Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 CABILDO INSULAR DE LA PALMA Servicio de Recursos Humanos ANUNCIO 90921 Expediente nº 28/2025/RH-CONV. PROVINCIA: Santa Cruz de Tenerife CORPORACIÓN: Excmo. Cabildo Insular de La Palma El Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 4 de abril de 2025, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo relativo a la aprobación de las APROBACIÓN DE LA OFERTADE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2025, CON CARGO A LA TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, APLICANDO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES. 4 LPGE23, ACTUALMENTE PRORROGADA, cuyo texto es del siguiente tenor literal: “URGENCIA Nº 2. Ref.: 104/2025/ACU.- APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2025, CON CARGO A LA TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, APLICANDO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES.4 LPGE23, ACTUALMENTE PRORROGADA. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 2 de abril de 2025, que es del siguiente tenor: ASUNTO: APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2025, CON CARGO A LA TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, APLICANDO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ART. 20. TRES. 4 LPGE23, ACTUALMENTE PRORROGADA. El Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, en virtud del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con la Disposición Adiciona l Decimocuarta de la mencionada Ley; el artículo 57 de la Ley 8/2015 de Cabildos Insulares; el artículo 17 en relación con el artículo 21 del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Cabildo Insular, aprobado en sesión plenaria de fecha 30 de enero de de 2018; en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 julio de 2023, de designación de miembros corporativos concordancia con el apartado cuarto del Decreto de Presidencia nº 2023/6517 de 5 de titulares de áreas(BOPnúm.84,de12de julio de 2023),modificado parcialmente por Decreto de Presidencia nº 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 (B.O.P. nº 24 de 23 de febrero de 2024), y por Decreto de Presidencia nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 (B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024), elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 27 de marzo de 2025, el Miembro Corporativo Titular del área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, dicta diligencia de ordenación, solicitando la emisión del correspondiente Informe – Propuesta sobre la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025, en aplicación de las previsiones de la legislación presupuestaria sobre la tasa de reposición de efectivos, al objeto de elevarlo a la Mesa General de Negociación para adoptar el acuerdo que, en su caso, proceda. SEGUNDO.- La propuesta de OEP, de conformidad con el artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), ha sido objeto de negociación colectiva, habiéndose alcanzado un acuerdo, por unanimidad, para la aprobación de la OEP del ejercicio 2025, en sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada con fecha 2 de abril de 2025. TERCERO.- La Técnico de Administración General, actuando como Secretaria Acctal. de la sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada el 2 de abril de 2025, emitió certificado de la adopción del acuerdo sobre el asunto Nº 2: EXPOSICIÓN Y APROBACIÓN SI PROCEDE DE INFORME PROPUESTA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2025, con el siguiente tenor literal: “Una vez analizada la propuesta emitida por el Servicio de Recursos Humanos sobre las plazas susceptibles de incorporarse a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 con cargo a la tasa de reposición de efectivos, aplicando las excepciones a la tasa de reposición de efectivos y por promoción interna, y tras el debate y las modificaciones propuestas, los/las miembros/as de la Mesa General de Negociación, procedieron a aprobar, por UNANIMIDAD, los siguientes acuerdos: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 PRIMERO. – Acordar que la OEP del ejercicio 2025, con cargo a la tasa de reposición de efectivos, que asciende a 31 plazas, incorpore las siguientes: Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL LABORAL Sanitario IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Lavandería IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Camarero/a Limpiador/a V Certificado de Escolaridad Oficial/a 1ª Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO Conductor/a Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO. Permiso conducción C Ayudante/a de Servicios V Certificado de Escolaridad Farmacéutico/a I Ldo/Grad Farm/Tit Farm Hosp PERSONAL FUNCIONARIO C2 Grad. Esc/FP1Aux.Enf. C2 Graduado Escolar/FP1/ESO Técnico Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Administración General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Técnico de Administración General Arquitecto/a Técnico A2 Ing./Gr Arquitectura Técnica Gestor/a Cultural A2 Diplomado/a Jefe/a de Enfermería A2 Diplomado/Grado Enfermería Jefe/a de Agencia A2 Ingeniero Técnico Agrícola En cumplimiento del artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), se deberán ofertar 2 plazas (7% de 31 plazas) para ser cubiertas por personas Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 con discapacidad de entre las 31 plazas objeto de la OEP por tasa de reposición de efectivos, que son las siguientes: PLAZA GRUPO TITULACIÓN Nº PLAZAS Técnico de Administración A1 General Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Auxiliar de Administración C2 Graduado Escolar/FP1/ESO General SEGUNDO. – Acordar, respecto a la aplicación de las excepciones del artículo 20.tres.4 LPGE23, que se incluyan en la OEP del ejercicio 2025, las siguientes plazas: DE INCENDIOS QUE, ESTANDO SEAN NECESARIAS PARA - PLAZAS DE PERSONAL DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y DOTADAS EXTINCIÓN PRESUPUESTARIAMENTE, DAR CUMPLIMIENTO A LAS PREVISIONES LEGALES O REGLAMENTARIAS SOBRE LA PRESTACIÓN DE DICHOS SERVICIOS, SU CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA (art. 20.tres.4.h LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL LABORAL Operario V Certificado de Escolaridad Certificado de Escolaridad. Permiso Operario-conductor V conducción B Escucha Incendios V Certificado de Escolaridad Operario Medios Mecánicos V Certificado de Escolaridad TERCERO. – Acordar incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas por promoción interna (art. 20.tres.4.b) LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL FUNCIONARIO Técnico de Administración General A1 Ldo/Gr Dcho/ CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas A2 Diplomatura/Grado Técnico de Gestión de Administración General Auxiliar de Administración General C2 Graduado Escolar, FP1, ESO Conductor de IV Graduado Escolar, FP1, ESO. Permiso Vehículos especiales Capataz IV conducción C Graduado Escolar, FP1, ESO Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 Por lo expuesto, y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente CERTIFICACIÓN, por orden del Sr. Presidente de la Mesa, haciendo constar expresamente que se emite con anterioridad a la aprobación del correspondiente acta y a reserva de los términos que de ella resulte.” CUARTO.- Consta en el expediente informe jurídico favorable, de fecha 2 de abril de 2025, emitido por la Técnico de Administración General del Servicio de Recursos Humanos, en relación a la presente propuesta del Miembro Corporativo Titular del Área de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con los artículos 91 y 127.1.g) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 69 y 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. SEGUNDO.- La OEP es el medio que la ley pone a disposición de la Administración Pública para la comunicación externa de las plazas fijas o estructurales que precisa cubrir anualmente para el cumplimiento de las actividades que tiene encomendadas; pero el número de plazas que puedan incluirse en la Oferta de empleo público (OEP) está limitado por la tasa de reposición de efectivos que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. TERCERO.- Resulta de aplicación la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LPGE23), actualmente prorrogada, concretamente su artículo 20, que regula la Oferta de Empleo Público, contratos, nombramientos temporales del personal del sector público, estableciendo en su apartado Uno. Oferta de Empleo Público: “1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno. e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empelo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual (…). 3. La configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento en el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo”. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 En todo caso, la Oferta de Empleo Público deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo correspondiente a los gastos de personal del presupuesto de gastos. CUARTO.- Partiendo de lo anteriormente expuesto, debemos remitirnos a lo dispuesto en el informe de “TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, CALCULADA EN BASE A LAS BAJAS DE EMPLEADOS FIJOS DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA, A FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2024, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023, ACTUALMENTE PRORROGADA” de fecha 20 de enero de 2025, emitido por la Técnico de Administración General de Recursos Humanos, según el cual: “En virtud de lo anteriormente expuesto se INFORMA que, durante el ejercicio presupuestario 2024 no ha habido incorporaciones de personal fijo y se han originado un total de VEINTISEIS (26) BAJAS, tanto de personal funcionario como de personal laboral, ocasionadas por 19 jubilaciones, 3 incapacidades permanentes totales de carácter no revisable, 3 excedencias voluntarias y 1 fallecimiento, dejando de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías de esta Corporación. Por lo tanto, la cifra resultante del cálculo de la tasa de reposición de efectivos del presente ejercicio presupuestario asciende a TREINTA Y UNO (31), con una tasa de reposición de 120%. A partir de dicho límite, no se podrá proceder a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de funcionarios interinos, salvo aquellas excepciones previstas en el apartado Tres. 4 del artículo 20 LPGE23.” QUINTO.- Como únicas excepciones a la aplicación de la tasa de reposición, la LPGE prevé que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos (apartado Tres.4 del artículo 20): a) Las plazas que se cubran como consecuencia de la incorporación de personal en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores. b) Las plazas que se convoquen por promoción interna, ni los ceses derivados de dichos procesos, salvo los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. c) Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial. d) Las plazas destinadas a la cobertura de las plantillas máximas autorizadas para militares de Tropa y Marinería, de acuerdo con la disposición adicional décima séptima de esta ley. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 e) Las convocatorias de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a militares […]. f) Las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local. g) En los servicios públicos que pasen a ser prestados mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas destinaban a la prestación de ese servicio concreto h) Las plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura. i) Las plazas dotadas presupuestariamente de personal de los cuerpos de policía autonómica, dentro del límite aprobado por la Junta de Seguridad correspondiente. SEXTO.- El artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP) establece que: “En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad”. SÉPTIMO.- En la tramitación del presente expediente se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, siendo competente para resolver el Consejo de Gobierno Insular, de conformidad con lo previsto en el 41.1 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Organización y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (ROGOF), y preceptos concordantes del la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. En virtud de lo expuesto el/la que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 PRIMERO.- Aprobar incluir en la OEP del ejercicio 2025, con cargo a la tasa de reposición de efectivos, las siguientes plazas: Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL LABORAL IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Técnico/a Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Lavandería IV Grad. Esc/FP1Aux.Enf. Camarero/a Limpiador/a V Certificado de Escolaridad Oficial/a 1ª Matarife IV Graduado Escolar/FP1/ESO Conductor/a Matarife IV Ayudante/a de Servicios V Graduado Escolar/FP1/ESO. Permiso conducción C Certificado de Escolaridad Farmacéutico/a I Ldo/Grad Farm/Tit Farm Hosp PERSONAL FUNCIONARIO C2 Grad. Esc/FP1Aux.Enf. C2 Graduado Escolar/FP1/ESO Técnico Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) Auxiliar de Administración General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Técnico/a de Administración General Arquitecto/a Técnico A2 Ing./Gr Arquitectura Técnica Gestor/a Cultural A2 Diplomado/a Jefe/a de Enfermería A2 Diplomado/Grado Enfermería Jefe/a de Agencia A2 Ingeniero Técnico Agrícola En cumplimiento del artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), se deberán ofertar 2 plaza (7% de 31 plazas) para ser cubierta por Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 personas con discapacidad de entre las 31 plazas objeto de la OEP por tasa de reposición de efectivos, que es la siguiente: PLAZA GRUPO TITULACIÓN Nº PLAZAS Técnico/a de Administración General A1 Ldo./GrDcho/CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas Auxiliar de Administración General C2 Graduado Escolar/FP1/ESO SEGUNDO.- Aprobar, en aplicación de las excepciones del artículo 20.tres.4 LPGE23, incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas: Plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura (art. 20.tres.4.h LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL LABORAL Operario/a V Certificado de Escolaridad Certificado de Escolaridad. Permiso Operario/a-conductor/a V conducción B Escucha Incendios V Certificado de Escolaridad V Certificado de Escolaridad Operario/a Medios Mecánicos TERCERO.- Aprobar incluir en la OEP del ejercicio 2025 las siguientes plazas por promoción interna (art. 20.Tres.4.b) LPGE23): Nº PLAZA GRUPO TITULACIÓN PLAZAS PERSONAL FUNCIONARIO Técnico/a de Administración General A1 Ldo/Gr Dcho/ CC.Econ y Empr, Economía, ADE/ CC. Políticas A2 Diplomatura/Grado Técnico/a de Gestión de Administración General C2 Graduado Escolar, FP 1, ESO Auxiliar de Administración General Conductor/a de Vehículos especiales GraduadoEscolar,FP1,ESO.Permiso IV conducción C Capataz/a IV Graduado Escolar,FP1,ESO Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 43, Miércoles 9 de abril de 2025 CUARTO.- Publicar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2025 en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. No obstante, lo anteriormente expuesto se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno.” En Santa Cruz de La Palma, a cuatro de abril de dos mil veinticinco. EL MIEMBRO CORPORATIVO TITULAR DEL ÁREA DE HACIENDA Y RECURSOS HUMANOS, FORMACIÓN Y EMPLEO, RESIDUOS, INDUSTRIA Y ENERGÍA, Fernando González Negrín.