16350 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 137, lunes 15 de noviembre de 2021 - Cesión a terceras personas: Los datos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Cabildo Insular, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal. - Derechos: Derecho de acceso a los datos por los interesados, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los mismos, a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de El Hierro. DECIMOSEXTA. Compatibilidad 1. La subvención concedida será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier de las Administraciones, entes u organismos del sector público, entidades privadas o de la Unión Europea. 2. El importe de las subvenciones complementarias percibidas no podrán superar el coste total de la actividad subvencionada, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 de la LGS. Asimismo, se deberá comunicar de forma inmediata al Cabildo la concesión de cualquier otra subvención para la misma actividad. 3. Cuando se produzca exceso de la subvención otorgada por el Cabildo y por otras Entidades públicas respecto del coste de la actividad objeto de la presente convocatoria, el beneficiario deberá reintegrar tal exceso junto con los intereses de demora. Sin perjuicio de lo anterior, cuando el Cabildo advierta este exceso de financiación, exigirá el reintegro por el importe, hasta el límite de la subvención otorgada. DECIMOSÉPTIMA. RÉGIMEN APLICABLE A LA PRESCRIPCIÓN El derecho de la Administración a reconocer y liquidar el reintegro prescribirá a los cuatros años, en las condiciones previstas en el artículo 39 LGS. DECIMAOCTAVA. RÉGIMEN APLICABLE A LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Las subvenciones objeto de las presentes bases se someterán al régimen de infracciones y sanciones establecido en LGS. La prescripción de infracciones y sanciones quedará sujeta a un plazo de cuatro años en las condiciones previstas en el artículo 65 de la Ley General de Subvenciones. El procedimiento sancionador se regirá por lo dispuesto en la Normativa Reguladora del Procedimiento Administrativo Común. Valverde de El Hierro, a cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. Firmado: Alpidio Valentín Armas González. CABILDO DE LA PALMA Patrimonio ANUNCIO 5928 175929 Por medio del presente anuncio se hace público, que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en Sesión Ordinaria celebrada el día 5 de noviembre de 2021, acuerda, la CESIÓN DE USO COMPARTIDO DE ESPACIOS DEL BIEN INMUEBLE DENOMINADO “EDIFICIO FRANCISCO ABREU” ubicado en la calle Francisco Abreu número 6 de Santa Cruz de La Palma a las asociaciones Integrantes de la COMISIÓN PROMOTORA DEL CONSEJO INSULAR DE LA JUVENTUD: Asociación Cultural La Farola Films (Sección Juvenil Secuencia 27), Libertad Estudiantil Canarias, Asociación Juvenil Gayfa, Asociación Mojo de Caña (Grupo juvenil La Colmena), Asociación Cultural Anti-karma, Juventudes Socialistas de La Palma, Asociación Juvenil Wombo Combo y Nuevas y Generaciones de La Palma, así como a la REAL SOCIEDAD ECONÓMICA AMIGOS DEL PAÍS, para el desarrollo de sus actividades propias. Lo que se somete a información pública durante el plazo de VEINTE (20) DÍAS, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1 g) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la Agilización y Modernización de la Gestión del Patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. En Santa Cruz de La Palma, a diez de noviembre de dos mil veintiuno. EL PRESIDENTE, Mariano Hernández.