Cabildo Insular de La Palma D. BORJA PERDOMO HERNÁNDEZ, CONSEJERO SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que, es del siguiente tenor: 8. Ref.: 515/2021/ACU. PRÓRROGA PARA LA EJECUCIÓN Y REAJUSTE DE ANUALIDADES DEL ENCARGO DENOMINADO “REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE EL REMO”. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 1 de diciembre de 2021, que es del siguiente tenor: D. Gonzalo María Pascual Perea, Miembro Corporativo Delegado de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio, conforme a los Decretos de designación de miembros corporativos titulares de áreas (Decreto nº 5005, de 2 de agosto de 2019, Decreto de la Presidencia nº 2020/1027, de 14 de febrero de 2020, así como el Decreto nº 2021/10047 de 1 de diciembre de 2021) y la Resolución 2020/1055, de 17 de febrero de 2020, del Miembro Corporativo Titular del Área de Infraestructuras, Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio, de delegación de facultades, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.2,g) en relación con el artículo 23 del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion ANTECEDENTES I. En fecha 23 de octubre de 2020 el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria, aprueba el encargo de “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo” a la empresa pública GESTUR CANARIAS S.A., con NIF A38021762, como medio propio personificado de esta Corporación, por importe de CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS EUROS (47.800,00€), importe no sujeto a IGIC. II. Con fecha 28 de octubre de 2020 (R.S. nº 2020014346) se remite a GESTUR CANARIAS S.A. certificado del referido Acuerdo a efectos de presentar su aceptación formal. La misma tiene entrada el 5 de noviembre de 2020 (R.E. nº 2020030149) y con ello queda formalizado el encargo. III. Con fecha 12 de noviembre de 2020 presenta GESTUR CANARIAS S.A. factura nº 2020.-79 de la misma fecha, con el concepto: Actuaciones preparatorias para el encargo Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Ref: 515/2021/ACU 1 “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo”, por importe de 4.780,00€, siendo la misma pagada en enero de 2021. IV. En la tramitación de la aprobación del reseñado plan especial, el 1 de julio de 2020 se solicita al Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos de La Palma informe previo a acordar la iniciación para tramitar el mismo. En respuesta, el 20 de octubre de 2020 se recibe notificación de la Resolución 2020/7224 de fecha 19 de octubre de 2020 de la Miembro Corporativa Delegada en materia de Medio Ambiente. V. El 25 de marzo de 2021 tiene entrada en este Servicio de Ordenación del Territorio Acuerdo del Pleno del Patronato de Espacios Naturales de la isla de La Palma, reunido en Sesión Ordinaria celebrada el 10 de febrero de 2021, en el que se informa en sentido favorable el inicio de la tramitación del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo. VI. El 9 de abril de 2021 el Pleno del Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria, acuerda, entre otros, iniciar la tramitación del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo (P-16) para establecer las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada del espacio natural protegido. Así como, abrir período de consulta previa de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la misma en el portal web de esta Corporación. Dicha consulta se lleva a cabo desde el 13 de abril al 12 de mayo de 2021. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion VII. El plazo de ejecución de la Fase A, conforme al apartado 6 del mencionado encargo, es de seis (6) meses desde el momento de formalización del encargo, esto es, el 5 de mayo de 2021. No obstante, el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de abril de 2021 acuerda, entre otros, conceder a GESTUR CANARIAS S.A. prórroga de un (1) mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la comunicación del resultado del trámite de consulta pública previa, para la entrega de la documentación D.1-Fase A del reseñado encargo. En cumplimiento de ello se realiza la citada comunicación en fecha 19 de mayo de 2021 (R.S. nº 2021007231) y consta en expediente su recepción el día 24 de mayo de 2021. VIII. GESTUR CANARIAS S.A. remite el 24 de junio de 2021, dentro del plazo establecido conforme a la prórroga concedida (nº de registro REGAGE21e00011418194 y R.E. nº 2021020282 de 25 de junio), comunicación de envío, en formato digital CD por correo certificado con acuse de recibo y vía wetransfer, del documento relativo al Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo. Y consta recepción del reseñado CD con el documento D.1: borrador y documento inicial estratégico, el día 28 de junio de 2021 (R.E. nº 2021020545). IX. Con fecha 28 de junio de 2021 presenta factura nº 2021-77 de la misma fecha, con el concepto: D.1 borrador y documento inicial estratégico encargo “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo”, por importe de 11.900,00€. Y consta pagada en julio de 2021. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 2 X. El día 7 de octubre de 2021 (R.S. nº 2021015211) se remite al equipo redactor requerimiento de subsanación de la documentación correspondiente al D.1 concediéndole el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción del mismo, para que subsane los extremos señalados. Dicho plazo finaliza el 15 de noviembre de 2021, ya que consta recibido el día 11 de octubre de 2021. XI. Con fecha 5 de noviembre de 2021 (nº de registro REGAGE21e00022865767 y R.E. nº 2021044211 de 9 de noviembre) GESTUR CANARIAS S.A., con NIF A38021762, solicita “(…) al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, que le sea concedida una prórroga del plazo establecido para la subsanación del D.1, Borrador y DIE del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo, con el tiempo máximo admisible, por las razones expuestas en el apartado 6 del presente escrito. (…)”. En virtud de ello, se concede a GESTUR CANARIAS S.A. por Acuerdo de Consejo de Gobierno en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de noviembre de 2021, una prórroga de quince días naturales para la entrega de la documentación subsanada correspondiente a la Fase A-D.1, motivada conforme al Informe Técnico que se adjunta con la solicitud por “(…) acumulación de expedientes y encargos, así como por la dedicación profesional que se está priorizando actualmente en la situación de emergencia relativa a la erupción volcánica de la isla de La Palma, (…)”. XII. En la misma solicitud precitada en antecedente anterior, GESTUR solicita en base al Informe Técnico que adjuntan “(…) una prórroga para la ejecución parcial del encargo según consta en la encomienda original, de igualmente el máximo tiempo posible, atendiendo a las circunstancias expresadas en el apartado 7 de este documento.” C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion XIII. En fecha 15 de noviembre de 2021 se emite informe favorable de la directora del encargo en relación con la prórroga solicitada y en el que propone un reajuste de anualidades que tiene que comunicarse a GESTUR CANARIAS S.A. a efectos de, en su caso, prestar conformidad. En cumplimiento de ello, el 16 de noviembre (R.S. nº 2021017541) se envía oficio del Miembro Corporativo de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio. XIV. El 25 de noviembre de 2021 (R.E. nº 2021047551) presenta la citada empresa la conformidad al reajuste señalado. XV. El 1 de diciembre de 2021 se evacúa informe-propuesta favorable por la Técnico de Administración General y con el visto bueno y conforme de la Jefa de Servicio Acctal.- Arquitecta de Ordenación del Territorio que se extracta seguidamente: “(…) Segundo.- Objeto del encargo. El objeto del encargo es la redacción del “PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE EL REMO”, en el ámbito territorial del paisaje protegido de El Remo cuya superficie es de 182,90 hectáreas, que se ubica en la isla de La Palma en el municipio de Los Llanos de Aridane, que incluye los siguientes documentos que se detallan a continuación: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 3 D.1.- Borrador del plan especial y documento inicial estratégico. D.2.- Avance del plan y estudio ambiental estratégico. D.3.- Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s D.3.1.- Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes del Cabildo de La Palma. D.3.2.- Documento para aprobación inicial adaptado a informes preceptivos sectoriales, en su caso. D.4.- Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica. D.5.1.- Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la Declaración Ambiental Estratégica. D.5.2.- Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias). Conforme a las siguientes fases: FASE A: Borrador y documento inicial estratégico. FASE B: Avance y estudio ambiental estratégico. FASE C: Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial. FASE D: Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso. FASE E: Documento para aprobación definitiva. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Tercero.- Presupuesto y financiación. De conformidad con el apartado 11 del resuelvo primero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de octubre de 2020 referenciado en los antecedentes, el presupuesto total del encargo asciende a la cantidad de cuarenta y siete mil ochocientos euros (47.800,00€), importe no sujeto a IGIC, conforme con la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica el artículo 9 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificaciones de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. El citado presupuesto se distribuye según el siguiente cuadro: FASE A (D.1) Borrador y documento inicial estratégico 13.222,22 FASE B (D.2) Avance y estudio ambiental estratégico 12.777,78 FASE C (D.3) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s (D.3.1) Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes del Cabildo de La Palma FASE D (D.4) Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 8.333,33 6.666,67 4.577,78 4 resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica FASE E (D.5.1) Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica (D.5.2) Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias) 47.800,00 El sistema de tarifas de GESTUR CANARIAS S.A. se regula en la “Orden nº 173 de 14 de julio de 2020 del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aplicables a las actuaciones a realizar por la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión Urbanística de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (GESTUR TENERIFE), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los organismos autónomos dependientes de ella y los Cabildos Insulares”. Los honorarios de la citada empresa de acuerdo con el Informe evacuado por la Arquitecta Técnico del Servicio de Ordenación del Territorio de fecha 7 de octubre de 2020 entran dentro de las estimaciones contenidas en el mismo para la redacción del plan especial que “(…) que fluctuarán entre los valores 32.450,41€ y los 63.709,37€ (…)” C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion La financiación del encargo se hace con cargo a la aplicación presupuestaria 151.227.10 “Asistencia técnica planificación” del Presupuesto General de la Corporación para año 2020, y plurianual 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 supeditado en los respectivos ejercicios presupuestarios a la autorización del crédito suficiente y adecuado para su financiación, con arreglo a la siguiente distribución por anualidades: AÑO TOTAL PRESUPUESTO 2020 Anticipo actuaciones preparatorias 4.780,00 (D.1) Borrador y documento inicial estratégico 11.900,00 2021 (D.2) Avance y estudio ambiental estratégico 11.500,00 2022 (D.3) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s 7.500,00 2023 (D.3.1) Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes 6.000,00 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 1.111,11 1.111,11 5 del Cabildo de La Palma (D.4) Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica 2024 (D.5.1) Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica (D.5.2) Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias) 2025 TOTAL 47.800,00€ Las actuaciones preparatorias para el encargo se reconocen y liquidan, así como se procede al pago de las mismas a favor de GESTUR CANARIAS S.A. (ADRC con Núm. Operación 12020000047277) conforme a la Resolución nº 2020/10203 de fecha 29 de diciembre de 2020 del Miembro Corporativo Delegado de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion En cuanto al borrador y al DIE del plan especial, se procede al pago de los mismos (AD con Núm. Operación 12021000004211) de acuerdo con la Resolución nº 2021/5761 de fecha 12 de julio de 2021 del precitado Miembro Corporativo Delegado. Cuarto.- Plazo de duración encargo. El plazo de duración se establece, en el apartado 6 del resuelvo primero del reseñado Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en los siguientes términos: “Teniendo en cuenta las fases de tramitación establecidas en la legislación aplicable para la aprobación del PE del Paisaje Protegido de El Remo, tan solo se podrán establecer los plazos desde la recepción de la notificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se adopta el encargo que tendrá que ser aceptado formalmente, del documento D.1; el resto de documentos dependerán del tiempo de su tramitación, así los plazos para los documentos D.2 se contarán a partir de que el órgano ambiental remita el documento de alcance, y para los documentos D.3, D.3.1, D.3.2 y D.4 computarán una vez que se haya llevado a cabo los trámites de información pública, consultas e informes preceptivos, y para los documentos D.5.1 y D.5.2 computará desde la emisión de la Declaración ambiental estratégica, así como de la recepción de informes preceptivos por Administraciones Públicas competentes. Conforme a la oferta presentada por la empresa GESTUR CANARIAS S.A. los plazos de ejecución parciales del objeto del encargo son los siguientes: - Borrador del plan especial y documento inicial estratégico (D.1). Plazo de entrega: SEIS (6) meses desde el momento de la formalización del encargo. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 4.120,00 1.000,00 1.000,00 6 - Documento de avance del plan especial y estudio ambiental estratégico (D.2). Plazo de entrega: TRES (3) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. del documento de alcance junto con las contestaciones recibidas a las consultas realizadas. - Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con la alternativa/s seleccionada/s (D.3). Plazo de entrega: CUATRO (4) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la resolución/acuerdo del órgano competente resolviendo respecto del trámite de información pública, consultas e informes recibidos. - Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes o adscritos al Cabildo de La Palma (D.3.1). Plazo de entrega: DOS (2) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la resolución/acuerdo del órgano competente resolviendo respecto del trámite de informes recibidos de áreas y organismos del Cabildo de La Palma. - Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial adaptado a informes preceptivos sectoriales (D.3.2). Plazo de entrega: DOS (2) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la resolución/acuerdo del órgano competente respecto del trámite de informes preceptivos sectoriales recibidos (en su caso). - Propuesta final del Plan especial y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración ambiental estratégica (D.4). Plazo de entrega: TRES (3) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la resolución/acuerdo del órgano competente resolviendo respecto del trámite de información pública, consultas e informes del documento aprobado inicialmente. - Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica (D.5.1). Plazo de entrega: DOS (2) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la comunicación de la declaración ambiental estratégica. - Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento de Planeamiento de Canarias) (D.5.2). Plazo de entrega: DOS (2) meses a partir del día siguiente en que tenga lugar la recepción en GESTUR CANARIAS S.A. de la resolución/acuerdo del órgano competente resolviendo respecto del trámite de informes sectoriales y/o correcciones que correspondan.(…)” C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Se recoge en el mismo apartado referencia expresa a la concesión de prórroga cuando establece: “(…) Pudiendo dicho plazo, en su caso, ser prorrogado por decisión expresa del Consejo de Gobierno Insular no pudiendo superar el mismo conjunta o aisladamente el plazo inicial del encargo. Dicha prórroga deberá realizarse y notificarse antes de que finalice el encargo. Todo ello conforme a lo regulado en la Base 31ª, 1.2, d) de las de Ejecución del Presupuesto General de 2020.” Quinto.- Prórroga de la ejecución ajustando cronograma. El plazo de entrega para los documentos correspondientes al D.2 se contará a partir de que el órgano ambiental (Comisión de Evaluación Ambiental de La Palma, CEALP) remita el documento de alcance. Para la emisión del mismo, es necesaria la previa solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, que se ha retrasado debido a que la Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 7 consulta previa termina el 12 de mayo de 2021 y las conclusiones de la misma deben tenerse en cuenta en el documento inicial estratégico por el equipo redactor, de conformidad con el apartado 2, a) de la Sección Primera del Capítulo I del Anexo del Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 181/2018 de 26 de diciembre (RPC, en adelante). Igualmente, debido a una acumulación en el trámite de expedientes, se demora el Servicio de Ordenación del Territorio en el análisis de la documentación correspondiente al D.1, por lo que el requerimiento para subsanarla se remite el 7 de octubre de 2021. Remisión realizada dentro de las competencias que tiene la directora del encargo de acuerdo al apartado 9 del resuelvo primero del Acuerdo que rige el encargo que señala “(…) podrá requerir de GESTUR CANARIAS S.A., en todo momento, las aclaraciones que considere necesarias para la correcta definición de los trabajos, así como cuantas correcciones crea convenientes para alcanzar el objetivo del encargo. La realización y entrega de los trabajos será efectuada bajo la dirección y supervisión del Servicio de Ordenación del Territorio.”. Ello implica que en el cronograma de ejecución del encargo dicha solicitud de inicio de evaluación ambiental estaba prevista en mayo de 2021, pero con los retrasos indicados y la prórroga de 15 días naturales, se prevé que se solicite en diciembre de 2021. En consecuencia, el inicio del cómputo de los restantes plazos de entrega de documentación se va a demorar, lo que conlleva a prorrogar por 7 meses la ejecución del encargo ajustando el cronograma del mismo, con la previsión de que la solicitud a la CEALP se realice como se ha precitado en diciembre de 2021 y se emita el documento de alcance en el primer cuatrimestre de 2022. Este hito dará lugar al comienzo del plazo de 3 meses desde la recepción de aquel por GESTUR para la entrega del D.2. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Se informa favorablemente por la directora del encargo, como se ha señalado en los antecedentes, prorrogar por 7 meses la ejecución del encargo ajustando el cronograma del mismo en la forma siguiente: ANUALIDAD DOCUMENTACIÓN 2022 (D.2) Avance y estudio ambiental estratégico (D.3) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s 2023 (D.3.1) Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes del Cabildo de La Palma (D.4) Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica 2024 (D.5.1) Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica 2025 (D.5.2) Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias) Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 8 Cabe complementar en dicho cronograma en el año 2024, sin contraprestación económica, la entrega del (D.3.2) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial adaptado a informes preceptivos sectoriales recibidos (en su caso). Sexto.- Reajuste de anualidades. El cronograma de anualidades señalado en el apartado tercero de este informe no se ha cumplido por causas no imputables a la empresa destinataria del encargo, ya que entre otros motivos, como se ha indicado en el apartado anterior, se ha producido un retraso en la realización de la consulta pública previa y el Servicio de Ordenación del Territorio se demora en comprobar que en el documento D.1 debe cumplirse con lo regulado en: los artículos 106 a 111, 169 y 170 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias; artículos 36 y 37 del RPC; el artículo 18 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental; en la Sección primera del Capítulo I del Anexo ‘Contenido, criterios y metodología de la evaluación ambiental estratégica’ del RPC y en la legislación sectorial aplicable. Así como ajustarse a todos aquellos preceptos de la LSENPC y sus reglamentos que resulten procedentes. El apartado 11 del Resuelvo primero del Acuerdo por el que se aprueba el encargo determina: “Todo ello sin perjuicio del correspondiente reajuste anual al que pudiera dar lugar según resulte de la ejecución del encargo con el límite determinado para ser prorrogado, contando con la conformidad de la entidad destinataria del encargo y aprobado por el Consejo de Gobierno Insular.” Considerando lo establecido en dicho apartado 11, figura en el expediente conformidad de GESTUR CANARIAS S.A. para efectuar el reajuste de las anualidades de ejecución del encargo, con R.E. nº 2021047551 de fecha 25 de noviembre de 2021. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion El reajuste de anualidades propuesto es el siguiente: AÑO TOTAL PRESUPUESTO 2022 2º PAGO-D.2 11.500,00 11.500,00 3º PAGO-D.3 7.500,00 2023 4º PAGO-D.3.1 6.000,00 13.500,00 2024 5º PAGO-D.4 4.120,00 4.120,00 6º PAGO-D.5.1 1.000,00 2025 7º PAGO-D.5.2 1.000,00 2.000,00 TOTAL 47.800,00 Se propone proceder al reajuste de las siguientes anualidades para adaptarlo al ritmo de ejecución del encargo referenciado en la forma siguiente: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ TOTAL POR ANUALIDADES 9  Ejercicio 2021: minorar la cantidad de 11.500,00€ con cargo a la AD 4211/2021, debido a que no se va a ejecutar en el año 2021 la Fase B-2º pago, como se ha explicitado anteriormente.  Ejercicio 2022: complementar en la cantidad de 4.000,00€ con cargo a la AD_FUT 4158/2021, para el cumplimiento de la reseñada Fase B-2º pago.  Ejercicio 2023: complementar en la cantidad de 7.500,00€ con cargo a la AD_FUT 4159/2021, para el cumplimiento de la Fase C-3º pago, como se ha explicitado.  Ejercicio 2024: minorar la cantidad de 1.000,00€ con cargo a la AD_FUT 4160/2021, debido a que no se va a ejecutar en el año 2024 la Fase E-6º pago, como se ha explicitado.  Ejercicio 2025: complementar en la cantidad de 1.000,00€ con cargo a la AD_FUT 4161/2021, para el cumplimiento de la reseñada Fase E-6º pago. (…) Noveno.- Conclusión. Como se ha señalado consta en expediente informe favorable ya que la solicitud de prórroga de 7 meses para la ejecución de las Fases B, C, D y E, cumple con lo regulado en el apartado 6 del Acuerdo de Consejo de Gobierno que rige el encargo. Igualmente, se sigue el procedimiento legalmente establecido para el reajuste de anualidades del encargo en los términos contenidos en el apartado sexto del presente informe-propuesta. (…)” C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion FUNDAMENTOS Primero.- Se reconoce en el apartado 6 del resuelvo primero del Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 23 de octubre de 2020 por el que se aprueba el encargo, referencia expresa a la concesión de prórroga cuando establece: “(…) Pudiendo dicho plazo, en su caso, ser prorrogado por decisión expresa del Consejo de Gobierno Insular no pudiendo superar el mismo conjunta o aisladamente el plazo inicial del encargo. Dicha prórroga deberá realizarse y notificarse antes de que finalice el encargo. Todo ello conforme a lo regulado en la Base 31ª, 1.2, d) de las de Ejecución del Presupuesto General de 2020.” Segundo.- Por lo que se refiere al reajuste de anualidades el apartado 11 del Resuelvo primero del precitado Acuerdo determina: “Todo ello sin perjuicio del correspondiente reajuste anual al que pudiera dar lugar según resulte de la ejecución del encargo con el límite determinado para ser prorrogado, contando con la conformidad de la entidad destinataria del encargo y aprobado por el Consejo de Gobierno Insular.” Tercero.- Este acuerdo implica obligaciones de contenido económico para el Cabildo Insular del artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por lo que se ha sometido a fiscalización. Resultando competente para resolver la concesión de la prórroga solicitada y del reajuste de anualidades el Consejo de Gobierno Insular de conformidad con lo previsto en los artículos 41 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 10 Excmo. Cabildo Insular de La Palma, 62 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, 127.1 en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Base de ejecución 31ª del Presupuesto General de la Corporación vigente y los apartados 6 y 11 del resuelvo primero del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de octubre de 2020. Resultando que el artículo 81.1,b) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, establece que los actos del Consejo de Gobierno Insular adoptarán la forma de Acuerdos del Consejo de Gobierno Insular. En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Primero.- Conceder a la empresa GESTUR CANARIAS S.A., con NIF A38021762, prórroga de 7 meses para la ejecución del encargo (Fase B, C, D y E) denominado “REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE EL REMO”, ajustando el cronograma del mismo en la forma siguiente: ANUALIDAD DOCUMENTACIÓN 2022 (D.2) Avance y estudio ambiental estratégico C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion (D.3) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s 2023 (D.3.1) Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes del Cabildo de La Palma (D.3.2) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial adaptado a informes preceptivos sectoriales recibidos (en su caso) 2024 (D.4) Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica (D.5.1) Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica 2025 (D.5.2) Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias) Segundo.- Proceder al reajuste de las anualidades del encargo denominado “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo”, de acuerdo con lo expresado en la parte expositiva de este Acuerdo, conciliándolo con el ritmo de ejecución del mismo, con arreglo a la siguiente distribución, supeditado a la autorización del crédito adecuado y suficiente en los ejercicios presupuestarios de 2022, 2023, 2024 y 2025: Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 11 - Anualidad 2021: 11.900,00€, correspondiente al 1º pago (Fase A) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2022: 11.500,00€, correspondientes al 2º pago (Fase B) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2023: 13.500,00€, correspondiente al 3º y 4º pago (Fase C) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2024: 4.120,00€, correspondiente al 5º pago (Fase D) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2025: 2.000,00€, correspondiente al 6º y 7º pago (Fase E) de la ejecución del encargo. Tercero.- Disminuir el crédito de la “AD”, nº oper. 4211/2021, en la cantidad de 11.500,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del vigente Presupuesto General, quedando un saldo total de 0,00€, de conformidad con lo establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase B-1º pago). Cuarto.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 4158/2021, en la cantidad de 4.000,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto General para el ejercicio 2022, quedando un saldo total de 11.500,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase B-2º pago). Quinto.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 4159/2021, en la cantidad de 7.500,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto General para el ejercicio 2023, quedando un saldo total de 13.500,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase C-3º y 4º pago). C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion Sexto.- Minorar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 4160/2021, en la cantidad de 1.000,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto General para el ejercicio 2024, quedando un saldo total de 4.120,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase D-5º pago). Séptimo.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 4161/2021, en la cantidad de 1.000,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto General para el ejercicio 2025, quedando un saldo total de 2.000,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase E-6º y 7º pago). Octavo.- Comunicar el presente Acuerdo a GESTUR CANARIAS S.A., así como, dar traslado del mismo a la Intervención de Fondos y a la Directora de este encargo, Doña Edvina Barreto Cabrera, Jefa de Servicio Acctal.-Arquitecta del Servicio de Ordenación del Territorio, a los efectos oportunos.” Teniendo en cuenta que consta: I. Escrito de reajuste de anualidades propuesto para el encargo denominado "Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo", suscrito por el Miembro Corporativo Delegado de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio, D. Gonzalo María Pascual Perea, de fecha 15 de noviembre de 2021. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 12 II. Informe favorable emitido por la Directora del encargo, Dª. Edvina Barreto Cabrera, de fecha 15 de noviembre de 2021. III. Oficio de aceptación por parte de GESTUR CANARIAS, S.A. del reajuste de anualidades, suscrito por el Consejero Delegado, D. Juan Miguel Martín Zarza, de fecha 24 de noviembre de 2021. IV. Informe-propuesta de fecha 1 de diciembre de 2021, emitido por la Técnico de Administración General del Servicio de Ordenación del Territorio, Dª. Delia María López Castañeda, y el visto bueno y conforme de la Jefa de Servicio Acctal.-Arquitecta, Dª. . Edvina Barreto Cabrera. V. Informe de Fiscalización e Intervención limitada previa de requisitos básicos de conformidad (Ref. Int. Nº 2021/ 55822), emitido por el Interventor General Acctal., D. Pedro Francisco Jaubert Lorenzo, de fecha 2 de diciembre de 2021. Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 l) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y se aprueba, por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. C.U.D.: 13523424754627533755 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion En Santa Cruz de La Palma. Firmado electrónicamente el día 13/12/2021 a las 11:15:22 por EL PRESIDENTE MARIANO HERNANDEZ ZAPATA Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 13523424754627533755 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Firmado electrónicamente el día 13/12/2021 a las 11:14:14 por BORJA PERDOMO HERNANDEZ 13