27753 Servicio de Recursos Humanos ANUNCIO 223010 EExxppeeddiieennttee nnºº 2288//22002255//RRHH--CCOONNVV.. PROVINCIA: Santa Cruz de Tenerife CORPORACIÓN: Excmo. Cabildo Insular de La Palma El Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión celebrada el pasado día 14 de noviembre de 2025 en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo relativo a la aprobación de la RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2025, RELATIVO A LA “APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2025, CON CARGO A LA TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, APLICANDO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES.4 LPGE23, ACTUALMENTE PRORROGADA, RELATIVO A UNA (1) PLAZA DE ENFERMERO/A (JEFE DE ENFERMERÍA), PERTENECIENTE AL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN EL HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES, POR ENCONTRARSE YA INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2024 Y SU SUSTITUCIÓN POR UNA (1) PLAZA DE CAMARERA-LIMPIADORA QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN EL CENTRO DE MAYORES LA DEHESA, cuyo texto es del siguiente tenor literal: PRIMERO.- Rectificar los errores materiales advertidos en el acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 4 de abril de 2025, relativo a la “Aprobación de la oferta de empleo público del ejercicio presupuestario 2025, con cargo a la tasa de reposición de efectivos, aplicando las excepciones prevista en el art.20.tres LPPGE23, actualmente prorrogada”, y que fue publicado en el BOP Nº43, del miércoles 9 de abril de 2025, debiendo quedar redactado dicho acuerdo con el siguiente tenor literal: “ASUNTO: APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2025, CON CARGO A LA TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, APLICANDO Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27754 LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES. 4 LPGE23, ACTUALMENTE PRORROGADA. El Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, en virtud del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con la Disposición Adiciona l Decimocuarta de la mencionada Ley; el artículo 57 de la Ley 8/2015 de Cabildos Insulares; el artículo 17 en relación con el artículo 21 del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Cabildo Insular, aprobado en sesión plenaria de fecha 30 de enero de de 2018; en concordancia con el apartado cuarto del Decreto de Presidencia nº 2023/6517 de 5 de julio de 2023, de designación de miembros corporativos titulares de áreas(BOPnúm.84,de12de julio de 2023),modificado parcialmente por Decreto de Presidencia nº 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 (B.O.P. nº 24 de 23 de febrero de 2024), y por Decreto de Presidencia nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 (B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024), elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 27 de marzo de 2025, el Miembro Corporativo Titular del área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, dicta diligencia de ordenación, solicitando la emisión del correspondiente Informe – Propuesta sobre la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025, en aplicación de las previsiones de la legislación presupuestaria sobre la tasa de reposición de efectivos, al objeto de elevarlo a la Mesa General de Negociación para adoptar el acuerdo que, en su caso, proceda. SEGUNDO.- La propuesta de OEP, de conformidad con el artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), ha sido objeto de negociación colectiva, habiéndose alcanzado un acuerdo, por unanimidad, para la aprobación de la OEP del ejercicio 2025, en sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada con fecha 2 de abril de 2025. TERCERO.- La Técnico de Administración General, actuando como Secretaria Acctal. de la sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada el 2 de abril de 2025, emitió certificado de la adopción del acuerdo sobre el asunto Nº 2: EXPOSICIÓN Y APROBACIÓN SI PROCEDE DE INFORME PROPUESTA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2025, con el siguiente tenor literal: “Una vez analizada la propuesta emitida por el Servicio de Recursos Humanos sobre las plazas susceptibles de incorporarse a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 con cargo a la tasa de reposición de efectivos, aplicando las excepciones a la tasa de reposición de efectivos y por promoción interna, y tras el debate y las modificaciones propuestas, los/las miembros/as de la Mesa General de Negociación, procedieron a aprobar, por UNANIMIDAD, los siguientes acuerdos: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27755 PRIMERO. – Acordar que la OEP del ejercicio 2025, con cargo a la tasa de reposición de LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES. 4 LPGE23, ACTUALMENTE efectivos, que asciende a 31 plazas, incorpore las siguientes: PRORROGADA. Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS El Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, en virtud del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de PERSONAL LABORAL las Bases de Régimen Local en relación con la Disposición Adiciona l Decimocuarta de la mencionada Ley; el artículo 57 de la Ley 8/2015 de Cabildos Insulares; el artículo 17 en relación con el artículo 21 del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Cabildo Insular, aprobado IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Sanitario Auxiliares en de en sesión plenaria de fecha 30 de enero de de 2018; en concordancia con el apartado cuarto del Decreto Técnico/a Cuidados Enfermería (T.C.A.E.) de Presidencia nº 2023/6517 de 5 de julio de 2023, de designación de miembros corporativos titulares de áreas(BOPnúm.84,de12de julio de 2023),modificado parcialmente por Decreto de Presidencia nº Auxiliar de Lavandería IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 (B.O.P. nº 24 de 23 de febrero de 2024), y por Decreto de Presidencia Camarero/a Limpiador/a nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 (B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024), elevo al Consejo de Gobierno V Certificado de Escolaridad Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: Oficial/a 1ª Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO Conductor/a Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO. Permiso conducción C ANTECEDENTES Ayudante/a de Servicios V Certificado de Escolaridad Farmacéutico/a I Ldo/Grad Farm/Tit Farm Hosp PRIMERO.- Con fecha 27 de marzo de 2025, el Miembro Corporativo Titular del área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, dicta diligencia de PERSONAL FUNCIONARIO ordenación, solicitando la emisión del correspondiente Informe – Propuesta sobre la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025, en aplicación de las previsiones de la legislación presupuestaria sobre la tasa de reposición de efectivos, al objeto de elevarlo a la Mesa General de Negociación para adoptar el acuerdo que, en su caso, proceda. C2 Grad. Esc/FP1Aux.Enf. SEGUNDO.- La propuesta de OEP, de conformidad con el artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Técnico Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Administración General C2 Graduado Escolar/FP1/ESO Básico del Empleado Público (TREBEP), ha sido objeto de negociación colectiva, habiéndose alcanzado un acuerdo, por unanimidad, para la aprobación de la OEP del ejercicio 2025, en sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada con fecha 2 de abril de 2025. Técnico de Administración General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas TERCERO.- La Técnico de Administración General, actuando como Secretaria Acctal. de la Arquitecto/a Técnico A2 Ing./Gr Arquitectura Técnica sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada el 2 de abril de 2025, emitió Gestor/a Cultural A2 Diplomado/a certificado de la adopción del acuerdo sobre el asunto Nº 2: EXPOSICIÓN Y APROBACIÓN SI Jefe/a de Agencia A2 Ingeniero Técnico Agrícola PROCEDE DE INFORME PROPUESTA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2025, con el siguiente tenor literal: “Una vez analizada la propuesta emitida por el Servicio de Recursos Humanos sobre las plazas susceptibles de incorporarse a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 con cargo a la tasa de En cumplimiento del artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), se deberán ofertar 2 plazas (7% de 31 plazas) para ser cubiertas por personas con discapacidad de entre las 31 plazas objeto de la OEP por tasa de reposición de efectivos, que son las siguientes: reposición de efectivos, aplicando las excepciones a la tasa de reposición de efectivos y por promoción interna, y tras el debate y las modificaciones propuestas, los/las miembros/as de la Mesa General de Negociación, procedieron a aprobar, por UNANIMIDAD, los siguientes acuerdos: PLAZA GRUPO TITULACIÓN Nº PLAZAS Técnico de Administración A1 General Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Auxiliar de Administración C2 Graduado Escolar/FP1/ESO General Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27756 SEGUNDO. – Acordar, respecto a la aplicación de las excepciones del artículo 20.tres.4 CUARTO.- Consta en el expediente informe jurídico favorable, de fecha 2 de abril de 2025, emitido LPGE23, que se incluyan en la OEP del ejercicio 2025, las siguientes plazas: por la Técnico de Administración General del Servicio de Recursos Humanos, en relación a la presente propuesta del Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía. FUNDAMENTOS DE DERECHO - PLAZAS DE PERSONAL DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS QUE, ESTANDO DOTADAS PRESUPUESTARIAMENTE, SEAN NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS PREVISIONES LEGALES O REGLAMENTARIAS SOBRE LA PRESTACIÓN DE DICHOS SERVICIOS, SU CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA (art. 20.tres.4.h LPGE23): Nº PRIMERO.- De conformidad con los artículos 91 y 127.1.g) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS Reguladora de las Bases de Régimen Local y 69 y 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las necesidades de PERSONAL LABORAL recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento Operario V Certificado de Escolaridad similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de Certificado de Escolaridad. Permiso Operario-conductor V convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, fijando el plazo máximo conducción B para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento Escucha Incendios V Certificado de Escolaridad similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. Operario Medios Mecánicos V Certificado de Escolaridad SEGUNDO.- La OEP es el medio que la ley pone a disposición de la Administración Pública para TERCERO. – Acordar incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas por la comunicación externa de las plazas fijas o estructurales que precisa cubrir anualmente para el promoción interna (art. 20.tres.4.b) LPGE23): cumplimiento de las actividades que tiene encomendadas; pero el número de plazas que puedan incluirse en la Oferta de empleo público (OEP) está limitado por la tasa de reposición de efectivos que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS TERCERO.- Resulta de aplicación la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos PERSONAL FUNCIONARIO Generales del Estado para el año 2023 (LPGE23), actualmente prorrogada, concretamente su artículo 20, que regula la Oferta de Empleo Público, contratos, nombramientos temporales del personal del sector Técnico de Administración General público, estableciendo en su apartado Uno. Oferta de Empleo Público: A1 Ldo/Gr Dcho/ CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas “1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a A2 Diplomatura/Grado Técnico de Gestión de Administración General excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno. e) del artículo anterior, se llevará a cabo a Auxiliar de Administración General través de la Oferta de Empelo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco C2 Graduado Escolar, FP1, ESO plurianual (…). Conductor de Graduado Escolar, FP1, ESO. Permiso IV Vehículos especiales conducción C 3. La configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de Capataz IV Graduado Escolar, FP1, ESO reposición de efectivos, instrumento en el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo”. En todo caso, la Oferta de Empleo Público deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo correspondiente a los gastos de personal del presupuesto de gastos. Por lo expuesto, y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente CERTIFICACIÓN, por orden del Sr. Presidente de la Mesa, haciendo constar expresamente que se emite con anterioridad a la aprobación del correspondiente acta y a reserva de los términos que de ella resulte.” Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27757 CUARTO.- Consta en el expediente informe jurídico favorable, de fecha 2 de abril de 2025, emitido por la Técnico de Administración General del Servicio de Recursos Humanos, en relación a la presente propuesta del Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con los artículos 91 y 127.1.g) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 69 y 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. SEGUNDO.- La OEP es el medio que la ley pone a disposición de la Administración Pública para la comunicación externa de las plazas fijas o estructurales que precisa cubrir anualmente para el cumplimiento de las actividades que tiene encomendadas; pero el número de plazas que puedan incluirse en la Oferta de empleo público (OEP) está limitado por la tasa de reposición de efectivos que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. TERCERO.- Resulta de aplicación la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LPGE23), actualmente prorrogada, concretamente su artículo 20, que regula la Oferta de Empleo Público, contratos, nombramientos temporales del personal del sector público, estableciendo en su apartado Uno. Oferta de Empleo Público: “1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno. e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empelo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual (…). 3. La configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento en el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo”. En todo caso, la Oferta de Empleo Público deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo correspondiente a los gastos de personal del presupuesto de gastos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27758 CUARTO.- Partiendo de lo anteriormente expuesto, debemos remitirnos a lo dispuesto en el g) En los servicios públicos que pasen a ser prestados mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas destinaban a la prestación de ese servicio concreto informe de “TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, CALCULADA EN BASE A LAS BAJAS DE EMPLEADOS FIJOS DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA, A FECHA 31 DE DICIEMBRE DE h) Las plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, 2024, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023, ACTUALMENTE PRORROGADA” de fecha 20 de enero legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura. de 2025, emitido por la Técnico de Administración General de Recursos Humanos, según el cual: i) Las plazas dotadas presupuestariamente de personal de los cuerpos de policía “En virtud de lo anteriormente expuesto se INFORMA que, durante el ejercicio presupuestario autonómica, dentro del límite aprobado por la Junta de Seguridad correspondiente. 2024 no ha habido incorporaciones de personal fijo y se han originado un total de VEINTISEIS (26) BAJAS, tanto de personal funcionario como de personal laboral, ocasionadas por 19 jubilaciones, 3 incapacidades permanentes totales de carácter no revisable, 3 excedencias SEXTO.- El artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado voluntarias y 1 fallecimiento, dejando de prestar servicios en cada uno de los respectivos Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP) establece que: sectores, ámbitos, cuerpos o categorías de esta Corporación. “En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las Por lo tanto, la cifra resultante del cálculo de la tasa de reposición de efectivos del presente vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las ejercicio presupuestario asciende a TREINTA Y UNO (31), con una tasa de reposición de definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de 120%. A partir de dicho límite, no se podrá proceder a la contratación de personal temporal, ni las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto al nombramiento de funcionarios interinos, salvo aquellas excepciones previstas en el apartado Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y Tres. 4 del artículo 20 LPGE23.” acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. QUINTO.- Como únicas excepciones a la aplicación de la tasa de reposición, la LPGE prevé que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por (apartado Tres.4 del artículo 20): ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten a) Las plazas que se cubran como consecuencia de la incorporación de personal en cualquier otro tipo de discapacidad”. ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores. SÉPTIMO.- En la tramitación del presente expediente se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, siendo competente para resolver el Consejo de Gobierno Insular, de conformidad con lo previsto en el 41.1 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Organización y b) Las plazas que se convoquen por promoción interna, ni los ceses derivados de dichos procesos, salvo los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (ROGOF), y preceptos concordantes del la c) Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. judicial. En virtud de lo expuesto el/la que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: d) Las plazas destinadas a la cobertura de las plantillas máximas autorizadas para militares de Tropa y Marinería, de acuerdo con la disposición adicional décima séptima de esta ley. e) Las convocatorias de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a militares […]. f) Las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27759 g) En los servicios públicos que pasen a ser prestados mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas destinaban a la prestación de ese servicio concreto h) Las plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura. i) Las plazas dotadas presupuestariamente de personal de los cuerpos de policía autonómica, dentro del límite aprobado por la Junta de Seguridad correspondiente. SEXTO.- El artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP) establece que: “En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad”. SÉPTIMO.- En la tramitación del presente expediente se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, siendo competente para resolver el Consejo de Gobierno Insular, de conformidad con lo previsto en el 41.1 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Organización y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (ROGOF), y preceptos concordantes del la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. En virtud de lo expuesto el/la que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27760 PRIMERO.- Aprobar incluir en la OEP del ejercicio 2025, con cargo a la tasa de SEGUNDO.- Aprobar, en aplicación de las excepciones del artículo 20.tres.4 LPGE23, reposición de efectivos, las siguientes plazas: incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas: Plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura (art. 20.tres.4.h LPGE23): PERSONAL LABORAL Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Sanitario Auxiliares en de Técnico/a Cuidados Enfermería (T.C.A.E.) PERSONAL LABORAL Auxiliar de Lavandería IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Operario/a V Certificado de Escolaridad Camarero/a Limpiador/a V Certificado de Escolaridad Certificado de Escolaridad. Permiso Operario/a-conductor/a V Oficial/a 1ª Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO conducción B Conductor/a Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO. Permiso conducción C Escucha Incendios V Certificado de Escolaridad Operario/a Medios Mecánicos V Certificado de Escolaridad Ayudante/a de Servicios V Certificado de Escolaridad Farmacéutico/a I Ldo/Grad Farm/Tit Farm Hosp TERCERO.- Aprobar incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas por promoción interna (art. 20.Tres.4.b) LPGE23): PERSONAL FUNCIONARIO Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS C2 Grad. Esc/FP1Aux.Enf. PERSONAL FUNCIONARIO Técnico Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Administración General Técnico/a de Administración General C2 Graduado Escolar/FP1/ESO A1 Ldo/Gr Dcho/ CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Técnico/a de Gestión de Administración A2 Diplomatura/Grado Técnico/a de Administración General General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas C2 Graduado Escolar, FP 1, ESO Auxiliar de Administración General Arquitecto/a Técnico A2 Ing./Gr Arquitectura Técnica Conductor/a de Vehículos especiales GraduadoEscolar,FP1,ESO.Permiso Gestor/a Cultural A2 Diplomado/a IV conducción C Jefe/a de Agencia A2 Ingeniero Técnico Agrícola Capataz/a IV Graduado Escolar,FP1,ESO CUARTO.- Publicar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 en el Boletín Oficial de la En cumplimiento del artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), se deberán ofertar 2 plaza (7% de 31 plazas) para ser cubierta por personas con discapacidad de entre las 31 plazas objeto de la OEP por tasa de reposición de efectivos, que es la siguiente: Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del PLAZA GRUPO TITULACIÓN Nº PLAZAS Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, Técnico/a de Administración General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo Auxiliar de Administración General C2 Graduado Escolar/FP1/ESO de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27761 SEGUNDO.- Aprobar, en aplicación de las excepciones del artículo 20.tres.4 LPGE23, incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas: Plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura (art. 20.tres.4.h LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL LABORAL Operario/a V Certificado de Escolaridad Certificado de Escolaridad. Permiso Operario/a-conductor/a V conducción B Escucha Incendios V Certificado de Escolaridad Operario/a Medios Mecánicos V Certificado de Escolaridad TERCERO.- Aprobar incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas por promoción interna (art. 20.Tres.4.b) LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL FUNCIONARIO Técnico/a de Administración General A1 Ldo/Gr Dcho/ CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas A2 Diplomatura/Grado Técnico/a de Gestión de Administración General C2 Graduado Escolar, FP 1, ESO Auxiliar de Administración General Conductor/a de Vehículos especiales GraduadoEscolar,FP1,ESO.Permiso IV conducción C Capataz/a IV Graduado Escolar,FP1,ESO CUARTO.- Publicar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025 27762 No obstante, lo anteriormente expuesto se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno.” SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo de rectificación íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. TERCERO.- Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. No obstante lo anteriormente expuesto, se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno. En Santa Cruz de La Palma, a diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco. EL MIEMBRO CORPORATIVO TITULAR DEL ÁREA DE HACIENDA Y RECURSOS HUMANOS, RESIDUOS, INDUSTRIA Y ENERGÍA, Fernando González Negrín, documento firmado electrónicamente. En Santa Cruz de La Palma, Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Residuos, Industria y Energía Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 141, Viernes 21 de noviembre de 2025