INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma Referencia: 2/2023/INF-CFINAN Procedimiento: Gestión de Expedientes de Elaboración de Informes de control/auditoría de Control Financiero INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES EMITIDO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA A la Asamblea del Consorcio de Servicios de La Palma Denegación de opinión La Intervención General del Cabildo Insular de La Palma, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 29.3.A) del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, es el órgano competente para auditar las cuentas anuales del Consorcio de Servicios de La Palma, que comprenden el balance de situación a 31 de Diciembre de 2021, la cuenta del resultado económico patrimonial, el resultado presupuestario y la memoria correspondiente al ejercicio terminado en dicha fecha, No expresamos una opinión sobre las cuentas anuales de la entidad adjuntas. Debido al efecto muy significativo de las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la denegación de opinión de nuestro informe, no hemos podido obtener evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar una opinión de auditoría sobre estas cuentas anuales Fundamento de la denegación de opinión 1. En diferentes apartados de la memoria de las cuentas anuales se indica que la información se incorpora en anexos. No hemos dispuesto de los anexos, excepto el correspondiente al cuadro de movimientos del inmovilizado (nota 5 de la memoria). 2. No hemos podido determinar la razonabilidad del valor en cuentas del inmovilizado material el cual supone el 56 % del total del activo. 3. No hemos podido obtener conocimiento de los procedimientos internos y de control aplicados por la Entidad para liquidar los servicios prestados a los ayuntamientos según los costes imputables a los mismos. En consecuencia, no hemos podido realizar pruebas para verificar la razonabilidad de los criterios utilizados para repercutir los costes de los servicios y de los servicios liquidados. P á g i n a | 1 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250326503374777072 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma 4. No hemos dispuesto de documentación justificativa del gasto contabilizado en concepto de "otros gastos sociales" por importe de 30.856,53 euros. 5. Hemos solicitado la documentación soporte (facturas u otra documentación soporte y justificantes de pago) de una muestra de gastos de 30.917,71 euros realizados con terceros no circularizados, la cual no nos ha sido facilitada. Así mismo, no hemos dispuesto de la documentación soporte de los gastos contabilizados en el ejercicio 2022 por importe de 45.027,07 euros, susceptibles de haberse devengado en el ejercicio 2021. En consecuencia, no podemos concluir si los gastos indicados deberían haberse registrado en el ejercicio auditado. 6. Las cuentas anuales del ejercicio 2021 que nos ha facilitado la Entidad para la auditoria no contienen el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y el estado de la liquidación del presupuesto. 7. No hemos obtenido evidencia de los derechos pendientes de cobro de presupuestos cerrados por importe de 302.253,30 euros, de los cuales constan provisionados de dudoso cobro 276.674,84 euros. 8. La Entidad en el ejercicio auditado ha reintegrado al Cabildo de La Palma la subvención de 240.000 euros, recibida en ejercicios anteriores, para financiar la inversión prevista en equipamiento mecánico para la limpieza de playas insulares (Resolución 9827 de 27/12/2018). El reintegro indicado se ha contabilizado minorando los ingresos de transferencia del ejercicio 2021. Teniendo en cuenta que la inversión prevista no se materializó, la subvención tenía carácter reintegrable por lo que se debería haber contabilizado como pasivo. En consecuencia, el resultado económico patrimonial del ejercicio 2021 está infravalorado en 240.000 euros y el resultado de ejercicios anteriores está sobrevalorado en el mismo importe. 9. La Entidad ha registrado en el ejercicio 2021 el gasto de la seguridad social del mes de diciembre de 2020 por importe de 36.977,44 euros. Así mismo ha registrado en el ejercicio 2022 el gasto de la seguridad social del mes de diciembre de 2021 por importe de 34.123,10 euros. En consecuencia, a 31 de diciembre de 2021 el pasivo corriente del balance está infravalorado en 34.123,10 euros y las cifras comparativas están infravaloradas 36.977,44 euros. Como resultado de estos hechos, no hemos podido determinar los ajustes que podrían haber sido necesarios en relación con los epígrafes del balance de situación y de la cuenta del resultado económico patrimonial. P á g i n a | 2 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250326503374777072 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma Cuestiones clave de la auditoría Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas que, según nuestro juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de las cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra opinión sobre éstas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones. Excepto por la cuestión descrita en la sección Fundamento de la denegación de opinión, hemos determinado que no existen otros riesgos más significativos considerados en la auditoría que se deban comunicar en nuestro informe. Otras cuestiones referidas al alcance de la auditoria La sociedad de auditoría "Faura-Casas, Auditors Consultors, S.L.", en virtud del contrato suscrito con el Cabildo Insular de La Palma, ha efectuado trabajos de auditoría. En dichos trabajos se ha aplicado por parte de la Intervención General del Cabildo Insular de La Palma la Norma técnica de relación con auditores en el ámbito del sector público, aprobada por resolución del Interventor General de la Administración del Estado de fecha 30 de diciembre de 2020. La Intervención General del Cabildo Insular de La Palma ha elaborado el presente informe sobre la base del trabajo realizado por la sociedad de auditoría "Faura-Casas, Auditors Consultors, S.L. Otras cuestiones referidas a las cuentas anuales del ejercicio anterior Las cuentas anuales de la Entidad correspondientes al ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2020 no fueron auditadas. Responsabilidad del Presidente en relación con las cuentas anuales El Presidente es responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, y del resultado económico-patrimonial de la entidad y de la ejecución del presupuesto de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error. En la preparación de las cuentas anuales, el Presidente es responsable de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como entidad en funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la entidad en funcionamiento y utilizando el principio contable de entidad en P á g i n a | 3 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250326503374777072 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma funcionamiento excepto si la Asamblea tiene la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa realista. Si bien nos ha sido facilitado un certificado del Secretario de la Entidad, relativo al acuerdo del Consejo de Administración, reunido como comisión especial de cuentas en fecha 21 de julio de 2022, aprobando inicialmente la cuenta general del ejercicio 2021, no hemos constatado que las cuentas anuales hayan sido formuladas por el Presidente de la Entidad. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales Nuestra responsabilidad es la realización de la auditoría de las cuentas anuales de la entidad de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público vigente en España y la emisión de un informe de auditoría. Sin embargo, debido a la significatividad de las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la denegación de opinión de nuestro informe, no hemos podido obtener evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar una opinión de auditoría sobre estas cuentas anuales. Somos independientes de la entidad de conformidad con los requerimientos de ética, y protección de la independencia que son aplicables a nuestra auditoría de las cuentas anuales para el Sector Público en España, según lo exigido por la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas de dicho Sector Público. Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios Con el alcance previsto en nuestra auditoría de cuentas, en la verificación de la adecuación a la legalidad de los aspectos de la actividad económico-financiera de aplicación a la Entidad, hemos tenido la siguiente limitación: Contratación pública No hemos podido verificar el cumplimento de la normativa de contratación pública que afecta a obligaciones reconocidas en el ejercicio auditado por importe de 614.886,95 euros EL INTERVENTOR GENERAL ACCTAL. P á g i n a | 4 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250326503374777072 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/