SECRETARÍA GENERAL Servicio de Infraestructura Avda. Marítima, 3 38700 Santa Cruz de La Palma (Islas Canarias) Tel. 922 423 100 – Fax: 922 420 030 DOÑA MARÍA DEL CARMEN ÁVILA ÁVILA, SECRETARIA GENERAL DEL PLENO DEL EXCMO.CABILDO INSULAR DE LA PALMA. C E R T I F I C O: Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Plenaria Extraordinaria y urgente celebrada el día dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: ASUNTO Nº 2.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE Nº 74/2024/GE-MC DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS –QUE HACE EL Nº 19/2024 DE ESTA MODALIDAD- EN EL PRESUPUESTO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA EL EJERCICIO 2024. El Sr. Presidente pone en conocimiento del Pleno el texto del dictamen de la Comisión del Pleno de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, celebrada el 15 de noviembre de 2024, cuyo contenido literal es el que sigue: “A indicación del Sr. Presidente de la Comisión de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, y al haberse remitido con anterioridad a los Sres. Consejeros la documentación correspondiente, se procede al estudio del Expediente Nº 74/2024/GE-MC de concesión de créditos extraordinarios –que hace el nº 19/2024 de esta modalidad -, en el Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2024. Por otra parte, el Consejo de Gobierno Insular, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 13 de noviembre de 2024, aprobó dicho expediente, que es del siguiente tenor: “Don Sergio Javier Rodríguez Fernández, presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 17 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: ANTECEDENTES Vista la propuesta razonada del Servicio de Deportes, en la que se solicita la modificación presupuestaria en la modalidad de concesión de créditos extraordinarios financiado, con anulaciones o bajas de créditos de gastos de otras aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidos, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, para dar cobertura los gastos que se detallan en el presente expediente. Vista la retención de crédito en la aplicación presupuestaria afectada por baja o 1 MCAA/mjgp anulación de crédito, por el importe correspondiente. (RC nº 12024000180196). Visto el Decreto de incoación del presidente nº 2024/11788 de fecha 12 de noviembre de 2024, del expediente nº 74/2024/GE-MC de concesión de créditos extraordinarios –que hace el nº 19/2024 de esta modalidad-. Vista la Memoria de la Presidencia justificativa de la necesidad de tramitar el expediente que se propone y explicativa de su contenido de fecha 12 de noviembre de 2024. Visto el documento del miembro corporativo titular de Hacienda, de fecha 12 de noviembre de 2024, el que se informa de que, dentro del Presupuesto de esta entidad local para el ejercicio en curso, los créditos de las aplicaciones presupuestarias de gastos que sufren anulación o baja no han sido comprometidos, no perjudicando su anulación o baja a los servicios que están destinados. Vista la Certificación de la titular acctal. del Órgano de Dirección y Coordinación de Contabilidad y Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma relativo a la suficiencia de los recursos que financian el presente expediente de fecha 12 de noviembre de 2024. Visto el informe emitido por el jefe de la Oficina Presupuestaria de fecha 12 de noviembre de 2024. Vistos los informes del interventor general acctal. de EPYSF y de legalidad de la propia modificación presupuestaria, ambos de fecha 13 de noviembre de 2024. Visto que en la tramitación de la citada modificación presupuestaria se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente. Documentos anexos: DESCRIPCIÓN CSV Propuesta de decreto de inicio para Cred Extra y/o Sup BAJAS 15251472570753540621 Decreto de Presidente 15250235167475271143 Modificación Crédito Memoria Presidencia Crédito Extraordinario y Suplemento Baja 15250327240571735232 Informe Consejería de Hacienda 15250326731611026047 CERTIFICADO INTERVENTOR BAJA 15250327621164574151 Informe Oficina Presupuestaria Crédito Extra y Suplemento Baja 15250327042637764221 Informe Intervención Crédito Extraordinario y Suplemento Bajas 15250327266420644446 Informe Intervención EPYSF 15250327136571420711 FUNDAMENTOS Visto que, según dispone el artículo 41.1.b) del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular, el órgano competente para la autorización de este tipo de modificación presupuestaria es el Consejo de Gobierno Insular, correspondiéndole posteriormente su aprobación al Pleno de la Corporación, en virtud de la 2 Base 10ª de las que rigen la ejecución del vigente presupuesto. En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: 1.- La aprobación del Expediente nº 74/2024/GE-MC de concesión de créditos extraordinarios–que hace el nº 19/2024 de esta modalidad- en el Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2024. 2.- El detalle de las aplicaciones presupuestarias a las que afecta el expediente es el siguiente: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS.- Expresado en euros APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CRÉDITO A HABILITAR 342/62704 OBRAS RECONSTRUCCIÓN DEL CAMPO DE FUTBOL DE LA LAGUNA 1.214.461,97 € TOTAL DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 3.- Medios o recursos que han de financiar la modificación de crédito: a) Anulaciones y/o bajas de créditos de aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación de los respectivos servicios, por un importe total de 1.214.461,97 €, en particular las siguientes: APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE 459/65001 PROGRAMA INSULAR DESARROLLO LOCAL LA PALMA (PIDL) FONDOS FeCAM TOTAL BAJAS DE CRÉDITOS 1.214.461,97 RC nº 12024000180196 4.- Los gastos específicos y determinados que se proyectan en el presente expediente no pueden demorarse hasta el siguiente ejercicio, no existiendo crédito adecuado o suficiente destinado a dichas finalidades en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica en el estado de gastos del Presupuesto en vigor. 5.- Proponer la aprobación del expediente por el Pleno insular, de conformidad con el apartado 2 del artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, previo dictamen de la Comisión del Pleno de HACIENDA y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los presupuestos. 6.- No obstante, la ejecución de los créditos que se habilita estará supeditada a la autorización de la operación de crédito por el Órgano de Tutela Financiera de la Comunidad 3 1.214.461,97 Expresado en euros 1.214.461,97 Autónoma de Canarias y la posterior contratación del préstamo, al estar incluido los créditos de las aplicaciones que se bajan en la relación de inversiones que se financia con la citada operación de crédito. Teniendo en cuenta que consta: I. Decreto N. º 2024/11788 de fecha 12 de noviembre de 2024, de incoación del expediente N. º 74/2024/GE-MC, de modificación de créditos bajo la modalidad de concesión de créditos extraordinarios que hace el n. º 19/2024 de esta modalidad-. II. Memoria económica justificativa de la necesidad de aprobar el expediente N. º 74/2024/GE-MC, de modificación de créditos bajo la modalidad de concesión de créditos extraordinarios que hace el n. º 19/2024 de esta modalidad-, emitido por el Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, de fecha 12 de noviembre de 2024. III. Informe emitido por el Miembro Corporativo Titular de Hacienda, D. Fernando González Negrín, de fecha 12 de noviembre de 2024. IV. Certificado de suficiencia de crédito emitido por la Titular Acctal. del Órgano de Dirección y Coordinación, Contabilidad y Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, D. ª Guadalupe Margarita Lorenzo Brito y con el V. ºB. º del Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, de fecha 12 de noviembre de 2024. V. Informe de conformidad con la legislación aplicable emitido por el Jefe de Servicio de la oficina presupuestaria D. Jorge Luis Lorenzo Hernández, de fecha 12 de noviembre de 2024. VI. Informe de conformidad con la legislación presupuestaria aplicable emitido por el Interventor General Acctal. D. Pedro Francisco Jaubert Lorenzo, de fecha 13 de noviembre de 2024. VII. Informe sobre evaluación de la estabilidad presupuestaria suscrito por el Interventor General Acctal. D. Pedro Francisco Jaubert Lorenzo, de fecha 13 de noviembre de 2024”. Así mismo se hace constar por la Secretaria General del Pleno que en el expediente remitido: Primero.- Consta informe sobre evaluación de la estabilidad presupuestaria emitido por el Interventor General Accidental de fecha 13 de noviembre de 2024, señalando que: “(…) De cualquier modo, el posible riesgo de incumplimiento del objetivo de estabilidad habrá de verificarse una vez se confeccione la Liquidación consolidada del Presupuesto General, tal y como señala el art. 15 del RLGEP, en su aplicación a las entidades locales. En consecuencia, en base a lo señalado, se obtienen las siguientes CONCLUSIONES: 4 1. El Presupuesto de 2024 del Cabildo Insular de La Palma, incluyendo la modificación presupuestaria 74/2024/GE-MC propuesta, cumpliría el objetivo de estabilidad presupuestaria, entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 2010, al verse compensado el aumento de las obligaciones reconocidas con cargo a este expediente con bajas de créditos por anulación en las correspondientes aplicaciones. 2. La modificación presupuestaria 74/2024/GE-MC no tiene efectos en la Regla de Gasto, toda vez que no incide en ella la financiación de gastos con bajas de créditos por anulación, que es una modificación presupuestaria cualitativa y no cuantitativa que supone un cambio en el destino de los créditos y no en su cuantía.(…)” Segundo.- La ejecución de los créditos que se habilita estará supeditada a la autorización de la operación de crédito por el Órgano de Tutela Financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias y la posterior contratación del préstamo, al estar incluido los créditos de las aplicaciones que se bajan en la relación de inversiones que se financia con la citada operación de crédito. No suscitando debate el asunto, la Comisión por mayoría, con el voto a favor de los Sres. y las Sras. Consejeras del Grupo de Coalición Canaria (5), la abstención del Sr. y la Sra. Consejera del Grupo Socialista (2), si bien expresan que su Grupo se manifestará definitivamente en la sesión plenaria; así como la abstención del Sr. y la Sra. Consejera del Grupo Popular (2), propone al Pleno de la Corporación, la adopción de los siguientes ACUERDOS 1.- La aprobación del Expediente nº 74/2024/GE-MC de concesión de créditos extraordinarios–que hace el nº 19/2024 de esta modalidad- en el Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio 2024. 2.- El detalle de las aplicaciones presupuestarias a las que afecta el expediente es el siguiente: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS.- Expresado en euros APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CRÉDITO A HABILITAR 342/62704 OBRAS RECONSTRUCCIÓN DEL CAMPO DE FUTBOL DE LA LAGUNA 1.214.461,97 € TOTAL DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 3.- Medios o recursos que han de financiar la modificación de crédito: a) Anulaciones y/o bajas de créditos de aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación de los respectivos servicios, por un importe total de 1.214.461,97 €, en particular las siguientes: 5 1.214.461,97 APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE 459/65001 PROGRAMA INSULAR DESARROLLO LOCAL LA PALMA (PIDL) FONDOS FeCAM TOTAL BAJAS DE CRÉDITOS 1.214.461,97 RC nº 12024000180196 4.- Los gastos específicos y determinados que se proyectan en el presente expediente no pueden demorarse hasta el siguiente ejercicio, no existiendo crédito adecuado o suficiente destinado a dichas finalidades en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica en el estado de gastos del Presupuesto en vigor. 5.- Proponer la aprobación del expediente por el Pleno insular, de conformidad con el apartado 2 del artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, previo dictamen de la Comisión del Pleno de HACIENDA y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los presupuestos.” (…) Tras un breve intercambio de pareceres y sometida a votación, el Pleno de la Corporación acuerda por mayoría con el voto a favor de los Sres. y las Sras. Consejeras del Grupo de Coalición Canaria (11), la abstención de los Sres. y Sras. Consejeras del Grupo Socialista y del Grupo Popular (7), la aprobación del EXPEDIENTE Nº 74/2024/GE-MC DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS –QUE HACE EL Nº 19/2024 DE ESTA MODALIDAD- EN EL PRESUPUESTO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA EL EJERCICIO 2024 tal y como ha sido transcrita. Y para que conste a los efectos procedentes, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente, D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, en la sede del Cabildo Insular, y en la Ciudad de Santa Cruz de La Palma, a fecha de la firma electrónica. Vº Bº EL PRESIDENTE Digitally signed by RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Date: 2024.11.18 12:00: 25 6 Expresado en euros 1.214.461,97 MARIA DEL CARMEN AVILA AVILA - DNI 13747415Q Firmado digitalmente por MARIA DEL CARMEN AVILA AVILA - DNI 13747415Q Fecha: 2024.11.18 10:58:21 Z