación y Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio). • Secretaria: Doña Angustias María Hernández Cedrés, Jefa de Servicio de Contratación de Servicios y Suministros. • Otros asistentes: Doña Ángeles Nieves Lorenzo Brito, Técnico de Administración General del Servicio de Contratación de Servicios y Suministro; Doña Concepción Inés Pérez Riverol (Jefa de Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca); y Doña María Nieves Pérez Pérez, Jefa de Servicio de Acción Social. A continuación, se procede al examen de los asuntos contemplados, en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con el siguiente Orden del Día: ORDEN DEL DIA: 1.- Aprobación de actas de las sesiones anteriores. 1 2.- Toma de conocimiento del informe relativo a la subsanación de la documentación general contenida en el sobre nº 1 de las ofertas presentadas a la licitación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto, del contrato: “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. 3.- Apertura del sobre número 2 que contiene la proposición relativa a los criterios cuantificables automáticamente para la licitación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto, del contrato: “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. 4.- Apertura del sobre único que contiene la documentación administrativa y proposición de criterios cuantificables automáticamente para la licitación, mediante procedimiento abierto simplificado, tramitación ordinaria, del contrato: SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS DE LA FINCA EXPERIMENTAL DE GARAFÍA “ANTONIO MANUEL DÍAZ RODRÍGUEZ” (EXP. 1/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. 5.- Toma de conocimiento del informe relativo a la licitación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del contrato: “SERVICIO DE ATENCIÓN EN PLAYA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD VERANO SIN BARRERAS” (EXP. 9/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. ________________________________________________________ ASUNTO UNO.- APROBACIÓN DE ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. Da cuenta la Presidencia del envío, mediante correo electrónico, del borrador de las siguientes actas: • Sesión Extraordinaria celebrada el día 15 de abril de 2021. • Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de abril de 2021. Toma la palabra la Sra. Secretaria para indicar que se ha advertido un error en el acta la Sesión Extraordinaria celebrada el día 15 de abril de 2021. Concretamente, en el Asunto Nº 2 y en el Asunto Nº 3, correspondientes a la apertura del sobre Nº 1 y del sobre Nº 2 del EXP. 3/2021/CNT “SERVICIO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA A LAS FUNCIONES DE GESTIÓN RECAUDATORIA DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS”, respectivamente, y en el Asunto Nº 4 y en el Asunto Nº 5, correspondientes a la apertura del sobre nº 1 y del sobre nº 2 del EXP. 9/2021/CNT “SERVICIO DE ATENCIÓN EN PLAYA A PERSONAS CON DISCAPCIDAD VERANO SIN BARRERAS”, respectivamente, existe un error en la referencia al procedimiento de adjudicación de ambos expedientes, ya que estos contratos se adjudicarán mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, y no mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto. 2 Igualmente, se advierte por la Sra. Secretaria de la existencia de un error en el NIF de LUXURY CARE, S.L.U., licitador del expediente 9/2021/CNT, al haberse especificado el del representante y no el de la empresa concurrente a la licitación. En consecuencia, una vez corregidos los errores advertidos en el acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 15 de abril de 2021, y no habiendo más reparos a su contenido, los miembros de la Mesa acuerdan, por mayoría, aprobar las actas de las citadas sesiones, con las siguientes abstenciones: • Dª. Angelina Rosa Ramón Matos, se abstiene en la aprobación del acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 15 de abril de 2021, al no haber asistido a dicha sesión. • Dª. Nieves María Día López, se abstiene en la aprobación del acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 15 de abril de 2021, al no haber asistido a dicha sesión. • D. Borja Perdomo Hernández, se abstiene en la aprobación de las actas de las dos sesiones, al no haber asistido a las mismas. ASUNTO DOS.- TOMA DE CONOCIMIENTO DEL INFORME RELATIVO A LA SUBSANACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL CONTENIDA EN EL SOBRE Nº 1 DE LAS OFERTAS PRESENTADAS A LA LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA Y ANTICIPADA DEL GASTO DEL CONTRATO “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. La Presidencia recuerda a los miembros de la Mesa la relación de licitadores presentados al procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto para la contratación de los “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT), por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (199.148,10 €), incluido el IGIC, desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 186.119,72 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%) que deberá soportar la Administración, que asciende a la cantidad de 13.028,38 euros, y un plazo de duración de DOS (2) AÑOS, pudiendo prorrogarse anualmente hasta un máximo de dos años más, y que son los siguientes: • INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, S.L. (NIF B35296219). • METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L. (NIF B38402756). • SKYLINE FILMS, S.L. (GRUPO MACARONESIA) (NIF B76516616). Seguidamente, la Presidencia recuerda a los miembros de la Mesa, que en consonancia con lo acordado en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 19 de abril de 2021, tras comprobar la documentación administrativa presentada por los licitadores, se le requiere a SKYLINE FILMS, S.L. (GRUPO MACARONESIA) (NIF B76516616), para que en el plazo de tres días naturales subsanase el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), en los términos indicados en el correspondiente requerimiento. 3 No habiendo presentado la subsanación requerida a dicha empresa dentro del plazo establecido, se emite informe por la Secretaria de la Mesa de Contratación, de fecha 27 de abril de 2021, del siguiente tenor literal: “Con relación al procedimiento de licitación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto, para la adjudicación del contrato de “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT), la Mesa de Mesa de Contratación en Sesión Extraordinaria celebrada el día 19 de abril de 2021, en la que se procedió a la apertura del archivo electrónico nº 1 (asunto uno del orden del día) advirtió que la empresa SKYLINE FILMS, SL -GRUPO MACARONESIA- (NIF B76516616) incurrió al cumplimentar el DEUC en las siguientes contradicciones: • A la pregunta formulada en el DEUC: ¿Se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo? (Parte II: información sobre el operador económico, Apartado C: Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades), su respuesta es SÍ; siendo presentado, en consecuencia, por la empresa a cuya solvencia y medios va a recurrir para la ejecución del contrato, REBOLD MARKETING AND COMMUNICATION SLU, el preceptivo DEUC. • Y, a la pregunta: ¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros? (Parte II: información sobre el operador económico, D: Información relativa a los subcontratistas A CUYA CAPACIDAD NO RECURRA el operador económico), su respuesta es SÍ, indicando el nombre de la subcontratista: REBOLD MARKETING AND COMMUNICATION SLU. Es por ello que, en virtud de lo acordado por la Mesa de contratación, se le solicita aclaración, de conformidad con lo dispuesto en el art. 141.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en relación con su disposición adicional duodécima, para que en el plazo máximo de tres (3) días (naturales), contados a partir del día siguiente a la recepción del presente requerimiento, manifieste con claridad: a) Si su intención es recurrir para completar su capacidad a la empresa REBOLD MARKETING AND COMMUNICATION SLU. b) O si su voluntad es (habida cuenta que del desglose realizado en los apartados de la parte IV del DEUC - Criterios de selección- parece deducirse que posee la solvencia, económica y técnica requerida, y que, por tanto, no precisa acudir a otra empresa para completar la misma) EXCLUSIVAMENTE subcontratar con la citada empresa en los términos recogidos en el apdo. D de la parte II del DEUC: “Información relativa a los subcontratistas a cuya capacidad no recurra el operador económico”. Visto que efectuado el requerimiento con fecha 22 de abril de 2021 a través de la plataforma de licitación electrónica de este Cabildo Insular, Vortal (ID del recibo del envío: PT1.RECEIPT.43149733; ID del recibo de la recepción: PT1.RECEIPT.43168544); y que transcurrido el plazo concedido al efecto, la referida empresa no ha aportado documentación alguna, se propone a la Mesa de contratación, de conformidad con lo dispuesto en la clausula 16 del PCAP (Calificación de la documentación general) la exclusión del procedimiento de licitación del contrato de “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT) a la empresa SKYLINE FILMS, SL -GRUPO MACARONESIA- (NIF B76516616).” Seguidamente toma la palabra la Secretaria de la Mesa para manifestar que a la vista de lo actuado procede la admisión de las siguientes empresas: • INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, SL (NIF B35296219). • METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, SL (NIF B38402756). 4 Los miembros de la Mesa de Contratación a la vista de lo expuesto y del informe transcrito, que asumen íntegramente, acuerdan por unanimidad: PRIMERO.- La exclusión del procedimiento de licitación de la empresa SKYLINE FILMS, S.L. (GRUPO MACARONESIA) (NIF B76516616), al no haber subsanado la documentación requerida, el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), dentro del plazo establecido. SEGUNDO.- Admitir a la presente licitación a los siguientes licitadores: • INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, S.L. (NIF B35296219). • METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L. (NIF B38402756). ASUNTO TRES.- APERTURA DEL SOBRE NÚMERO 2 QUE CONTIENE LA PROPOSICIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA LA LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA Y ANTICIPADA DEL GASTO DEL CONTRATO “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. La Presidencia recuerda a los miembros de la Mesa la relación de licitadores admitidos al procedimiento abierto y tramitación ordinaria y anticipada del gasto para la contratación de los “SERVICIOS DE GABINETE DE PRENSA INSTITUCIONAL Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA”. (EXP. 4/2021/CNT), por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (199.148,10 €), incluido el IGIC, desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 186.119,72 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%) que deberá soportar la Administración, que asciende a la cantidad de 13.028,38 euros, y un plazo de duración de DOS (2) AÑOS, pudiendo prorrogarse anualmente hasta un máximo de dos años más, y que son los siguientes: • INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, S.L. (NIF B35296219). • METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L. (NIF B38402756). Seguidamente se procede a la apertura del sobre Nº 2 que contiene la proposición relativa a los criterios cuantificables automáticamente, con el siguiente resultado: • INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, S.L. (NIF B35296219). 5 • METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L. (NIF B38402756). 6 7 8 A la vista de la documentación aportada por ambos licitadores, los miembros de la Mesa acuerdan, por unanimidad, requerir a la empresa INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN DE CANARIAS, S.L. (NIF B35296219), para que en el plazo de CINCO (5) DÍAS NATURALES, aporte la siguiente documentación, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 14.3.2.1 y 18.2.5 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP): • Visto que en el apartado 2 “Mayor nivel de inglés”, marca la opción” 2.4 C2 (Proficient-maestría)”, debe aportar la titulación oficial, certificado o documento equivalente acreditativo del nivel correspondiente equiparable al establecido en el Marco Común Europeo de Referencia (MCER). (Cláusula 14.3.2.1 del PCAP) • Visto que en el apartado 3 “Idiomas”, marca las opciones “3.1 Conocimiento avanzado, oral y escrito, en lengua alemana” y “3.2 Conocimiento avanzado, oral y escrito, en lengua francesa”, debe aportar la titulación oficial o equivalente de ambos idiomas. (Cláusula 14.3.2.1 del PCAP) • De conformidad con lo dispuesto en la clausula 14.3.2.2 en relación con la clausula 18.2.5 del PCAP, todos los licitadores tenían que formular en el Anexo III “Modelo de declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes” (incluido en el archivo electrónico nº 2) el compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de cómo mínimo los siguientes medios (cuya acreditación es exigible únicamente al propuesto como adjudicatario): a) Dos periodistas con formación universitaria (grados o licenciaturas) en disciplinas directamente relacionadas con el periodismo (periodismo, comunicación audiovisual, publicidad, marketing…), y con al menos dos años de experiencia en la prestación de servicios de comunicación corporativa o de ejercicio del periodismo en medios de comunicación, gabinetes de prensa, agencias de noticias, etc. b) …y con conocimientos específicos en el ámbito regional canario (sector económico, industrial, educativo, etc.). Y visto que en el Anexo III aportado únicamente se compromete a adscribir a la ejecución del contrato: “Dos periodistas con formación universitaria (grados o licenciaturas) en disciplinas directamente relacionadas con el periodismo (periodismo, comunicación audiovisual, publicidad, marketing…), y con al menos dos años de experiencia en la prestación de servicios de comunicación corporativa o de ejercicio del periodismo en medios de comunicación, gabinetes de prensa, agencias de noticias, etc”, se le requiere para que presente escrito en el que se comprometa a que los dos periodistas que va a adscribir (como mínimo) a la ejecución del contrato cuenten con conocimientos específicos en el ámbito regional canario (sector económico, industrial, educativo, etc.). 9 ASUNTO CUATRO.- APERTURA DEL SOBRE ÚNICO QUE CONTIENE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y PROPOSICIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, TRAMITACIÓN ORDINARIA, DEL CONTRATO “SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS DE LA FINCA EXPERIMENTAL DE GARAFÍA “ANTONIO MANUEL DÍAZ RODRÍGUEZ” (EXP. 1/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. La Presidencia, tras la incorporación de Dª. Concepción Inés Pérez Riverol, Jefa de Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca, informa a los miembros de la Mesa de que se va a proceder a la apertura del sobre único que contiene la documentación administrativa y la proposición relativa a los criterios cuantificables automáticamente del procedimiento abierto simplificado y tramitación ordinaria para la contratación de “SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS DE LA FINCA EXPERIMENTAL DE GARAFÍA “ANTONIO MANUEL DÍAZ RODRÍGUEZ” (EXP. 1/2021/CNT), por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (39.723,92 euros), IGIC incluido, desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 37.125,16 € y un IGIC, tipo impositivo del 7%, que asciende a 2.598,76 €, y un plazo de ejecución de VEINTICUATRO MESES (24) contados desde la fecha que se disponga en el documento de formalización del contrato, con posibilidad de prórroga por dos años más como máximo. Publicado el anuncio de licitación del citado expediente el día 9 de abril de 2021 en la plataforma de licitación electrónica del Cabildo de La Palma (Vortal) y en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación, alojada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, con un plazo de presentación de ofertas de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación. Expirado el plazo de licitación el día 26 de abril de 2021 a las 13:00 horas (hora local del órgano de contratación), al finalizar el último día del período de licitación en día inhábil, se observa que dentro del plazo presentó oferta en la Plataforma de licitación electrónica del Cabildo Insular de La Palma un único licitador: ISONORTE EMPLEO, S. L. U. (B38692711). Seguidamente se procede a la apertura del sobre único que contiene la documentación administrativa y la proposición relativa a los criterios cuantificables automáticamente, con el siguiente resultado: • ISONORTE EMPLEO, S. L. U. (B38692711). 10 Los miembros de la Mesa, por unanimidad, acuerdan proponer al Órgano de Contratación la adjudicación del contrato al único licitador presentado, ISONORTE EMPLEO, S. L. U. (B38692711), al presentar oferta que no tiene carácter e carácter anormalmente bajo, previa comprobación por el Servicio de Contratación de Servicios y Suministros de la inscripción de la empresa en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las cláusulas 16, 17 y 18 del PCAP. ASUNTO CINCO.- TOMA DE CONOCIMIENTO DEL INFORME RELATIVO A LAS OFERTAS PRESENTADAS A LA LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA DEL CONTRATO “SERVICIO DE ATENCIÓN EN PLAYA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD-VERANO SIN BARRERAS” (EXP. 9/2021/CNT). ACUERDOS QUE PROCEDAN. La Presidencia recuerda a los miembros de la Mesa la relación de licitadores presentados al procedimiento abierto y tramitación ordinaria para la contratación del “SERVICIO DE ATENCIÓN EN PLAYA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD- VERANO SIN BARRERAS” (EXP. 9/2021/CNT), por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (84.000,00 €), incluido el IGIC; desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 78.504,67 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%), que asciende a la cantidad de 5.495,337 euros, que deberá soportar la Administración; y un plazo de 11 duración de DOS (2) AÑOS, con posibilidad de prórroga por plazo máximo de DOS (2) AÑOS más, y que son los siguientes: • LUXURY CARE, SLU (NIF B76759091). • OSVENTOS INNOVACIÓN EN SERVIZOS, SL (NIF B70493275). • PLATAFORMA DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y SOCORRISMO (NIF G76533223). Seguidamente, la Presidencia recuerda a los miembros de la Mesa que, en consonancia con lo acordado en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado día 15 de abril de 2021 se solicita al Servicio de Acción Social informe de valoración de los criterios cuantificables automáticamente, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 11.1. de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, con propuesta de adjudicación, en su caso. Informe suscrito por la Jefa del Servicio con fecha 27 de abril de 2021, que presenta el siguiente tenor literal: “En relación al expediente administrativo de contratación relativo al “SERVICIO DE ATENCIÓN EN PLAYA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD - VERANO SIN BARRERAS (Expte. 9/2021/CNT), por un presupuesto base de licitación de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (84.000,00 €), incluido el IGIC; desglosado en un presupuesto neto que asciende a la cantidad de 78.504,67 euros, y un IGIC (tipo impositivo 7%) que deberá soportar la Administración, que asciende a la cantidad de 5.495,337 euros, y un plazo de duración de DOS (2) AÑOS, con posibilidad de prórroga hasta un máximo de DOS (2) AÑOS. Visto que en fecha 19 de abril de 2021 se SOLICITA por parte de la Secretaria de la Mesa de Contratación a esta Área de Acción Social que se emita a la mayor brevedad posible, INFORME de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables automáticamente, indicados en la cláusula 11.1 del Pliego de Cláusulas Particulares que rigen la mencionada contratación. 1) Visto que la Cláusula 11 del referido Pliego de Clausulas Administrativas Particulares establece en relación a los criterios de adjudicación que: “11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 11.1.- El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato atendiendo a la mejor relación calidad-precio en su ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 LCSP, en el que se dispone que en los contratos de servicios enumerados en el Anexo IV LCSP los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos el 51 por ciento de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas, que serán evaluadas según los siguientes criterios de adjudicación, cuantificables automáticamente, por orden decreciente de importancia con arreglo a la siguiente ponderación: Criterio cuantitativo: CRITERIOS PONDERACIÓN 1. Mejor oferta económica. Se valorará conforme a la siguiente fórmula: P= (pm*mo)/o. Criterios cualitativos: CRITERIOS PONDERACION 2. Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos (en el caso de no aportarse las indicadas mejoras la proposición obtendrá 0 puntos en este criterio o en el subcriterio correspondiente). Se valorará con arreglo a los siguientes subcriterios 2.1. Aportación de dos integradores sociales con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. Desglose. Hasta 13 puntos: desglose a) Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 13 puntos 12 Hasta 49 puntos Hasta 26 puntos: desglose: b) Durante la mitad del horario previsto en la clausula quinta del PPT. 6 puntos 2.2. Aportación de dos monitores con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. Desglose: Hasta 13 puntos: desglose a) Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT 13 puntos b) Durante la mitad del horario previsto en la clausula quinta del PPT. 6 puntos 3. Ofertar 1 hora diaria adicional de prestación del servicio a cada persona respecto al horario previsto en la clausula 5 del PPT (horario previsto en PPT son 4 horas). 13 puntos 4. Realización de taller de formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones en el ámbito del ocio y la playa a desarrollar durante la ejecución del Programa de actividades de cada anualidad, garantizándose que cada persona beneficiaria reciba dicho taller durante 45 minutos. • En lo relativo al criterio de adjudicación n° 1 “Mejor oferta económica”, se valorará dicha reducción mediante la aplicación de la fórmula siguiente: P= (pm*mo)/o. Donde “P” es la puntuación; “pm” es la puntuación máxima; “mo” es el valor de la mejor oferta; y “o” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora. La proposición que presente la mejor oferta económica obtendrá la máxima puntuación, calculando la puntuación de las demás con arreglo a la citada fórmula. La proposición que sea igual al presupuesto base de licitación obtendrá 0 puntos. • En relación al criterio de adjudicación n° 2 relativo a las “Mejoras sobre las sobre los medios personales mínimos exigidos”, en el mismo se valorará que la entidad licitadora ofrezca, por un lado, la aportación de dos integradores sociales con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT y durante el horario previsto en la cláusula quinta del mismo (13 puntos), o durante la mitad del horario previsto en la cláusula quinta del PPT (6 puntos) y por otro lado, la aportación de dos monitores con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT (13 puntos), o durante la mitad del horario previsto en la cláusula quinta del PPT (6 puntos). En ambos casos, la discapacidad reconocida habrá de ser igual o superior al 33%, y deberá acreditarse mediante copia del certificado de grado de discapacidad de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o norma que lo sustituya. En el caso de no aportarse las indicadas mejoras la proposición obtendrá 0 puntos en este criterio o en el subcriterio correspondiente. • En lo relativo al criterio de adjudicación nº 3 “Ofertar 1 hora diaria adicional de prestación del servicio a cada persona respecto al horario previsto en la clausula 5 del PPT”), se valorará incrementar el horario de la prestación del servicio a 5 horas a cada persona; esto es, de 9.00 a 14.00 horas; en tanto que en la clausula 5 del pliego se dispone que la prestación del servicio de atención en playa se desarrollará en un horario de atención directa y efectiva de 9.00 a 13.00 horas, de lunes a viernes, garantizando un mínimo de 4 horas de prestación de servicio a cada persona, sin contar con el programa de transporte. • En cuanto al criterio de adjudicación nº 4 “Realización de taller de formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones en el ámbito del ocio y la playa a desarrollar durante la ejecución del programa de actividades de cada anualidad, garantizándose que cada persona beneficiaria reciba dicho taller durante 45 minutos”, en caso de ofertarse dicha mejora la entidad adjudicataria deberá remitir a la persona responsable de la supervisión del presente contrato con carácter previo a la realización de dichos talleres el detalle del contenido de la formación a realizar en los mismos y su planificación a estos de organización.” 2) Visto que se han presentado TRES (3) proposiciones por parte de las siguientes entidades y con el contenido siguiente: • LUXURY CARE, S. L. U. (NIF 54051220R). Vista la oferta económica presentada por parte de D. ALEJANDRO HERNÁNDEZ QUIJADA, con NIF número 54051220-R en nombre o representación de LUXURY CARE, S. L. U., con NIF 54051220R, cuyo contenido es el siguiente: 1. Precio ofertado (sin IGIC): (en letras) setenta y cuatro mil setecientos sesenta y seis euros con treinta y cinco céntimos (en números) 74.766,35 € 13 12 puntos IGIC (tipo impositivo de 7%): (en letras) cinco mil doscientos treinta y tres euros con sesenta y cinco céntimos (en números) 5.233,65 € 2. Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos. 2.1. Aportación de dos integradores sociales con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. b). Durante la mitad del horario previsto en la clausula quinta del PPT. 2.2. Aportación de dos monitores con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. a). Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 3. Oferta de 1 hora diaria adicional de prestación del servicio a cada persona respecto al horario previsto en la clausula 5 del PPT. SI. 4. Realización de un taller de formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones en el ámbito del ocio y la playa, a desarrollar durante la ejecución del programa de actividades de cada anualidad, garantizándose que cada persona beneficiaria reciba dicho taller durante 45 minutos. SI. • OSVENTOS INNOVACIÓN EN SERVIZOS, S. L. (NIF B70493275). Vista la oferta económica presentada por parte de DÑA. RAQUEL TOJA GOMEZ, con NIF número 32830627J, en nombre de OSVENTOS INNOVACIÓN EN SERVIZOS, S. L. (NIF B70493275), cuyo contenido es el siguiente: 1. Precio ofertado (sin IGIC): (en letras) setenta mil quinientos setenta y ocho euros (en números) 70.578,00 € IGIC (tipo impositivo de 7%): (en letras) cuatro mil novecientos cuarenta euros con cuarenta y seis céntimos (en números) 4.940,46 € 2. Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos. 2.1. Aportación de dos integradores sociales con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. a) Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 2.2. Aportación de dos monitores con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. a). Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 3. Oferta de 1 hora diaria adicional de prestación del servicio a cada persona respecto al horario previsto en la clausula 5 del PPT. SI. 4. Realización de un taller de formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones en el ámbito del ocio y la playa, a desarrollar durante la ejecución del programa de actividades de cada anualidad, garantizándose que cada persona beneficiaria reciba dicho taller durante 45 minutos. SI. - La entidad licitadora habrá de indicar si tiene previsto subcontratar los servidores o servicios asociados a los mismos, nombre o perfil empresarial de los mismos. No • PLATAFORMA DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y SOCORRISMO (NIF G76533223). Vista la oferta económica presentada por parte de D. SANTIAGO ERNESTO AGUILAR ARMAS, con NIF número 42240608G, en representación de PLATAFORMA DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y SOCORRISMO (NIF G76533223), cuyo contenido es el siguiente: 1. Precio ofertado (sin IGIC): (sesenta y seis mil setecientos veintiocho con novecientos sesenta y nueve céntimos) (66.728,969) IGIC (tipo impositivo de 7%): (setenta y un mil trescientos noventa y nueve con novecientos noventa y seis céntimos) (71.399,996). 2. Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos. 2.1. Aportación de dos integradores sociales con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. 14 a) Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 2.2. Aportación de dos monitores con discapacidad (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT. a). Durante el horario previsto en la clausula quinta del PPT. 3. Oferta de 1 hora diaria adicional de prestación del servicio a cada persona respecto al horario previsto en la clausula 5 del PPT. SI. 4. Realización de un taller de formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones en el ámbito del ocio y la playa, a desarrollar durante la ejecución del programa de actividades de cada anualidad, garantizándose que cada persona beneficiaria reciba dicho taller durante 45 minutos. SI. 3) En relación al criterio de adjudicación nº 2 relativo a las “Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos”, en el que se valorará que la entidad licitadora ofrezca, por un lado, la aportación de dos integradores sociales con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT y durante el horario previsto en la cláusula quinta del mismo (13 puntos), o durante la mitad del horario previsto en la cláusula quinta del PPT (6 puntos) y por otro lado, la aportación de dos monitores con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT (13 puntos), o durante la mitad del horario previsto en la cláusula quinta del PPT (6 puntos), la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares que rigen la presente contratación dispone que en ambos casos, la discapacidad reconocida habrá de ser igual o superior al 33%, y deberá acreditarse mediante copia del certificado de grado de discapacidad de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o norma que lo sustituya. Por su parte, la clausula 14.3.2.1 del citado pliego dispone que “los licitadores incluirán en este archivo la documentación relativa a los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 11.1 del presente Pliego”. Pues bien, conforme a lo expuesto, y una vez comprobada la documentación remitida por parte de las entidades licitadoras, se observa que, aunque las mismas ofertan tanto la aportación de dos integradores sociales con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT como la aportación de dos monitores con discapacidad reconocida (1 por cada playa) extra respecto al mínimo exigido en el PPT, en ningún caso se incorpora la documentación correspondiente a la acreditación de la discapacidad recocida del personal que se compromete a adscribir. A la vista de todo lo anterior, se propone requerir dicha documentación a las tres entidades licitadoras, a efectos de valorar el criterio de adjudicación nº 2, relativo a las “Mejoras sobre los medios personales mínimos exigidos”, de conformidad con lo dispuesto en las clausulas 11 y 14 del Pliego de clausulas administrativas particulares.” Los miembros de la Mesa de Contratación a la vista del informe transcrito, que asumen íntegramente, acuerdan por unanimidad: PRIMERO.- Requerir la aportación de copia del certificado de grado de discapacidad, de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o norma que lo sustituya, de los dos integradores sociales con discapacidad reconocida y de los dos monitores con discapacidad reconocida ofertados, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 11.1.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen el citado procedimiento de contratación, a los siguientes licitadores: • LUXURY CARE, SLU (NIF B76759091). • OSVENTOS INNOVACIÓN EN SERVIZOS, SL (NIF B70493275). 15 • PLATAFORMA DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y SOCORRISMO (NIF G76533223). SEGUNDO.- Dar traslado de la documentación aportada al servicio de Acción Social para su valoración. TERCERO.- Dar cuenta de lo actuado a la Mesa de contratación. Y no habiendo más asuntos a tratar, siendo las 11:30 horas, por la Presidencia se da por concluida la sesión. EL PRESIDENTE ACCTAL. LA SECRETARIA Diligencia: Se extiende la presente para hacer constar que el Acta de la sesión fue aprobada por los miembros de la Mesa de Contratación, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2021 a las 10:25 horas, elevándose a definitiva, de lo que, como Secretaria doy fe. LA SECRETARIA HERNANDEZ MONTOYA JOSE ADRIAN - 42168865K Firmado digitalmente por HERNANDEZ MONTOYA JOSE ADRIAN - 42168865K Fecha: 2021.05.18 11:04:04 +02'00' ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E 16 ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Firmado digitalmente por ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Fecha: 2021.05.18 10:37:47 +01'00' Firmado digitalmente por ANGUSTIAS MARIA HERNANDEZ CEDRES - DNI 78415946E Fecha: 2021.05.18 10:38:03 +01'00'