INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma Referencia: 1/2023/INF-CFINAN Procedimiento: Gestión de Expedientes de Elaboración de Informes de control/auditoría de Control Financiero INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES EMITIDO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Al Patronato de la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma Opinión desfavorable Hemos auditado las cuentas anuales de la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma (la Entidad) que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de 2021, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto y la memoria correspondiente al ejercicio acabado en esta fecha. Con fecha 16 de febrero de 2024 se cursó notificación del informe provisional de auditoría de cuentas anuales correspondiente al ejercicio 2021 (Registro de salida nº 2024002838), siendo recibida la misma con fecha 19 de febrero de 2024 y, transcurrido el plazo reglamentario sin haber presentado alegaciones al mismo, se procede a elevarlo a definitivo. En nuestra opinión debido al efecto muy significativo de las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la opinión desfavorable de nuestro informe, las cuentas anuales no expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Entidad a 31 de diciembre de 2021, así como de sus resultados correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación, el cual no se informa en las cuentas anuales, y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo. Fundamento de la opinión desfavorable La Entidad no ha elaborado las cuentas anuales de acuerdo con las disposiciones del Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, el cual le es de aplicación. La estructura de la cuenta del resultado económico patrimonial de las cuentas anuales de la Entidad difiere significativamente de la estructura de la cuenta de resultados establecida por el RD 1491/2011 indicado. Asimismo, la memoria de las anuales no contiene la información requerida por la citada norma. La Entidad en el ejercicio auditado y en ejercicios anteriores no ha registrado gasto por la amortización del inmovilizado. La Entidad en el ejercicio auditado y en ejercicios anteriores ha utilizado inmuebles que le han sido cedidos de forma gratuita por un período determinado. De acuerdo con la P á g i n a | 1 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250327770512240265 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma norma de registro y valoración novena del Real Decreto 1491/2011, la Entidad, en el ejercicio auditado y anteriores, debería haber contabilizado un gasto de acuerdo con su naturaleza y un ingreso por subvención/donación en la cuenta de resultados por la mejor estimación de los derechos de uso cedidos. De acuerdo con el modelo de cuentas anuales aprobado por el RD 1491/2011, el importe de 15.082.281,17 euros se debería clasificar como otros pasivos financieros, en el epígrafe C.II.5 del pasivo. El valor en cuentas del inmovilizado es superior en 1.227.196,454 euros al registro auxiliar del inmovilizado que nos ha sido facilitado. No hemos dispuesto de documentación u otra información para verificar la razonabilidad de la diferencia indicada. Así mismo, no hemos dispuesto de la documentación solicitada para verificar una muestra de altas del inmovilizado intangible contabilizadas en el año 2021. En consecuencia, no podemos manifestarnos sobre la razonabilidad del valor en cuentas del inmovilizado. Esta limitación alcanza también a los gastos de personal, de los cuales se han contabilizado 76.065,44 euros en el inmovilizado intangible. La dotación fundacional registrada en el patrimonio neto es superior en 93.089,96 euros a la dotación fundacional que consta en la escritura de constitución. No hemos dispuesto de documentación o información para concluir sobre el motivo de la diferencia. La Entidad no nos ha facilitado la carta de circularización para confirmar con la entidad bancaria información sobre la existencia o no de otras operaciones financieras no contabilizadas o informadas en las cuentas anuales. No hemos dispuesto de documentación soporte u otra información para verificar la razonabilidad de los ingresos registrados en la cuenta de resultados por importes de 60.000 euros y 25.263,62 euros. No hemos dispuesto de la relación de los gastos de servicios exteriores contabilizados, con indicación del tercero y la descripción del concepto. Por este motivo no hemos podido verificar la razonabilidad del gasto registrado en las cuentas anuales y circularizar a acreedores para la confirmación de saldos y transacciones con la Entidad, a efectos de determinar la existencia o no de pasivos no registrados a fecha 31 de diciembre de 2021. Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España. Nuestras responsabilidades, de acuerdo con dichas normas, se describen más adelante, en la sección Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales de nuestro informe. Somos independientes de la Entidad de conformidad con los requerimientos de ética y protección de la independencia que son aplicables a nuestra auditoría de las cuentas anuales consolidadas para Sector Público en España, según lo exigido por la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas de dicho Sector Público. P á g i n a | 2 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250327770512240265 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión desfavorable. Cuestiones clave de la auditoría Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas que, según nuestro juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de las cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra opinión sobre éstas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones. Excepto por las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la opinión desfavorable, hemos determinado que no existen otras cuestiones clave de la auditoría que se deban comunicar en nuestro informe. Otras cuestiones referidas al alcance de la auditoria La sociedad de auditoría “Faura-Casas, Auditors Consultors, S.L.”, en virtud del contrato suscrito con el Cabildo Insular de La Palma, ha efectuado trabajos de auditoría. En dichos trabajos se ha aplicado por parte de la Intervención General del Cabildo Insular de La Palma la Norma técnica de relación con auditores en el ámbito del sector público, aprobada por resolución del Interventor General de la Administración del Estado de fecha 30 de diciembre de 2020. La Intervención General del Cabildo Insular de La Palma ha elaborado el presente informe sobre la base del trabajo realizado por la sociedad de auditoría “Faura-Casas, Auditors Consultors, S.L. Otras cuestiones referidas a las cuentas anuales del ejercicio anterior Las cuentas anuales de la Entidad correspondientes al ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2020 no fueron auditadas. Responsabilidad del Patronato en relación con las cuentas anuales El Patronato es responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, y del resultado económico-patrimonial de la entidad y de la ejecución del presupuesto de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error. En la preparación de las cuentas anuales, el patronato es responsable de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como entidad en funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la entidad en funcionamiento y utilizando el principio contable de entidad en funcionamiento excepto si el patronato P á g i n a | 3 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250327770512240265 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma tiene la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa realista. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contiene nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en las cuentas anuales. Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:  Identificamos y valoramos los riesgos de incorrección material en las cuentas anuales, debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos evidencia de auditoría suficiente y adecuada para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección material debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección material debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionadamente erróneas, o la elusión del control interno.  Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.  Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas y la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Patronato.  Concluimos sobre si es adecuada la utilización, por el Patronato, del principio contable de entidad en funcionamiento y, basándonos en la evidencia de auditoría obtenida, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre material relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como entidad en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre material, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe de auditoría sobre la correspondiente información P á g i n a | 4 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250327770512240265 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/ INTERVENCIÓN SERVICIO DE CONTROL FINANCIERO Cabildo Insular de La Palma revelada en las cuentas anuales o, si dichas revelaciones no son adecuadas, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en la evidencia de auditoria obtenida hasta la fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, los hechos o condiciones futuros pueden ser la causa de que la entidad deje de ser una entidad en funcionamiento.  Evaluamos la presentación global, la estructura y el contenido de las cuentas anuales, incluida la información revelada, y si las cuentas anuales representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logran expresar la imagen fiel. Nos comunicamos con el patronato de la entidad en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría planificados y los hallazgos significativos de la auditoría, así como cualquier deficiencia significativa del control interno que identificamos en el transcurso de la auditoría. Entre las cuestiones que han sido objeto de comunicación al órgano de gobierno de la entidad, determinamos las que han sido de la mayor significatividad en la auditoría de las cuentas anuales del periodo actual y que son, en consecuencia, las cuestiones clave de la auditoría. EL INTERVENTOR GENERAL ACCTAL. P á g i n a | 5 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 15250327770512240265 en http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/