SECRETARÍA GENERAL (E AMGR/mjgp y) EXCMO, CABILDO INSULAR DE LA PALMA Avda. Marítima, 3 38700 Santa Cruz de La Palma (Islas Canarias) Tel, 922 423 100 - Fax: 922 420 030 CONSEJERO SECRETARIO DEL CONSEJO DE D. BORJA PERDOMO HERNÁNDEZ, GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria Celebrada el día 17 de abril de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que, es del siguiente tenor: PUNTO DE URGENCIA N? 1.- PROPUESTA DE ACUERDO RELATIVA AL EXPEDIENTE N” 2 DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS EN EL PRESUPUESTO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA EL EJERCICIO 2020. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, que es del siguiente tenor: “Visto el Expediente n? 2 de Concesión de Créditos Cabildo Insular de Extraordinarios en el Presupuesto del Excmo. La Palma para el ejercicio 2020. Visto que, según dispone el artículo 41.1.b) del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular, el órgano competente para la autorización de este tipo de modificación presupuestaria es el Consejo de Gobierno Insular, correspondiéndole posteriormente su en virtud de la Base 10” aprobación al Pleno de la Corporación, de las que rigen la ejecución del vigente presupuesto. Visto el informe del Interventor Acctal. de fecha 16 de abril de 2020, en el que informa favorablemente su aprobación. Visto en la tramitación de la citada modificación que presupuestaria se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, el Consejo de Gobierno Insular, ACUERDA 1-. La aprobación del Expediente n” 2 de Concesión de Créditos Extraordinarios en el Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2020. En Santa Cruz de La Palma, 16 de abril de 2020. EL PRESIDENTE, Mariano Hernández Zapata,” Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencia atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 b) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, propone al Pleno de La Corporación Insular, la aprobación del Expediente n” 2 de Concesión de Créditos Extraordínarios en el Presupuesto del Excmo. Cabildo insular de La Palma para el ejercicio 2020., cuyo detalle es el siguiente: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS. - 334.762.00 Subv. Ayto. El Paso. Adquisición instrumentos musicales. Banda de 13.000,00 € música municipal Subv Asoc Cultural Los Viejos Proyecto “54 años de Historia de 10.000,00 € Los Viejos en La Palma” TOTAL CREDITOS EXTRAORDINARIOS TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 53.000,00 € Medios o recursos que han de financiar la modificación de crédito: Anulaciones y/o bajas de créditos de aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, cuya dotación se estima reducible sin perturbación de los respectivos servicios, por un importe de 53.000,00 €. TOTAL DE LA FINANCIACIÓN IGUAL A LOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 53.000,00 €. Los gastos que se proyectan en el presente expediente no pueden demorarse hasta el siguiente ejercicio, no existiendo crédito adecuado destinado a dichas finalidades en el nivel en que está establecida la vinculación Jurídica. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades la Locales, expido presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. sr. Presidente, D. Mariano Hernández Zapata, en la sede del Cabildo insular, y en la Ciudad de Santa Cruz de La Palma, a 17 de abril de 2020. AF EL, NTE, y a 4 Ma la nández Zapata AS