1817 BaetínClicial delaRo iia do SitaGzd irá 100, rriércoles 2 de juiode 2005 12. Página web donde pueden obtenerse los plie- c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación gos. www. museosdetenerife.org. financiada tenga por objeto el fomento de una acti- vidad de utilidad pública o interés social o de pro- Santa Cruz de Tenerife, a 15 de junio de 2005. moción de una finalidad pública. La Presidenta, Fidencia Iglesias González. No están comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Sub- venciones y por tanto de esta Ordenanza, las aporta- CABILDO INSULAR DE LA PALMA ciones dinerarias del Cabildo Insular a otras Admi- nistraciones Públicas, así como las aportaciones a los Secretaría General organismos y otros entes públicos dependientes de ésta, destinadas a financiar globalmente la actividad ANUNCIO de cada ente en el ámbito propio de sus competen- 8095 5082 cias, resultando de aplicación lo dispuesto de mane- El Excmo. Cabildo Insular de La Palma en sesión ra específica en su normativa reguladora. plenaria ordinaria celebrada el día 18 de febrero de 2005, aprobó por unanimidad, y con carácter inicial, Tampoco estarán comprendidas en el ámbito de la Ordenanza General de Subvenciones de este Excmo. aplicación de la Ley 38/2003, General de Subven- Cabildo Insular, publicándose en el B.O.P. n* 37, del ciones y por tanto de esta Ordenanza las aportacio- día 11 de marzo de 2005, el correspondiente anun- nes dinerarias que en concepto de cuotas, tanto or- cio de información pública del citado expediente. dinarias como extraordinarias, realice el Cabildo Insular de La Palma a favor de las asociaciones a que Transcurrido el citado plazo, no se han formulado se refiere la disposición adicional quinta de la Ley reclamaciones ni sugerencias, por lo cual la Orde- 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Ré- nanza General de Subvenciones del Excmo. Cabil- gimen Local. do Insular de La Palma, ha resultado aprobada defi- nitivamente, siendo su texto íntegro el que sigue: Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente ordenanza los premios que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario. “ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIO- NES DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA Artículo 3.- Ámbito de aplicación subjetivo.- Las PALMA. subvenciones otorgadas por el Cabildo Insular de La Palma se ajustarán al contenido de la Ley 38/2003, Título preliminar. Disposiciones generales. General de Subvenciones, a la presente Ordenanza y las restantes normas aplicables de derecho adminis- Capítulo 1. Ámbito de aplicación de la ordenanza trativo. general de subvenciones del Cabildo Insular de La Palma. Capítulo IL. Disposiciones comunes. Artículo 1.- Objeto.- Consiste el objeto de esta Or- Artículo 4.- Principios generales.- El Cabildo In- denanza General el establecer el régimen jurídico sular de La Palma deberá concretar al final de cada aplicable a las Subvenciones otorgadas por el Cabil- ejercicio presupuestario un plan estratégico de sub- do Insular de La Palma, en el marco definido en la venciones con los objetivos y efectos que se preten- Ley General de Subvenciones aprobada por la Ley dan con su aplicación, el plazo necesario para su con- 38/2003, de 17 de noviembre. secución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumpli- Artículo 2.- Concepto de subvención.- Se entien- miento de los objetivos de estabilidad presupuesta- de por Subvención, toda disposición dineraria reali- ria. zada por el Cabildo Insular de La Palma a favor de las personas públicas o privadas, y que cumpla los El control y evaluación de los resultados derivados siguientes requisitos. de la aplicación de los Planes Estratégicos será rea- lizado por la Intervención General del Cabildo Insu- a) Que la entrega se realice sin contraprestación di- lar de La Palma. recta de los beneficiarios. No podrán ser aprobadas líneas de subvenciones b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de no previstas en el Plan estratégico de Subvenciones un determinado objetivo, la ejecución de un proyec- acordado por el Cabildo Insular de La Palma para ca- to, la realización de una actividad, la adopción de un da ejercicio, salvo que se justifique debidamente en comportamiento singular, ya realizados o por desa- el procedimiento, la necesidad ineludible de hacer rrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo frente a una actividad de fomento de utilidad públi- el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y ca o de interés social. A tal efecto el órgano com- formales que se hubieran establecido. petente para aprobar el Pían estratégico deberá pro- 1818 BadetínCfidd dslaRovirciadoSataGuzd item 100 riécdes2dejuiods 206 nunciarse expresamente sobre la procedencia de la Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular de La modificación del mismo. Palma. La gestión de las subvenciones a que se refiere es- Artículo 7.- Beneficiarios. ta Ordenanza se realizará de acuerdo con los siguientes 1.- Tendrá la consideración de beneficiario de sub- principios: venciones la persona que haya de realizar la activi- a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objeti- dad que fundamentó su otorgamiento o que se en- vidad, igualdad y no discriminación. cuentre en la situación que legitima su concesión. b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fi- 2.- Cuando el beneficiario sea una persona jurídi- jados por la Administración otorgante. ca, y siempre que así se prevea en las bases regula- doras, los miembros asociados del beneficiario que c) Eficiencia en la asignación y utilización de los se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las recursos públicos. actividades que fundamentan la concesión de la sub- vención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. Artículo 5.- Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.- Con carácter previo al otorgamiento 3.- Cuando se prevea expresamente en las bases re- de las subvenciones, deberán aprobarse las bases re- guladoras, podrán acceder a la condición de benefi- ciario las agrupaciones de personas físicas o jurídi- guladoras de concesión en los términos establecidos en esta Ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de no- cas, públicas o privadas, las comunidades de bienes viembre General de Subvenciones y en el procedi- o cualquier otro tipo de unidad económica o patri- miento racionalizado de subvenciones aprobado por monio separado que, aun careciendo de personalidad la Comisión de Gobierno del Cabildo Insular de La jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, activi- Palma teniéndose en cuenta lo establecido asimismo dades o comportamientos o se encuentren en la si- en el acuerdo plenario de fiscalización limitada pre- tuación que motiva la concesión de la subvención. via de los expedientes de subvención y fiscalización plena posterior por muestreo. Cuando se trate de agrupaciones de personas físi- cas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, El otorgamiento de subvenciones por el Cabildo deberán hacerse constar expresamente, tanto en la Insular de La Palma deberá cumplir los siguientes re- solicitud como en la resolución de concesión, los quisitos: compromisos de ejecución asumidos por cada miem- bro de la agrupación, así como el importe de sub- a) La competencia del órgano administrativo con- vención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán cedente. igualmente la consideración de beneficiarios. En cual- quier caso, deberá nombrarse un representante o apo- b) La existencia de crédito adecuado y suficiente derado único de la agrupación, con poderes bastan- para atender las obligaciones de contenido econó- tes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, mico que se derivan de la concesión de la subven- corresponden a la agrupación. ción. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya e) La tramitación del procedimiento de concesión transcurrido el plazo de prescripción previsto en los de acuerdo con la Ordenanza General de Subven- artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de no- ciones y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge- viembre, General de Subvenciones. neral de Subvenciones. En relación a los requisitos para obtener la condi- d) La fiscalización previa de los actos administra- ción de beneficiario y sus obligaciones habrá que es- tivos de contenido económico, en los términos pre- tar a lo regulado en la Ley 38/2003, de 17 de no- vistos en las leyes. viembre, General de Subvenciones. Artículo 8.- Entidades colaboradoras. e) La aprobación del gasto por el órgano competente para ello. 1.- Será entidad colaboradora aquella que, actuan- Las bases reguladoras de cada tipo de subvención do en nombre y por cuenta del órgano concedente a se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. todos los efectos relacionados con la subvención, en- tregue y distribuya los fondos públicos a los benefi- Artículo 6.- Órgano competente para la aprobación ciarios cuando así se establezca en las bases regula- de las bases específicas.- La competencia para la apro- doras, o colabore en la gestión de la subvención sin bación de las bases específicas reguladoras de la con- que se produzca la previa entrega y distribución de cesión de subvenciones corresponde al órgano com- los fondos recibidos. Estos fondos, en ningún caso, petente, en atención a lo regulado en las Bases de se considerarán integrantes de su patrimonio. H——_—_—— — cc o ———————_ BodíínCfica dela RoindadeSataGzd: Emir 100 rriáces 22de juriode 2005 11819 2.- Podrán ser consideradas entidades colabora- doras los organismos y demás entes públicos, las so- e) Requisitos que debe cumplir y hacer cumplir la entidad colaboradora en las diferentes fases del pro- ciedades mercantiles participadas íntegra o mayori- cedimiento de gestión de las subvenciones. tariamente por las Administraciones Públicas, organismos o entes de derecho público y las aso- f) En caso de colaboración en la distribución de los ciaciones a que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de fondos públicos, determinación del período de en- las Bases del Régimen Local, así como las demás trega de los fondos a la entidad colaboradora y de las condiciones de depósito de los fondos recibidos has- personas jurídicas públicas o privadas que reúnan las ta su entrega posterior a los beneficiarios. condiciones de solvencia y eficacia que se establez- can. g) En caso de colaboración en la distribución de los fondos públicos, condiciones de entrega a los be- 3.- El Cabildo Insular de La Palma podrá actuar neficiarios de las subvenciones concedidas porel ór- como entidad colaboradora de las subvenciones con- gano administrativo concedente. cedidas por la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes que tengan h) Forma de justificación por parte de los benefi- que ajustar su actividad al derecho público. ciarios del cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de las subvenciones y requisitos para En relación a los requisitos para obtener la condi- la verificación de la misma. ción de entidad colaboradora y sus obligaciones ha- brá que estar a lo regulado en la Ley 38/2003, de 17 1) Plazo y forma de la presentación de la justifica- de noviembre, General de Subvenciones. ción de las subvenciones aportada por los beneficia- rios y, en caso de colaboración en a distribución de Artículo 9.- Convenio de colaboración, los fondos públicos, de acreditación por parte de la entidad colaboradora de la entrega de los fondos a los beneficiarios. 1.- Se formalizará un convenido tipo de colabora- ción entre el Cabildo Insular de La Palma en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumi- j) Determinación de los libros y registros contables das por la entidad colaboradora. específicos que debe llevar la entidad colaboradora para facilitar la adecuada justificación de la subven- ción y la comprobación del cumplimiento de las con- 2.- El convenio de colaboración no podrá tener un diciones establecidas. plazo de vigencia superior a cuatro años, sí bien po- drá preverse en el mismo su modificación y su pró- k) Obligación de reintegro de los fondos en el su- rroga por mutuo acuerdo de las partes antes de la fi- puesto de incumplimiento de los requisitos y obli- nalización de aquél, sin que la duración total de las gaciones establecidas para la concesión de la sub- prórrogas pueda ser superior a la vigencia del perío- do inicial y sin que en conjunto la duración total del vención y, en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de no- convenio de colaboración pueda exceder de seis años. viembre, General de Subvenciones. No obstante, cuando la subvención tenga por ob- 1) Obligación de la entidad colaboradora de some- jeto la subsidiación de préstamos, la vi gencia del con- venio podrá prolongarse hasta la total cancelación de terse a las actuaciones de comprobación y control previstas en el párrafo d) del apartado 1 del artículo los préstamos. 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3.- El convenio de colaboración deberá contener, m) Compensación económica que en su caso se fi- como mínimo, los siguientes extremos: je a favor de la entidad colaboradora. a) Definición del objeto de la colaboración y de la Cuando el Cabildo Insular de La Palma actúe co- entidad colaboradora, mo entidad colaboradora de la Administración Ge- neral del Estado o los organismos públicos vincula- b) Identificación de la normativa reguladora espe- dos o dependientes de la misma suscribirá con esta cial de las subvenciones que van a ser gestionadas por la entidad colaboradora. los correspondientes convenios en los que se deter- minen los requisitos para la distribución y entrega de los fondos, los criterios de justificación y de rendi- c) Plazo de duración del convenio de colaboración. ción de cuentas. d) Medidas de garantía, en su caso, que sea preci- so constituir a favor del órgano administrativo con- De igual forma, y en los mismos términos, se pro- cederá cuando la Administración General del Estado cancelación. cedente, medios de constitución y procedimiento de o los organismos públicos vinculados o dependientes de la misma actúen como entidades colaboradoras res- BB === IT Buen Chicid delaProindade SataGuzde Rnxife rim 100 miérodes 22 de juiode 2005 180 de la Unión Europea o de organismos internaciona- pecto de las subvenciones concedidas por el Cabildo es. Insular de La Palma. n) Criterios de graduación de los posibles incum- plimientos de condiciones impuestas con motivo de Artículo 10.- Bases reguladoras.- Las bases regu- la concesión de las subvenciones. Estos criterios re- ladoras de concesión de las subvenciones concreta- rán, como mínimo, los siguientes extremos: sultarán de aplicación para determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el beneficiario o, en su caso, el importe a reintegrar, y deberán responder a) Definición del objeto de la subvención. al principio de proporcionalidad. b) Requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención, y, en Su caso, los miembros de las entidades contempladas en el apar- Artículo 11.- Publicidad de las subvenciones con- cedidas.- Los órganos administrativos concedentes, tado 2 y segundo párrafo del apartado 3 del artículo publicarán en el Diario Oficial de la Provincia, y en 7 de la presente Ordenanza, y forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes. los términos que se fijen en el reglamento que desa- rrolle la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones concedidas con c) Condiciones de solvencia y eficacia que hayan expresión de la convocatoria, el programa y crédito de reunir las personas jurídicas a las que se refiere el ario al que se imputen, beneficiario, can- apartado 2 del artículo 8 de la presente Ordenanza. presupuest: tidad conce: dida y finalidad o finalidades de la sub- d) Procedimiento de concesión de la subvención. vención. No será necesaria la publicación en el Diario Ofi- e) Criterios de otorgamiento de la subvención y, en. cial de la Provincia la concesión de las subvenciones su caso, ponderación de los mismos. en los siguientes supuestos: f) Cuantía individualizada de la subvención o cri- a) Cuando las subvenciones públicas tengan asig- terios para su determinación. nación nominativa en los presupuestos del Cabildo g) Órganos competentes para la ordenación, ins- Insular de La Palma. trucción y resolución del procedimiento de conce- b) Cuando su otorgamiento y cuantía, a favor de sión de la subvención y el plazo en que será notifi- beneficiario concreto, resulten impuestos en virtud cada la resolución. de norma de rango legal. h) Determinación, en su caso, de los libros y re- e) Cuando los importes de las subvenciones con- gistros contables específicos para garantizar la ade- cedidas, individualmente consideradas, sean de cuan- cuada justificación de la subvención. tía inferior a 3.000 euros. En este supuesto, las bases i) Plazo y forma de justificación por parte del be- reguladoras deberán prever la utilización de otros neficiario o de la entidad colaboradora, en su caso, procedimientos que, de acuerdo con sus especiales características, cuantía y número, aseguren la publi- del cumplimiento de la finalidad para la que se con- cidad de los beneficiarios de las mismas, en todo ca- cedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. so, las subvenciones otorgadas deberán ser publica- das en los tablones de anuncios del Cabildo Insular de La Palma. j) Medidas de garantía que, en su caso, se consi- dere preciso constituir a favor del órgano conceden- te, medios de constitución y procedimiento de can- d) Cuando la publicación de los datos del benefi- celación. ciario en razón del objeto de la subvención pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la inti- midad personal y familiar de las personas físicas en k) Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abo- virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, nos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios. de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Ho- nor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de di- 1) Circunstancias que, como consecuencia de la al- ciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso- teración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la nal y haya sido previsto en las bases reguladoras. modificación de la resolución. Los beneficiarios deberán dar la adecuada publici- dad del carácter público de la financiación de pro- m) Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la gramas, actividades, inversiones o actuaciones de misma finalidad, procedentes de cualesquiera admi- cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los nistraciones o entes públicos o privados, nacionales, términos que reglamentariamente se establezcan. ——_— — _——_— — _— — — — _—_—_ _____> _ o oo.o.oo RO €Pta BdetínClidal dela Rodado SrtaGzd> Rraiferim 100 miérdes 22d juriode 2005 11321 Artículo 12.- Financiación de las actividades sub- 2. La referida base de datos contendrá, al menos, vencionadas. referencia a las bases reguladoras de la subvención, convocatorias, identificación de los beneficiarios con 1. Las bases reguladoras de la subvención podrán la subvención otorgada y efectivamente percibida, exigir un importe de financiación propia para cubrir resoluciones de reintegro y sanciones impuestas. la actividad subvencionada. La aportación de fondos Igualmente contendrá la identificación de las perso- propios al proyecto o acción subvencionada habrá de nas incursas en alguna de las prohibiciones contem- ser acreditada en los términos previstos en el artícu- pladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de lo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene- noviembre, General de Subvenciones. ral de Subvenciones. 3. La cesión de datos de carácter personal que, en 2. Las bases reguladoras de la subvención deter- virtud de los apartados precedentes, debe efectuarse minarán el régimen de compatibilidad o incompati- a la Intervención General de la Administración del bilidad para la percepción de otras subvenciones, ayu- Estado no requerirá el consentimiento del afectado. das, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o en- Artículo 14.- Régimen de garantías.- En relación tes públicos o privados, nacionales, de la Unión Eu- al régimen de las garantías, medios de constitución, ropea o de organismos internacionales, sin perjuicio depósito y cancelación que tengan que constituir los de lo dispuesto en el apartado siguiente. beneficiarios o las entidades colaboradoras se estará a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolle la Ley 3. El importe de las subvenciones en ningún caso 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven- podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en con- ciones. currencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos O recursos, supere el coste de la actividad subven- cionada. Título 1. Procedimiento de concesión y gestión de las subvenciones. 4. Toda alteración de las condiciones tenidas en Capitulo I. Del procedimiento de concesión. cuenta para la concesión de la subvención, y en to- do caso la obtención concurrente de otras aportacio- Artículo 15.- Procedimiento de concesión de sub- nes fuera de los casos permitidos en las bases regu- venciones.- El procedimiento ordinario de concesión ladoras, podrá dar lugar a la modificación de la de subvenciones en el Cabildo Insular de La Palma resolución de concesión, en los términos estableci- se tramitará en régimen de concurrencia competiti- dos en las bases reguladoras de la subvención. va. A efectos de esta Ordenanza, tendrá la conside- ración de concurrencia competitiva el procedimien- 5. Los rendimientos financieros que se generen por to mediante el cual la concesión de las subvenciones los fondos librados a los beneficiarios incrementa- se realiza mediante la comparación de las solicitu- rán el importe de la subvención concedida y se apli- des presentadas, a fin de establecer una prelación en- carán igualmente a la actividad subvencionada, sal- tre las mismas de acuerdo con los criterios de valo- vo que, por razones debidamente motivadas, se ración previamente fijados en las bases reguladoras disponga lo contrario en las bases reguladoras de la y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fija- subvención. do en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en Este apartado no será de aplicación en los supues- aplicación de los citados criterios. tos en que el beneficiario sea una Administración Pú- blica. Con carácter excepcional se podrán conceder sub- venciones de manera directa tal y como se establece en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Artículo 13.- Información sobre la gestión de sub- Subvenciones y en el artículo 19 de la presente Or- venciones. denanza. 1. La Intervención General deberá facilitar a la In- Capítulo II. Del procedimiento de concesión en ré- tervención General de la Administración del Estado, gimen de concurrencia competitiva. a efectos meramente estadísticos e informativos y en aplicación del artículo 4.1.c) de la Ley 30/1992, in- Artículo 16.- Procedimiento de concesión en régi- formación sobre las subvenciones gestionadas por el men de concurrencia competitiva. Cabildo Insular de La Palma, en los términos pre- vistos reglamentariamente, al objeto de formar una 1.- El procedimiento para la concesión de subven- base de datos nacional, para dar cumplimiento a la ciones se inicia siempre de oficio y se realizará me- exigencia de la Unión Europea, mejorar la eficacia, diante convocatoria aprobada por el órgano com- controlar la acumulación y concurrencia de subven- petente en función de la naturaleza y cuantía del gasto, ciones y facilitar la planificación, seguimiento y ac- tuaciones de control. establecido en les Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular de La Palma. A a a __—_0 4 0 2 2 012 KK 2 A 182 BúeínOfid elaRoiniade SafaGuzd: if nim 100 nriáodes22dejuriode 2005 2. La iniciación de oficio se realizará siempre me- En este caso, con anterioridad a la propuesta de re- diante convocatoria aprobada por el órgano com- solución de concesión de la subvención se deberá re- petente del Cabildo Insular de La Palma a tenor de querir la presentación de la documentación que acre- lo establecido en la presente Ordenanza así como en dite la realidad de los datos contenidos en la citada los establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviem- declaración, en un plazo no superior a 15 días. bre, General de Subvenciones, de acuerdo con los 3. Si la solicitud no reúne los requisitos estableci- principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- dos en la convocatoria, el órgano competente reque- cas y del Procedimiento Administrativo Común, y rirá al interesado para que la subsane en el plazo má- tendrá necesariamente el siguiente contenido: ximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solici- a) Indicación de la disposición que establezca, en tud, previa resolución que deberá ser dictada en los su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, que está publicada, salvo que en atención a su es- de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad- ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi- toria. pecificidad éstas se incluyan en la propia convoca- nistrativo Común. b) Créditos presupuestarios a los que se impute la Se podrá aprobar la convocatoria con carácter an- subvención y cuantía total máxima de las subven- ticipado, en el ejercicio anterior al de su otorgamiento, ciones convocadas dentro de los créditos disponibles condicionando la misma a la existencia de crédito o, en su defecto, cuantía estimada de las subvencio- adecuado y suficiente, con objeto de anticipar la tra- nes. mitación y permitir el pago de la subvención en una fecha razonable. c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención. A tal efecto deberá producirse alguna de estas cir- d) Expresión de que la concesión se efectúa me- cunstancias: diante un régimen de concurrencia competitiva. a) Que exista normalmente crédito adecuado y su- e) Requisitos para solicitar la subvención y forma ficiente para la cobertura presupuestaria del gasto de de acreditarlos. que se trate en los presupuestos del Cabildo Insular de La Palma, o f) Indicación de los órganos competentes para la b) Que se prevea la existencia de crédito adecua- instrucción y resolución del procedimiento. do y suficiente en el presupuesto del Cabildo Insu- £) Plazo de presentación de solicitudes. lar de La Palma del ejercicio siguiente. Atal efecto será preceptivo incorporar al expediente h) Plazo de resolución y notificación. informe favorable del Servicio de Hacienda y Pre- i) Documentos e informaciones que deben acom- supuestos en relación a los extremos de los aparta- pañarse a la petición. dos a y b del presente artículo así como el oportuno documento contable de futuro. 3) En su caso, posibilidad de reformulación de so- licitudes. La documentación del expediente que se tramite anticipadamente incorporará, en las actuaciones que k) Indicación de si la resolución pone fin a la vía integren el expediente y en los documentos que se instrumenten frente a terceros, que la realización del administrativa y, en caso contrario, órgano ante el que ha de interponerse Recurso de Alzada, gasto que se proyecta queda condicionada a la exis- tencia de crédito adecuado y suficiente, en el mo- mento de la adquisición del compromiso del gasto. 1) Criterios de valoración de las solicitudes. En ningún caso podrá realizarse ningún otorga- m) Medio de notificación o publicación, de con- miento de subvención sin la existencia de crédito ade- formidad con lo previsto en el artículo 59 de le Ley cuado y suficiente. 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 17.- Instrucción del procedimiento de con- cesión. Las bases reguladoras de la subvención podrán ad- 1. La instrucción del procedimiento de concesión mitir la sustitución de la presentación de determina- de subvenciones corresponde al órgano que se de- dos documentos por una declaración responsable del solicitante. signe en la convocatoria, atendiendo a lo estableci- —_——_—— —— _—_—_— _—_——_— —__ —_—_ —_- —_ A BdeínCidal dslaRoviriadoSataGwd> Eraifenóm 100 rriéndes 2d juiode 2005 11323 do en el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular El expediente de concesión de subvenciones con- de La Palma, órgano que realizará de oficio cuantas tendrá el informe del órgano instructor en el que cons- actuaciones estime necesarias para la determinación, te que de la información que obra en su poder se des- conocimiento y comprobación de los datos en virtud prende que los beneficiarios cumplen todos los de los cuales debe de formularse la propuesta de re- solución. requisitos necesarios para acceder a las mismas. 5. La propuesta de resolución definitiva, cuando 2. Las actividades de instrucción comprenderán: resulte procedente de acuerdo con las bases regula- doras, se notificará a los interesados que hayan sido a) Petición de cuantos informes estime necesarios propuestos como beneficiarios en la fase de instruc- para resolver o que sean exigidos por las bases re- ción, para que en el plazo previsto en las mismas co- guladoras de la subvención. En a petición se hará muniquen su aceptación. constar, en su caso, el carácter determinante de aque- llos informes que sean preceptivos. El plazo para su 6. Las propuestas de resolución provisional y de- emisión será de 10 días, salvo que el órgano instruc- finitiva no crean derecho alguno a favor del benefi- tor, atendiendo a las características del informe soli- ciario propuesto, frente al Cabildo Insular de La Pal- citado o del propio procedimiento, solicite su emi- ma, mientras no se le haya notificado la resolución sión en un plazo menor o mayor, sin que en este último de concesión. caso pueda exceder de dos meses. Cuando en el plazo señalado no se haya emitido el La composición del órgano colegiado será la que establezcan las bases reguladoras, no pudiendo ser informe calificado por disposición legal expresa co- la misma inferior a 5. mo preceptivo y determinante, o, en su caso, vincu- lante, podrá interrumpirse el plazo de los trámites su- cesivos. El mismo deberá estar compuesto necesariamente por un Presidente figura que residirá en el Presiden- te del Cabildo o Consejero en quien delegue, un Se- b) Evaluación de las solicitudes o peticiones, efec- cretario, con voz pero sin voto, figura que residirá en tuada conforme con los criterios, formas y priorida- el Jefe de Servicio o funcionario en quien delegue y des de valoración establecidos en la bases regulado- 3 vocales designados en las bases. ras de la subvención o, en su caso, en la convocatoria, El régimen jurídico aplicable al órgano colegiado 3. Las bases reguladoras de la subvención podrán se ajustará a las normas contenidas en los artículos contemplar la posibilidad de establecer una fase de 22 a27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley preevaluación en la que se verificará el cumplimiento Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de las condiciones impuestas para adquirir la condi- y del Procedimiento Administrativo Común. ción de beneficiario de la subvención. 4, Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano co- Artículo 18.- Resolución.- El órgano competente legiado deberá emitir informe en el que se concrete para resolver el otorgamiento de subvenciones será el resultado de la evaluación efectuada. el designado por razón de la cuantía y naturaleza del gasto, en las Bases de Ejecución del Presupuesto del El órgano instructor, a la vista del expediente y del Cabildo Insular de La Palma. informe del órgano colegiado, formulará la propues- ta de resolución provisional, debidamente motivada, La resolución se motivará de acuerdo con lo que que deberá notificarse a los interesados en la forma establezcan las bases reguladoras de la subvención que establezca la convocatoria, y concediendo un pla- debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el pro- zo de 10 días para presentar alegaciones. cedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuan- do no figuren en procedimiento ni sean tenidos en La resolución, deberá contener el solicitante o re- cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas lación de solicitantes a los que se concede la sub- que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carác- vención, su cuantía, especificando su evaluación y ter de definitiva. los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así mismo hará constar, en su caso, la desestimación del resto de las solicitudes. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolu- El plazo máximo para resolver y notificar la reso- ción definitiva, que deberá expresar el solicitante o la lución del procedimiento no podrá exceder de seis relación de solicitantes para los que se propone la con- meses, salvo que una norma con rango de Ley esta- cesión de la subvención, y su cuantía, especificando blezca un plazo mayor o así venga previsto en la nor- su evaluación y los criterios de valoración seguidos mativa de la Unión Europea. El plazo se computará para efectuarla. a partir de la publicación de la correspondiente con- A a _ _