INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Servicio de Infraestructura Avda. Marítima, 3 38700 Santa Cruz de La Palma (Islas Canarias) Tel. 922 423 100 – Fax: 922 420 030 INTERVENCIÓN INFORME Relativo al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y cálculo de gasto computable en la Liquidación del Presupuesto de 2024 del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. En virtud de lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de Noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales y artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera, quien suscribe tiene el deber de emitir en siguiente informe. LEGISLACIÓN APLICABLE. - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (LOEPYSF). - Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de dicha ley, en su aplicación a las entidades locales (REGLAMENTO). - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (TRLRHL) que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación al Principio de Estabilidad Presupuestaria (artículos 54.7 y 146.1). - Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector pública, que modifica art. 32 de la LOEPYSF. - Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico. - Manual de cálculo del Déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales, publicado por la IGAE, Ministerio de Economía y Hacienda. - Manual del SEC 95 sobre el Déficit Público y la Deuda Pública, publicado por Eurostat. - Guía para la determinación de la Regla de Gasto, del artículo 12 de la LOEPSF, para Corporaciones Locales, edición IGAE para las corporaciones locales. - La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la LOEPYSF. PRIMERO: CLASIFICACIÓN DE LOS AGENTES O UNIDADES INSTITUCIONALES QUE INTEGRAN EL SECTOR PÚBLICO LOCAL EN LA LGEP Y CRITERIOS APLICADOS EN LA CLASIFICACIÓN. 1 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA • LOEPYSF Artículo 2.1.- El sector Administración Públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (aprobado por el Reglamento (CE) nº 2223/96 del Consejo de 5 de junio de 1996 y cuya finalidad consistió en instaurar el sistema europeo de cuentas 1995, denominado “SEC-95”) que incluye los siguientes subsectores: Administración Central, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Delimitación de los agentes que constituyen la administración pública local (“Corporaciones Locales” en Contabilidad Nacional): Las Entidades Locales, Organismos Autónomos y entes públicos dependientes de aquellos, que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales. El grupo de agentes del Art. 2.1 coincide con las unidades institucionales que integran el subsector “Corporaciones Locales” del sector “Administraciones Públicas” en el SEC 95. En esta clasificación hay que incluir al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. • LGEP, Artículo 2.2: Y el resto de entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho público dependientes de las administraciones públicas, no incluidas en el artículo 2.1, tendrán asimismo consideración de sector público y quedarán sujetos a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas. Por lo que a efectos del presente informe nos centraremos sólo en el Artículo 2.1 de la LOEPYSF. SEGUNDO: ENTORNO ACTUAL DE APLICACIÓN DE LAS REGLAS FISCALES. Tras cuatro años de suspensión (2020-2023), la reactivación de las reglas fiscales supone la vuelta a la aplicación completa de la normativa de estabilidad presupuestaria y con ella, al cumplimiento de la senda de la consolidación fiscal, con sus objetivos, sus límites y sus medidas de prevención del déficit público. El cumplimiento de estos objetivos se configuran como una auténtica obligación para las Administraciones Públicas, a las que se les exige, además, responsabilidad sobre sus actuaciones, tal y como dispone el artículo 8 de la ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera (LOEPSF). De esta forma, el resultado de la evaluación de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto en la liquidación del presupuesto de 2024 sí podrá dar lugar a la aplicación en 2025 de las medidas preventivas, correctivas y coercitivas previstas en la LOEPSF. Las medidas correctivas y coercitivas se derivan del incumplimiento, incluso reiterado, de los objetivos, y son expresión de la responsabilidad de cada Administración ante esta situación. En concreto, las medidas correctivas recogido en los artículos 20 y siguientes de la LOEPSF, exige la presentación de un Plan económico- financiero (en adelante, PEF) que permita la corrección de la deviación en el plazo establecido y las medidas correctivas, del artículo 25 y siguientes de la LOEPSF, dispone, entre otras medidas, la aprobación de la no disponibilidad de determinados créditos y su retención si se produce la falta de presentación, aprobación o incumplimiento del PEF. 2 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Otra de las consecuencia de la reactivación de las reglas fiscales, es que la utilización libremente del remanente de tesorería para gastos generales, para la financiación de las modificaciones presupuestaria mediante crédito extraordinarios o suplementos de créditos, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, debe de tenerse en cuenta el posible incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto. Directamente relacionado con los efectos sobre la utilización del remanente de tesorería se encuentra los efectos sobre la regla general del destino del superávit presupuestario a la que se refiere el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el cual establece: “..1. En el supuesto de que la liquidación presupuestaria se situé en superávit, este se destinará, en el caso del Estado, Comunidades Autónomas, y Corporaciones Locales, a reducir el nivel de endeudamiento neto siempre con el límite del volumen de endeudamiento si éste fuera inferior al importe del superávit a destinar a la reducción de deuda..” No obstante, en el supuesto de obtenerse un Remanente de Tesorería para Gastos Generales positivo y necesidad de financiación (déficit), no sería obligatoria la reducción de la deuda. Esa necesidad de financiación (déficit) obligaría a la elaboración de un Plan económico-financiero (en adelante PEF) que permita la corrección de la desviación en el plazo establecido, que determinará la planificación presupuestaria de la Entidad y sus entes dependientes para este ejercicio 2025 y los venideros. El artículo 21.2 de la LOEPYSF recoge el contenido mínimo principal de los PEF: - Causas de incumplimiento del objetivo establecido. - Previsiones tendenciales de ingresos y gastos. - Descripción, cuantificación y calendario de aplicación de medidas. - Previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el plan. - Un análisis de sensibilidad considerando los diferentes escenarios. Es parte vital del contenido del PEF la valoración completa del motivo del incumplimiento, que incluiría tanto del propio cálculo como el análisis de la situación económica-financiera de la entidad, para poder así comprobar el carácter de esta situación de desequilibrio. De esta manera, la determinación de las causas del incumplimiento no deben ser un simple cálculo, sino que además de valorar las causas en el contexto de la Entidad para determinar si derivan de una situación de déficit estructural, esto es, del volumen de gasto no financiero que excede de los ingresos no financieros o del techo de gasto; o por el contrario, de una situación coyuntural en la que la combinación de factores, por ejemplo la utilización del Remanente de Tesorería para gastos generales y el remanente de tesorería afectado, provocan un desequilibrio puntual. 3 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Este análisis y justificación de las causas que producen el incumplimiento de las reglas fiscales son parte esencial del PEF porque precisamente la situación de la que se parte será la que condicione las medidas a tomar a lo largo de su vigencia. Por lo señalado, será el PEF a aprobar el que determine la posibilidad de poder destinar el Remanente de Tesorería a financiar varios gastos, tanto corrientes como de inversión, ya que ese uso siempre afecta negativamente al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, las medidas contenidas en el Plan, para la vuelta al cumplimiento de las reglas fiscales podría limitar el uso del mismo. TERCERO: DEFINICIÓN LEGAL DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA LOCAL: LA CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINACIACIÓN SEGÚN SEC 95 El SEC 95 es el sistema de Contabilidad Nacional vigente para la Unión Europea. La Contabilidad Nacional es la encargada de reflejar y registrar la actividad económica nacional, regional o territorial en su conjunto, con diversos niveles de agregación, y en relación con el resto de economías. Algunas de las magnitudes y saldos de las Cuentas nacionales son las que denominamos magnitudes macroeconómicas, como el PNB (Producto Nacional Bruto), el PIB (Producto Interior Bruto), la RN (Renta Nacional), etc. Sirven también para analizar los resultados y fijar objetivos de las políticas económicas. La CAPACIDAD/ NECESIDAD DE FINANCIACIÓN es uno de estos saldos o magnitudes que ha servido para fijar los objetivos de la política fiscal y presupuestaria europea, basada en el equilibrio o estabilidad. Los resultados de la política fiscal y presupuestaria se miden con este concepto, identificándose SUPERAVIT con CAPACIDAD de financiación y DÉFICIT con NECESIDAD. El objetivo de estabilidad presupuestaria, se identifica con una situación de equilibrio o superávit computada, a lo largo del ciclo económico, en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-10). CUARTO: DESCRIPCIÓN DE LOS INGRESOS DE CONTABILIDAD NACIONAL, SU EQUIVALENCIA EN TÉRMINOS DE PRESUPUESTOS Y AJUSTES. Debido a las diferencias de criterio entre la contabilidad presupuestaria y la contabilidad nacional, es necesario la realización de ajuste a fin de adecuar la información presupuestaria de este Cabildo Insular a los criterios establecidos en el SEC-10. Siguiendo lo dispuesto en el “Manuel de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las corporaciones locales” y en la “Nota sobre los cambios metodológicos de aplicación del nuevo SEC 2010 que afectan a las Cuentas de las Administraciones Públicas” editado por la Intervencion General de la Administración del Estado (IGAE), procede realizar los Ajustes más comúnmente utilizados en una Corporación Local. PRESUPUESTO: Capítulos 1, 2 y 3 del Estado de Ingresos. 4 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA AJUSTE: Se aplicará el criterio de caja, (ingresos recaudados durante el ejercicio, de ejercicios corrientes y cerrados, y los impuestos cedidos de acuerdo con la recaudación en el ejercicio, cualquiera que sea el ejercicio anterior del que proceda). Los impuestos recaudados por cuenta de otra unidad se imputarán únicamente a dicha unidad. PRESUPUESTO: Capítulo 5 de Ingresos. AJUSTE: Los intereses se registran según el criterio del devengo. QUINTO: DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS DE CONTABILIDAD NACIONAL, SU EQUIVALENCIA EN TÉRMINOS DE PRESUPUESTOS, Y AJUSTES En este apartado incluiremos igualmente los Ajustes más comúnmente utilizados en una Corporación Local. PRESUPUESTOS: Capítulo 3 del estado de gastos. AJUSTE: Los intereses se registran según el criterio del devengo. OTROS AJUSTES: Anualmente se computará el incremento en el saldo de la cuenta 413 (este ajuste sólo se realizará en la liquidación del Presupuesto) SEXTO: CÁLCULO DE LA CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACIÓN EN LAS UNIDADES SOMETIDAS A PRESUPUESTO Y PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Con carácter general, la totalidad de los ingresos y gastos no financieros presupuestarios, sin perjuicio de su reclasificación en términos de partidas contabilidad nacional, corresponden a la totalidad de los empleos y recursos que se computan en la obtención de la capacidad/ necesidad de financiación del subsector Corporaciones Locales de las Administraciones Públicas de la Contabilidad Nacional. Las diferencias vienen determinadas por los ajustes descritos en apartados anteriores. El cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en los entes locales sometidos a presupuesto se obtiene por diferencia entre los importes presupuestados y liquidados en los capítulos 1 a 7 de los estados de ingresos y los capítulos 1 a 7 del estado de gastos, previa aplicación de los ajustes descritos relativos a la valoración, imputación temporal, exclusión o inclusión de los ingresos y gastos no financieros. Así, en una primera aproximación, podremos decir que una administración pública tendrá capacidad de financiación cuando sus ingresos no financieros del presupuesto sean iguales o mayores a sus gastos no financieros, lo que supone necesariamente que el presupuesto ha de tener en la vertiente de ingresos la suficiente capacidad para financiar la vertiente de gastos sin tener en cuenta los capítulos financieros del presupuesto. En caso contrario, es decir cuando la suma de capítulos 1 a 7 de ingresos sea inferior a la suma de capítulos 1 a 7 de gastos, tendrá necesidad de financiación. SÉPTIMO: ESTABLECIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DE LAS ENTIDADES LOCALES. A tenor del artículo 11.4 de la LOEPYSF para las Entidades Locales se debe mantener una situación de equilibrio o superávit presupuestario. Debemos entender que se refiere a equilibrio o superávit en términos de capacidad o necesidad de financiación conforme al SEC 95. 5 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA OCTAVO: CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LOCALES Y SUS PRODUCTORES NO DE MERCADO DEPENDIENTES. El cumplimiento del objetivo debe producirse en la aprobación inicial del presupuesto, su modificación, su liquidación, a nivel consolidado, para los sujetos comprendidos en el Art. 2.1 LOEPYSF o Art. 4.1 REGLAMENTO. • Evaluación de su cumplimiento (Art 16 REGLAMENTO) en el Presupuesto inicial, modificaciones, liquidación del presupuesto y cuenta general de la Entidad Local: La Intervención local realizará un informe que se incorporará a los informes que exige el TRLRHL relativos a la aprobación, a todas las modificaciones del presupuesto y a la liquidación del mismo. Dicho informe contendrá los cálculos efectuados y los ajustes realizados, y si es de incumplimiento implicará la remisión a la administración que ejerza la tutela financiera. En el caso del Presupuesto, de las modificaciones de Pleno y de la liquidación del presupuesto, dicho informe será independiente de los señalados en el TRLRHL. • Consecuencias del incumplimiento: Plan económico-financiero de reequilibrio: Como se ha señalado el incumplimiento del objetivo de estabilidad que consista en déficit o en un mayor déficit del fijado requerirá la formulación de un plan económico- financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos (artículo 21 de la LOEPYSF). NOVENO: PRINCIPIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y ENDEUDAMIENTO DE LAS ENTIDADES LOCALES. La estabilidad presupuestaria implica que de manera constante, o a lo largo del ciclo, los recursos corrientes y de capital no financieros deben ser suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y de capital no financieros. Simplificando, el volumen de deuda no puede aumentar, como máximo debe permanecer constante, sea cual sea el crecimiento de los recursos, o la capacidad de la entidad para afrontar la carga financiera de la deuda. Supone que en los presupuestos locales el endeudamiento anual neto (endeudamiento –amortizaciones) debe ser cero. De manera más rigurosa, que las variaciones de pasivos y activos financieros debe estar equilibrada. La capacidad inversora local vendrá determinada por los recursos de capital no financieros, y los recursos corrientes no empleados en los gastos corrientes (ahorro bruto). 6 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA A) CÁLCULO DE LA CAPACIDAD/ NECESIDAD DE FINANCIACIÓN DERIVADA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA ANTES DE AJUSTES. Según se aprecia en el cuadro siguiente, la diferencia entre los importes presupuestados en los capítulos 1 a 7 de los estados de ingresos y los capítulos 1 a 7 del estado de gastos, sin realizar ningún ajuste, es la siguiente: CAPÍTULOS DERECHOS RECONOCIDOS OBLIGACIONES I 604.553,23 € 50.851.539,90 € II 55.044.340,13 € 39.116.527,73 € III 6.467.586,63 € 44.835,98 € IV 117.329.978,62 € 62.486.750,88 € V 2.468.054,10 € TOTAL G/I CORRIENTES 181.914.512,71 € 152.499.654,49 € AHORRO BRUTO 29.414.858,22 € VI -505.458,74 € 38.022.727,81 € VII 24.371.312,80 € 31.258.845,69 € TOTALES 205.780.366,77 € 221.781.227,99 € DIFERENCIA EQUILIBRIO NO FINANCIERO= -16.000.861,22 € AHORRO NETO = AHORRO BRUTO – VARIACIÓN PASIVOS FINANCIEROS (CAP.9 GASTOS), que asciende a 29.414.858,22 €. 1. AJUSTES A REALIZAR. PRESUPUESTO DE INGRESOS. Capítulos 1, 2 y 3 del Estado de Ingresos: Se aplicará el criterio de caja (ingresos recaudados durante el ejercicio, de ejercicios corrientes y cerrados, y los impuestos cedidos de acuerdo con la recaudación en el ejercicio, cualquiera que sea el ejercicio anterior del que proceda). Recaudación Ajuste Derechos reconocidos Pto. Corriente Pto. Cerrado Total Negativo Positivo Total Impuesto Directos 604.553,23 604.553,23 0,00 604.553,23 0,00 0,00 0,00 Impuesto Indirectos 55.044.340,13 54.893.939,02 158.317,90 55.052.256,92 0,00 7.916,79 7.916,79 Tasa y otros ingresos 6.299.043,50 6.285.205,70 98.957,81 6.384.163,51 0,00 85.120,01 85.120,01 Total 61.947.936,86 61.783.697,95 257.275,71 62.040.973,66 0,00 93.036,80 93.036,80 7 RECONOCIDAS INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Capítulo 5 de Ingresos: Los intereses se registran según el criterio del devengo. Por tanto, deberíamos minorar la parte de intereses que cobrándose en el año 2024 se devengaron en el 2023, y deberíamos añadir los intereses que se cobrarán en el año 2025 pero se han devengado en el año 2024. El importe de los intereses devengados en 2023 pero ingresados y contabilizados en 2024 es de 156.752,93 €, por lo que procede hacer esa minoración, en cambio no se devengaron en 2024 intereses que se ingresarán en las cuentas bancarias de este Cabildo Insular en el ejercicio 2025. Por tanto, procede realizar el presente ajuste minorando el importe de los intereses en la cantidad señalada de 156.752,93 €. Por lo que, en conclusión, los ajustes a realizar sobre los ingresos corrientes en la Liquidación del presupuesto de 2024, modificarían el cuadro anterior al realizar ajuste del registro de contabilidad de impuestos, tasas y otros ingresos, por importe de menos 63.716,13 €. 2. AJUSTES A REALIZAR. PRESUPUESTO DE GASTOS. Capítulo 3.- Los intereses se registran según el criterio del devengo, dado que los intereses del ejercicio 2024 se corresponden con los devengados en dicho ejercicio. En este sentido se pagaron en 2024 gastos que se devengaron en 2023, por importe de 423,21 € y se dejaron de pagar 41.025,58 € por gastos devengado en 2024 y que se pagaran en el ejercicio 2025, por lo que procede realizar ajuste sobre los gastos financieros en la Liquidación de 2024, por importe de 40.602,37 €. Gastos realizados en el ejercicio y pendientes de aplicar al presupuesto de gastos de la Corporación local.- En contabilidad nacional se rige por el “principio de devengo” para el registro de las obligaciones, lo que implicará el cómputo de cualquier gasto efectivamente realizado con independencia del momento en que tiene lugar su imputación presupuestaria. Según lo cual, la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicación al presupuesto” del Plan General de Contabilidad, recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para los que no se han producido su aplicación al presupuesto. En el caso de que el saldo final de la cuenta mencionada sea mayor (menor) que el inicial, dará lugar a un ajuste negativo (positivo), aumentando (disminuyendo) el déficit de la Corporación Local. El saldo a 31 de diciembre de 2024 es menor al inicial en un importe de 8.057.993,96 € disminuyendo el gasto no financiero en contabilidad nacional y en este caso disminuyendo el déficit de este Cabildo Insular. 3. AJUSTE CORRECTA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO NEUTRALIDAD DE LOS FONDOS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSPOFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA (PRTR) Y LOS CRITERIOS DEL SISTEMA EUROPEO DE CUENTAS EN EL CALCULO DE LA CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO 2024. El programa Next Generation EU, concebido como un instrumento excepcional de recuperación temporal para impulsar la recuperación de Europa de las consecuencias económicas y sociales del COVID-19, comprende un paquete de fondos dotado con 750.000 8 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA millones de euros destinados a los Estados miembros, a condición de la presentación y el cumplimiento de los llamados Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia (PRTR). Este Fondo de recuperación, que fue aprobado por el Consejo Europeo en julio de 2020 extenderá su período de ejecución hasta agosto del año 2026. Estos fondos a los que ha accedido el Estado Español serán ejecutados por las tres administraciones territoriales de nuestro país: la Administración Central, la Autonómica y la Local. La recepción de estos fondos, que en numerosos casos serán de una gran cuantía, pueden tener un impacto significativo en la capacidad/necesidad de financiación de las Entidades Locales en alguno de los años de su ejecución. Es por ello por lo que es esencial ajustar, si existen, las diferencias entre los importes recibidos y los efectivamente ejecutados. Es habitual que las transferencias y subvenciones procedentes de la Unión Europea se reciban por las Administración Públicas antes de que se vaya a registrar el gasto correspondiente destinado a tal fin. En estas situaciones, se habrá registrado en este primer momento un ingreso de la Unión Europea sin poder contabilizarse aún el gasto, por lo que el movimiento tendría un impacto temporal sobre el déficit público y las normas europeas nos indican que ese impacto no se debe producir. De acuerdo con la metodología publicada por Eurostat, el “Manual de Déficit y Deuda Pública de Eurostat, año 2022” y la “Nota orientativa de la Comisión Europea sobre el registro estadístico de fondo de recuperación y resiliencia, septiembre 2021”, se debe aplicar el principio de neutralidad a las transferencias procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR). De acuerdo con ese principio de neutralidad, los ingresos por transferencias (corriente o de capital, según a que se destinen los fondos) procedentes del MRR deberían reconocerse en el momento en que la Administración Pública incurre en el gasto, para así conseguir la neutralidad a nivel de capacidad o necesidad de financiación del sector Administraciones Públicas. Si esa sincronización de los flujos de gastos e ingresos no se produce en el ejercicio, es cuando debe aplicarse un ajuste. Ajuste que, en el cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en el ámbito local se realizará a través del Ajuste 9. Ingresos obtenidos del Presupuesto de la Unión Europea. En el ejercicio 2024 el Cabildo Insular de La Palma ha recibido los siguientes fondos PRTR: - Aportación dineraria concedida por Orden nº 395/2022 del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, de fecha 28 de diciembre de 2022 por importe de 1.351.273,17 € para financiar la adquisición de cinco guaguas sostenibles en el marco del C.1-I.1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia (PRTR), financiado por la Unión Europea –Fondos “Next Generation EU”. Los 9 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA citados fondos, que se ingresaron en el ejercicio 2023, se han incluido en el proyecto de financiación afectada nº 1/2023 “Aportación PRTR NEXT GENERATON UE ADQUISICIÓN CINCO GUAGUAS SOSTENIBLES” y en concreto en la aplicación 441/47900 “Aportación Transportes Insular La Palma, adquisición de cinco guaguas sostenibles”, de los que se ha reconocido a fecha de hoy la totalidad de obligaciones, cargándose en el ejercicio 2024 el importe de 5.248,17 €. - Aportación dineraria por Orden nº 344/2023, de fecha 15 de junio de 2023, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, para la adjudicación definitiva de ayudas correspondientes a la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 4.143.650,69 €, de los que se abono anticipadamente en el ejercicio 2024 la cantidad de 2.179.833,96 € por la Orden nº 176/2023, de fecha 21 de diciembre de 2023, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, en el marco de la Politica Industrial España 2030, Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular. Los citados fondos se han incluido en el proyecto de financiación afectada 21/2024 “Subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos (PRTR)” y en concreto en las aplicaciones 162/62400 “Vehículo eléctrico recolector bicompartimentado para recogida separada”, por importe de 160.371,00 €, 162/62707 “Planta de compostaje para tratamiento de la fracción orgánica”, por importe de 4.143.650,69 € y 162/62711 “Separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante compostaje doméstico y comunitario”, por importe de 55.646,21 €, de los que a fecha de hoy no se han reconocido obligaciones. - Aportación dineraria concedida por el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias y este Cabildo Insular para la realización de actuaciones de gestión forestal sostenible en la Isla de La Palma, financiadas por los créditos concedidos a la Comunidad Autónoma con cargo a la inversión 4 del componente 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 271.000,00 €, de lo que no se han recibido los fondos, en el marco del C04 Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad I04 Gestión Forestal Sostenible. Los citados fondos se ha incluido en el proyecto de financiación afectada 25/2024 “CV Colabor. GOBCAN realización actuaciones de gestión forestal sostenibles (PRTR) y en concreto en las aplicaciones 172/62402 “Adquisición vehículos de intervención rápida para la lucha contra incendios forestales (PRTR)”, por importe de 156.000,00 €, 172/62707 “Deslindes y amojonamientos de montes de utilidad pública en La Palma (PRTR)”, por importe de 85.000,00 € y 172/64002 “Redacc. Planes de ordenación y gestión forestal sostenibles de La Palma”, por importe de 30.000,00 €, de los que no se ha reconocido obligaciones a fecha de hoy. - Aportación Resolución del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, de fecha 17 de julio de 2024, por importe de 600.000,00 €, de lo que no se han recibido a fecha de hoy la cantidad de 300.000,00 €, para financiar la actuaciones del proyecto de transformación digital y modernización 10 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA sistema de gestión padrón municipal de las Entidades Locales (PRTR) en el marco del C.11 Modernización de las Administraciones Públicas, I03 Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las CCAA y las EELL. Los citados fondos se ha incluido en el proyecto de financiación afectada 26/2024 “Subv. Proy. Transf. Digital y Moderniz. Sist. Gestión padrón MPAL. DE EELL (PRTR)” y en concreto en la aplicación 491/64102 “Proy. Transf. Digital y Modenización sist. Gestión Padrón Mpal de EELL (PRTR)”, de los que no se ha reconocido obligaciones a fecha de hoy. - Aportación dineraria concedida por Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias y este Cabildo Insular por la que se instrumentaliza la concesión de una subvención directa para la implementación de las inversiones vinculadas al programa “01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona”, por importe de 447.687,60 €, en el marco del C22 Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión, I01 Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología”. Los citados fondos se ha incluido en el proyecto de financiación afectada 32/2024 “Convenio CAC subv. directa equipamientos para cuidados centrados en la persona” y en concreto en la aplicación 230/76212 “Subv. Ayto. Tazacorte ampliación Residencia de Mayores (Infraestructura y Equipamientos)”, de los que no se ha reconocido obligaciones a fecha de hoy. De acuerdo al principio de neutralidad definido en el Manual de Déficit y Deuda Pública de Eurostat del año 2022, habrá que realizar el correspondiente ajuste SEC negativo por – 2.922.273,39 euros, diferencia entre los citados ingresos y las obligaciones que finalmente se han reconocidos en el ejercicio 2024, en aras de garantizar la correcta aplicación del principio de neutralidad de los fondos PRTR y los criterios del Sistema Europeo de Cuentas en el cálculo de la capacidad/necesidad de financiación de 2024. 4. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACIÓN DESPUÉS DE APLICAR LOS AJUSTES. CAPÍTULOS DERECHOS RECONOCIDOS I 604.553,23 € 50.851.539,90 € II 55.044.340,13 € 39.116.527,73 € III 6.467.586,63 € 44.835,98 € IV 117.329.978,62 € 62.486.750,88 € V 2.468.054,10 € TOTAL G/I CORRIENTES 181.914.512,71 € 152.499.654,49 € AHORRO BRUTO 29.414.858,22 11 OBLIGACIONES RECONOCIDAS INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA VI -505.458,74 € 38.022.727,81 € VII 24.371.312,80 € 31.258.845,69 € TOTALES 205.780.366,77 € 221.781.227,99 € ESTABILIDAD (+) O NO ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA (-) SIN AJUSTAR % ESTABILIDAD (+) O NO ESTABILIDAD (-) PRESUPUESTARIA NO AJUSTADA -7,78 % AJUSTE 1 REGISTRO CONTABILIDAD DE IMPUESTOS, TASAS Y OTROS INGRESOS -63.716,13 € AJUSTE 3 GASTOS FINANCIEROS CRITERIO DE DEVENGO 40.602,37 € AJUSTE 3 GASTOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO Y PENDIENTES DE APLICAR AL PRESUPUESTO -4.183.107,20 € AJUSTE 4 GASTOS APLICADOS A PRESUPUESTO CORRESPONDIENTES A OTROS EJERCICIOS 12.241.101,16 € AJUSTE 9. INGRESOS OBTENIDOS DEL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA ESTABILIDAD (+) O NO ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA (-) AJUSTADA -10.888.254,41 € % ESTABILIDAD (+) O NO ESTABILIDAD (-) PRESUPUESTARIA AJUSTADA -5,29 % En base a lo anterior, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma refleja a través de la liquidación de su presupuesto una situación de déficit presupuestario de 16.000.861,22 €, que una vez realizado los ajustes correspondientes sería de 10.888.254,41 €, entendido este último en los términos indicados por el Ministerio de Hacienda en distintas consultas efectuadas, como capacidad de financiación en términos de SEC (Sistema Europeo de Cuentas) de las operaciones no financieras del presupuesto, incumpliendo con el objetivo de estabilidad presupuestaria en la liquidación de 2024, cuya consecuencia inmediata es la elaboración de un Plan Económico-Financiero (PEF) que permita corregir las causas de inestabilidad presupuestaria en que ha incurrido este Cabildo Insular, en el año en curso y el siguiente (artículo 21 de la LOEPSF), cuya finalidad es la de corregir la desviación generada. El contenido de los planes económicos-financieros, se encuentra tasado en diversas normas: la LOEPSF, su orden de desarrollo HPA 2105/2012, el Real Decreto 1463/2007 y además la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) DÉCIMO. CALCULO DEL GASTO COMPUTABLE DEL EJERCICIO 2024. El artículo 12.2. de la LEPSF señalando que “se entenderá como gasto computable a los efectos previstos en el apartado anterior, los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistema de financiación”. 12 -16.000.861,22 € -2.922.273,39 € INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Por parte de la Intervención General de la Administración del Estado, en una edición actualizada a noviembre de 2014, se ha publicado una “Guía para la determinación de la Regla de Gasto del artículo 12 de la Ley 2/2012 orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para corporaciones locales”, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo. En la guía citada se indica que la tasa de variación del gasto computable de un ejercicio se calcula de acuerdo con la siguiente fórmula: T.V. Gasto computable (%) = ((Gasto computable año n / Gasto computable año n-1)-1)*100 señalando que: - el cálculo del gasto computable del año n-1 se realizará a partir de la liquidación del Presupuesto de dicho ejercicio. En caso de no disponerse de la misma se realizará una estimación de ésta. - El gasto computable del año n se obtendrá tomando como base la información disponible en el momento de su cálculo: presupuestos, ejecución o liquidación. De esta manera tendríamos que comparar los datos resultantes de la liquidación del ejercicio 2023 con los de este ejercicio 2024, calculando el gasto computable en los términos definidos anteriormente, y determinar la tasa de crecimiento/decrecimiento entre esos ejercicios. Gasto computable año n-1 (año 2023) de los datos resultantes de la Liquidación de los presupuestos del ejercicio 2023, obtenemos el total de “empleos no financieros”, que vendría ser la suma de los capítulos 1 a 7 del presupuesto de gasto, teniendo en cuenta que, en el caso del capítulo 3 Gastos Financieros, únicamente se incluyen los gastos de emisión, formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas y otras operaciones financieras, así como los gastos por ejecución de avales. LIQUIDACIÓN EJERCICIO 2023 CAPÍTULOS Importe 1 RETRIB. DEL PERSONAL 57.774.025,78 2 COMPRA B. CTES. Y SERV 37.474.553,19 3 INTERESES 2.552,35 4 TRANSFERENCIAS CTES. 64.974.048,92 6 INVERSIONES REALES 37.247.878,56 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL 20.915.283,18 218.388.341,98 Gasto Capítulos 1 a 7 excepto 3 218.388.341,98 (+) Gastos formalización, modific., Cancelación Total empleos no financieros 218.388.341,98 13 0,00 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Para la obtención del gasto computable en el referido ejercicio 2023 procedería la realización de una serie de ajustes que permiten aproximar los mismos a los criterios del Sistema Europeo de Cuentas. Los ajustes a realizar, en nuestro caso, respecto al total de empleos no financieros resultantes de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023, serían los siguientes: - Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al Presupuesto. La aplicación del principio de devengo del Sistema Europeo de cuentas implica la imputación de cualquier gasto efectivamente realizado con independencia del momento en que se decida su imputación presupuestaria. Por tanto, en el caso de que el saldo final de la cuenta 413 “acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” sea mayor (menor) que el inicial, dará lugar a un ajuste negativo (positivo), aumentando (disminuyendo) el empleos no financieros. Procede hacer este ajuste por el saldo de la cuenta 413, por importe de 7.906.891,44 €. A este importe habría que minorarle los pagos aplicados al ejercicio 2023, por la cantidad de 6.484.282,15 €, que corresponden a los pagos a cuenta de la seguridad social de los ejercicio 2021 y 2022 y nos da un importe resultante del ajuste de que suman un total de 1.422.609,29 €. - Gastos realizados en inversiones financieramente sostenibles. En el ejercicio 2023, al estar suspendidas las reglas fiscales, y en concreto la regla de gastos, este tipo de inversiones no se contemplaba. AJUSTES: (+) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al Presupuesto (-) Gastos realizados en inversiones financieramente sostenibles Empleos no financieros +/- ajustes 1.422.609,29 Así, del resultado obtenido se minorarán los gastos financiados en el ejercicio 2023 con fondos finalistas, procedentes de la Unión Europea, del Estado, de la Comunidad Autónoma, del Cabildo o de otras Administraciones Públicas y se incrementarán o disminuirán por los cambios permanentes de recaudación, obteniendo así el total de gasto computable del ejercicio 2023. AJUSTES: (-) Gastos financiados fondos otras AAPP 35.452.968,41 (+/-) Cambios permanentes recaudación 0,00 (+/-) Otros: 0,00 TOTAL GASTO COMPUTABLE EJERCICIO 2023 184.357.982,86 Gasto computable año n (año 2024) de los datos resultantes de la Liquidación del Presupuesto General para el Ejercicio 2024, obtenemos el total de “empleos no financieros”, que vendría ser la suma de los capítulos 1 a 7 del presupuesto de gasto, teniendo en cuenta que, en el caso del capítulo 3 Gastos Financieros, únicamente se incluyen los gastos de 14 1.422.609,29 0,00 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA emisión, formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas y otras operaciones financieras, así como los gastos por ejecución de avales. LIQUIDACIÓN EJERCICIO 2024 CAPÍTULOS Importe 1 RETRIB. DEL PERSONAL 50.851.539,90 2 COMPRA B. CTES. Y SERV 39.116.527,73 3 INTERESES 44.835,98 4 TRANSFERENCIAS CTES. 62.486.750,88 6 INVERSIONES REALES 38.022.727,81 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL 31.258.845,69 221.781.227,99 Gasto Capítulos 1 a 7 excepto 3 221.737.844,93 (+) Gastos formalización, modific., Cancelación Total empleos no financieros 221.737.844,93 Los ajustes a realizar, en nuestro caso, respecto al total de empleos no financieros resultantes de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2024, serían los siguientes: - Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al Presupuesto. La aplicación del principio de devengo del Sistema Europeo de cuentas implica la imputación de cualquier gasto efectivamente realizado con independencia del momento en que se decida su imputación presupuestaria. Por tanto, en el caso de que el saldo final de la cuenta 413 “acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” sea mayor (menor) que el inicial, dará lugar a un ajuste negativo (positivo), aumentando (disminuyendo) el empleos no financieros. Procede hacer este ajuste por el saldo de la cuenta 413, disminuyendo el empleos no financieros, por importe de 8.057.993,96 €. - Gastos realizados en inversiones financieramente sostenibles. En el ejercicio 2024, al estar suspendidas las reglas fiscales, y en concreto la regla de gastos, este tipo de inversiones no se contemplaba. AJUSTES: (+) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al Presupuesto (-) Gastos realizados en inversiones financieramente sostenibles Empleos no financieros +/- ajustes - 8.057.993,96 Así, del resultado obtenido se minorarán los gastos financiados en el ejercicio 2024 con fondos finalistas, procedentes de la Unión Europea, del Estado, de la Comunidad Autónoma o de otras Administraciones Públicas y se incrementarán o disminuirán por los 15 0,00 - 8.057.993,96 0,00 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA cambios permanentes de recaudación, obteniendo así el total de gasto computable del ejercicio 2024. AJUSTES: (-) Gastos financiados fondos otras AAPP 37.079.981,33 (+/-) Cambios permanentes recaudación 0,00 (+/-) Otros: 0,00 TOTAL GASTO COMPUTABLE EJERCICIO 2024 176.599.869,64 Con los resultados obtenidos referidos al gasto computable para cada ejercicio, podemos calcular la tasa de variación de dicho gasto y si la misma se adecua al límite dispuesto. TOTAL GASTO COMPUTABLE 2023 184.357.982,86 TOTAL GASTO COMPUTABLE 2024 176.599.869,64 Diferencia -7.758.113,22 T.V. Gasto computable (%) -4,21 % Por tanto, la variación del gasto computable en la Liquidación del Presupuesto General para el ejercicio 2023 y ejercicio 2024, se cifra en una tasa de variación de -4,21 %, al haber disminuido el importe del citado gasto en 7.758.113,22 €. UNDECIMO. Cumplimiento del límite de Deuda. A. El volumen de deuda viva a 31 de diciembre de 2024 en términos de porcentaje sobre los ingresos corrientes, arroja el siguiente resultado: B. De conformidad con la normativa vigente, los ingresos corrientes a considerar1 a efectos de determinar el límite de deuda de esta Entidad, serían los siguientes: 16 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Código de Concepto Descripción Inicial Actual DR Netos I Netos 10000 CESIÓN IRPF 769.650,00 769.650,00 586.246,81 586.246,81 17100 RECARGO IMPUESTO ACTIVIDADES ECONOMICAS 50.000,00 50.000,00 18.306,42 18.306,42 22000 IMPUESTOS SOBRE EL ALCOHOL Y BEBIDAS DERIVADAS 11.360,00 11.360,00 14.049,66 14.049,66 22001 IMPUESTO SOBRE LA CERVEZA 4.190,00 4.190,00 4.403,75 4.403,75 22005 IMPUESTO MATRICULACION.PARTICIPACION ORDINARIA 437.241,00 437.241,00 488.159,12 488.159,12 22006 IMPUESTO SOBRE PRODUCTOS INTERMEDIOS 290,00 290,00 320,60 320,60 22009 PARTICIPACIÓN EXACCION FISCAL SOBRE LA GASOLINA 850.000,00 850.000,00 721.902,36 571.501,25 22015 IMPUESTO MATRICULACION.FONDO DE INVERSIONES 34.894,00 34.894,00 38.934,01 38.934,01 29200 AIEM:PARTICIPACION ORDINARIA 5.012.191,00 5.012.191,00 5.702.223,16 5.702.223,16 29210 AIEM:FONDO DE INVERSIONES 400.002,00 400.002,00 454.793,14 454.793,14 29300 IGIC:PARTICIPACION ORDINARIA 39.628.048,00 39.628.048,00 44.102.146,33 44.102.146,33 29310 IGIC:FONDO DE INVERSIONES 3.162.554,00 3.162.554,00 3.517.408,00 3.517.408,00 30300 SERVICIO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS. TASA POR TRAT 125.000,00 125.000,00 113.402,96 113.402,96 30301 TASA AYUNTAMIENTOS AL PIRS 1.400.000,00 1.400.000,00 1.256.316,99 1.256.316,99 31000 TASAS HOSPITALES Y CLINICAS 1.550.000,00 1.550.000,00 651.921,21 651.921,21 31100 SERVICIOS ASISTENCIALES. TASA PENSIONES RESIDENCIA 780.000,00 780.000,00 810.853,36 810.853,36 31300 TASA POR UTILIZACION INSTALACIONES DEPORTIVAS 10.000,00 10.000,00 6.898,21 6.898,21 32000 TASAS POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CAZA 60.000,00 60.000,00 45.442,24 45.442,24 32500 TASAS POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE 14.000,00 14.000,00 23.697,12 23.681,78 32501 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS DE TURISMO 25.000,00 25.000,00 - - 32701 TASA POR LABORATORIO Y VIVERO 20.000,00 20.000,00 18.454,76 18.454,76 32702 TASA POR EL SERVICIO CENTRAL HORTOFRUTICOLA 75.000,00 75.000,00 52.221,22 51.243,36 32703 TASA POR SERVICIO DE MATADERO 100.000,00 100.000,00 79.773,68 78.508,40 32705 TASA POR CURSO 500,00 500,00 - - 32706 TASA POR SELECCIÓN DE PERSONAL - - 1.318,00 1.318,00 33800 COMPENSACION TELEFONICA DE ESPAÑA,S.A. 13.000,00 13.000,00 15.261,84 15.261,84 33900 TASA POR LICENCIA DE OBRAS 24.000,00 24.000,00 20.348,00 20.348,00 34100 SERVICIOS ASISTENCIALES. PRECIO PÚBLICO APOYO Y RE 2.000,00 2.000,00 2,12 2,12 34101 PRECIO PUBLICO RESID. SOCIO- SANIT. TRIANA 244.000,00 244.000,00 320.260,44 291.846,48 34102 PRECIO PUBLICO RESID. SOCIO- SANIT. VILLAFLORA 85.000,00 85.000,00 75.754,58 75.201,22 34300 MATRICULAS CURSOS DEPORTES 15.000,00 15.000,00 20.279,21 20.279,21 34301 OTROS CAMPUS DEPORTES 5.000,00 5.000,00 - 172,41 - 172,41 34400 ENTRADA A MUSEOS 5.000,00 5.000,00 19.947,24 19.947,24 34900 PRECIO PUBLICO PLANTAS VIVERO 14.000,00 14.000,00 15.357,90 15.357,90 34901 PRECIO PÚBLICO FERIA EXPOSALDO 500,00 500,00 405,00 405,00 17 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA 34902 PRECIO PÚBLICO CURSOS DE FORMACIÓN 500,00 500,00 - - 34903 PRECIO PÚBLICO ACTOS/ACTIVIDADES CULTURALES 500,00 500,00 1.214,90 1.214,90 34904 PRECIO PUBLICO ENTRADA/VISITA CENTROS INTERES TURISTICO 260.000,00 260.000,00 490.267,00 490.267,00 36000 VENTA DE PUBLICACIONES 3.000,00 3.000,00 1.080,00 1.080,00 36001 VENTA MATERIAL CULTURA 2.000,00 2.000,00 3.931,60 3.931,60 38200 IMPORTE ANUNCIOS CARGO PARTICULARES 700,00 700,00 - - 38900 OTROS REINTEGROS OPERACIONES CORRIENTES EJERCICIOS CERRADOS - - 2.173.566,57 2.101.771,57 38901 OTROS REINTEGROS OPERACIONES CORRIENTES EJERCICIOS CERRADOS DONACIONES VOLCAN - - 15.000,00 15.000,00 39130 MULTA INFRACCIÓN LEY DE CAZA DE CANARIAS 500,00 500,00 - - 39131 MULTA INFRACCIÓN EN MATERIA DE CARRETERAS 500,00 500,00 - - 39132 MULTA INFRACCIÓN EN MATERIA DE TRANSPORTE 500,00 500,00 75.815,51 75.815,51 39133 MULTA POR INFRACCIÓN MEDIO AMBIENTAL 500,00 500,00 - - 39190 OTRAS MULTAS Y SANCIONES - - 4.420,00 4.420,00 39210 RECARGO EJECUTIVO (5%) - - 1.623,00 1.623,00 39211 RECARGO DE APREMIO (10%) ó (20%) - - 1.444,11 1.444,11 39300 INTERESES DE DEMORA - - 1.025,96 1.025,96 39301 INTERESES DE DEMORA REINTEGROS SUBVENCIONES - - 25.211,30 24.122,90 39800 INDEMNIZACIÓN EXPTE. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL - - 5.573,31 5.573,31 39802 INDEMNIZACION RESP. PATRIMONIAL DAÑOS VIAS 100,00 13.691,14 49.484,94 48.326,94 39900 IMPREVISTOS - - 43.163,04 43.163,04 39901 INGRESOS POR PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL - - 22.691,43 22.691,43 39902 OTROS INGRESOS DIVERSOS EJECUCIÓN DE SENTENCIAS - - 4.330,29 4.330,29 42010 FONDO COMPLEMENTARIO DE FINANCIACION 22.732.491,00 25.552.348,45 28.770.659,67 28.770.659,67 42020 COMPENSACION IAE 216.539,00 216.539,00 370.387,96 370.387,96 42090 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LA AGE 8.735.870,00 8.735.870,00 11.061.522,99 11.061.522,99 42110 PARTICIPACIÓN EN INGRESOS DEL P.A.M.D.B. 22.000,00 22.000,00 19.514,46 19.514,46 45001 COSTE EFECTIVO TRANSF. DE COMPETENCIAS 42.585.174,00 42.585.174,00 40.502.219,70 40.502.219,70 45002 CONVENIO EVO INFORMES GRADO DISCAPACIDAD - 121.025,00 39.984,92 39.984,92 45003 SUBV CAC MANTENIMIENTO PLAZAS RESIDENCIALES MENORES - 311.960,00 311.960,00 311.960,00 45007 PROGRAMA SOCIOSANITARIO ATENCION A LA DISCAPACIDAD 1.761.899,00 1.761.899,00 1.761.899,00 1.761.899,00 45011 FINANCIACIÓN DEPENDENCIA MAYORES Y DISCAPACIDAD 18.689.661,84 19.091.859,02 20.703.214,39 20.703.214,39 45015 REDUCCION COMPENSACION DEL IGTE 1.832.344,00 1.832.344,00 1.819.290,08 1.819.290,08 45016 REDUCC. COMP. DE IGTE:FONDO DE INVERSIONES 146.232,00 146.232,00 145.086,84 145.086,84 18 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA 45104 RED CANARIA SERVICIOS/CENTRO ATENC SIT VIOL GENER 890.075,14 890.075,14 1.759.725,43 1.759.725,43 45105 FONDO DE EMERGENCIA PARA MUJERES VICTIMAS DE LA VI 61.744,30 76.744,30 27.291,13 27.291,13 48002 APORTACIONES DE FAMILIAS E INSTITUCIONES HOSPITAL 125.000,00 125.000,00 49.734,40 49.734,40 52000 INTERESES DE DEPÓSITOS EN ENTIDADES DE CRÉDITO 960.000,00 960.000,00 2.461.261,12 2.461.261,12 53410 DIVIDENDOS SOCIEDADES Y ENTIDADES NO DEPENDIENTES DE LAS EELL - - 1.071,92 1.071,92 55900 CANON APROVECHAMIENTO PANELES SOLARES CEIP - - 5.721,06 5.721,06 TOTAL 171.927.025,06 C. En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, se observa que el importe de los recursos corrientes liquidados del último ejercicio, una vez deducido el importe de los ingresos afectados, es de 171.927.025,06 € euros y el importe de deuda viva total de esta Entidad Local, es de 64.329.823,00 € euros. Por tanto, el porcentaje de deuda viva de esta entidad es de 37,56 % [(deuda viva/ingresos corrientes) x 100] inferior al límite de deuda regulado en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) –un saldo en el Capital vivo del grupo consolidado de los Entes de este Cabildo Insular menor al 110 % de los ingresos corrientes liquidados-. DECIMOSEGUNDO. USO DEL REMANENTE DE TESORERÍA Como se señalaba anteriormente el uso del Remanente procedente de la liquidación del ejercicio 2024 se encuentra totalmente sometido a las reglas fiscales después de varios años, por lo que nos encontramos ante un escenario de reactivación total del destino del superávit presupuestario la reducción del nivel de endeudamiento de acuerdo a lo establecido en la LOEPSF. Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público se introdujo una nueva Disposición Adicional 6ª en la citada ley, la cual estableció reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, pero en el momento actual ni la Disposición Adicional 6ª de la LOEPSF ni la Disposición Adicional 16ª del Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales están vigentes dado que no han sido objeto de prórroga por una norma de rango de ley, por lo tanto, no cabe destinar el superávit a cubrir las obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto ni se pueden ejecutar inversiones financieramente sostenibles, lo único que se podría hacer con el superávit es reducir el nivel del endeudamiento neto. En el supuesto de este Cabildo Insular, al haber liquidado el Presupuesto del ejercicio 2024 en situación de necesidad de financiación (déficit), no sería de aplicación lo dispuesto en la LOEPSF en relación al destino del superávit, por lo tanto y pese haber obtenido remanente de tesorería positivo, no sería obligatoria la reducción de deuda. Por tanto, atendiendo al criterio de prudencia, se deberá utilizar: 19 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA a) En primer lugar a atender las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre de 2024, en la cuenta de “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, o equivalentes, cuyo saldo es de 4.392.269,25 € - cuenta 413- y 206.811,76 € correspondientes a los pagos pendientes de aplicación. (Importes que no afectarían ni a la regla de gasto ni a la estabilidad presupuestaria). b) En segundo lugar el remanente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49.1 de TRLRHL de que los ingresos procedentes de operaciones de crédito por plazo superior a un año autorizados para la financiación de inversiones constituyen ingresos afectados al gasto para cuya financiación se concertó la operación, se deberá de utilizar para la incorporación al presupuesto del ejercicio 2025 de aquellas inversiones financiadas con las operaciones de crédito concertadas en los ejercicios 2024 y 2025 y de las que no se llegaron a reconocer las obligaciones con cargo a las mismas y que son las siguientes: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Descripción IMPORTE FINANCIADO OPERACIÓN DE CRÉDITO LARGO 162/60000 AQUISICIÓN TERRENOS 100.000,00 100.000,00 162/62400 VEHICULO ELECTRICO RECOLECTOR BICOMPARTIMENTADO PARA RECOGIDA SEPARADA 162/62702 OBRAS EN PUNTOS LIMPIOS 200.000,00 188.358,40 162/62704 INVERSIÓN PLAN DE TRANSFERENCIAS EL PASO 1.614.631,25 0,00 172/61101 INVERSIONES MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS FORESTALES 172/61104 INVERSIONES CINTURON VERDE 500.000,00 500.000,00 172/62700 INVERSIONES FONDOS EUROPEOS 112.000,00 81.203,96 172/62705 MEJORA DE EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES DE LA NATURALEZA 233/62701 INV. PLAN ATENC. SOCIO-SANIT. DEPENDENCIA 139.500,00 121.041,20 233/62702 II PLAN DE INFRAESTRUCTURA SOCIOSANITARIA 2.050.618,59 1.632.977,61 235/62700 INVERSIONES CENTRO DE MAYORES LA DEHESA 150.000,00 97.023,54 342/62702 INVERSIONES DEPORTES 97.500,00 95.296,39 342/62704 OBRAS RECONSTRUCCIÓN DEL CAMPO DE FUTBOL DE LA LAGUNA 410/62400 ADQUISICION VEHICULOS 100.000,00 91.000,00 413/62700 INVERSIONES PLAN FORRAJERO 90.000,00 23.351,00 417/62700 INVERSIONES CENTRAL HORTOFRUTÍCOLA 124.958,40 22.775,52 425/62700 INSTALACIÓN AUTOCONSUMO INMUEBLES CABILDO 352.039,52 352.039,52 432/62703 EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO RESTAURANTE CENTRO DE VISITANTES ROQUE DE LOS MUCHACHOS 442/62200 CONSTRUCCION, ADQUISICIÓN DE MARQUESINAS Y ACONDICIONAMIENTO DE PARADAS 452/71000 APORTACIÓN CONSEJO INSULAR DE AGUAS 9.500.000,00 0,00 453/61100 INVERSIONES ACONDICIONAMIENTO DE CARRETERAS 4.505.613,10 4.505.613,10 453/61101 REDACCIÓN PROYECTOS INVERSIÓN CARRETERAS 130.000,00 0,00 453/61102 INVERSIONES EN MEJORAS Y REPAVIMENTACIÓN CARRETERAS INSULARES 20 IMPORTE A INCORPORAR PLAZO EJERCICIO 2024 119.814,50 119.814,50 100.000,00 100.000,00 100.000,00 44.770,18 1.214.461,97 1.214.461,97 80.000,00 80.000,00 128.727,00 89.750,21 95.000,00 95.000,00 INFORME SOBRE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y CÁLCULO DEL GASTO COMPUTABLE EN LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2023 DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA 453/61105 INVERSIÓN SEGURIDAD VIAL CARRETERAS 150.000,00 92.454,44 453/61106 INVERSIONES INFRAESTRUCTURA FDCAN 2023 3.297.349,77 3.297.349,77 453/64100 APLICACIÓN VISOR DE CARRETERAS 90.000,00 90.000,00 459/62700 PROGRAMA INSULAR DESARROLLO LOCAL LA PALMA (PIDL) FONDOS FECAM 491/62700 INVERSIONES TELECOMUNICACIONES: RED TRONCAL Y OTROS 491/62711 REM 2023 INVERSIONES FDCAN 2023 18.610,44 0,00 933/62200 INVERSIONES EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 250.000,00 0,00 933/62202 INVERSIONES EDIFICIOS INSULARES ADECUACIÓN A NORMATIVA IMPORTE PRESTAMO INVERSIONES 2024 29.329.823,36 16.849.816,48 Código de la Partida Descripción IMPORTE FINANCIADO OPERACIÓN DE CRÉDITO LARGO 233/62702 II PLAN DE INFRAESTRUCTURA SOCIOSANITARIA 1.715.267,32 1.715.267,32 IMPORTE PRESTAMO INVERSIONES 2023 1.715.267,32 Dicho gasto afecta tanto a la estabilidad presupuestaria como a la regla de gasto. c) El resto del remanente su uso estará condicionado al plan económico-financiero que se debe aprobar como se ha señalado al haberse liquidado el ejercicio 2024 en inestabilidad, plan que deberá de identificar las causas de incumplimiento del objetivo (artículo 21.2 LOEPSF) y del adecuado diagnóstico de si el incumplimiento se debe o no a una situación estructural que determinará la bondad de las medidas correctoras. La aprobación del Plan económico financiero no impediría la utilización del remanente, pero estaría limitado al contenido del mismo y en consecuencia al grado de cumplimiento del objetivo en la liquidación de 2025, lo que requerirá un especial seguimiento de la ejecución presupuestaria de ingresos y gasto a lo largo del ejercicio y, en su caso, la adopción de otras medidas correctoras. Este es mi informe, no obstante el Excmo. Sr. Presidente podrá proceder como considere más conveniente. En Santa Cruz de La Palma, EL INTERVENTOR GENERAL ACCTAL., Firmado por PEDRO FRANCISCO JAUBERT LORENZO - DNI ***7400** el día 28/03/2025 con un certificado emitido por AC Firmaprofesional - CUALIFICADOS 21 3.662.609,26 3.662.609,26 156.389,56 116.459,21 100.000,00 36.466,70 Remanente PLAZO EJERCICIO 2023