Ref: 515/2021/ACU D.ª JESÚS MARÍA ARMAS DOMÍNGUEZ, CONSEJERA SECRETARIA ACCTAL. DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2025 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que es del siguiente tenor: ASUNTO Nº 3. Ref.: 515/2021/ACU.- REAJUSTE DE ANUALIDADES 2025-2026 DEL ENCARGO DENOMINADO “REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE EL REMO”. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 25 de noviembre de 2025, que es del siguiente tenor: El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 17 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: ASUNTO: REAJUSTE DE ANUALIDADES 2025-2026 DEL ENCARGO DENOMINADO “REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE EL REMO” ANTECEDENTES I. En fecha 23 de octubre de 2020 el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria, aprueba el encargo de “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo” a la empresa pública GESTUR CANARIAS S.A., con NIF A38021762, como medio propio personificado de esta Corporación, por importe de CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS EUROS (47.800,00€), importe no sujeto a IGIC. II. El 5 de noviembre de 2020 (R.E. nº 2020030149) tiene entrada la aceptación formal del encargo y con ello queda formalizado el mismo. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion III. La concurrencia de diferentes causas ha implicado que el encargo haya sido prorrogado en dos ocasiones, y se ha llevado a cabo por cuatro veces el reajuste de anualidades en los distintos ejercicios presupuestarios a fin de conciliar la financiación del encargo a su ritmo de ejecución, en virtud de los siguientes Acuerdos de Consejo de Gobierno Insular:  Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2021, por el que se concedió prórroga de 7 meses para la ejecución del encargo (Fases B, C, D y E), así como, proceder al reajuste de anualidades del mismo en los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025.  Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 2022, por el que se concedió prórroga de 10 meses para la ejecución del encargo respecto a las Fases B, C, D y E, así como, proceder al reajuste de anualidades del mismo en los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026.  Acuerdo de fecha 24 de noviembre de 2023, para proceder al reajuste de anualidades en los ejercicios 2024, 2025, 2026 y 2027.  Acuerdo de fecha 9 de diciembre de 2024, para proceder al reajuste de anualidades en los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. IV. El 9 de abril de 2021 el Pleno del Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria, acuerda, entre otros, iniciar la tramitación del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo (P-16) para establecer las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada del espacio natural protegido. V. El día 14 de julio de 2022 se solicita a la Comisión de Evaluación Ambiental de La Palma (CEALP, en adelante), el inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria. Mediante escrito del Jefe del Servicio de Apoyo al Órgano Ambiental de fecha 19 de septiembre de 2022 se solicita la subsanación del documento inicial estratégico, que es remitida al equipo redactor al día siguiente (R.S. nº 2022017803). VI. La documentación subsanada presentada el 15 de noviembre de 2022 (R.E. nº 2022048651), en cumplimiento de la Resolución nº 2022/11607 del Miembro Corporativo Delegado de Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio de fecha 5 de diciembre de 2022, se remite a la CEALP el día 8 de diciembre, al objeto de elaborar, en su caso, el documento de alcance del estudio ambiental estratégico. Consta su recepción el 14 de diciembre. VII. En fecha 28 de octubre de 2025 se emite informe del director del encargo en el que propone un reajuste de anualidades que tiene que comunicarse a GESTUR CANARIAS S.A. a efectos de, en su caso, prestar conformidad. En cumplimiento de ello, el día 29 de octubre (R.S. nº 2025021398) se envía oficio firmado por el Presidente de esta Corporación. VIII. El 12 de noviembre de 2025 (R.E. nº 2025059743) presenta la citada empresa la conformidad al reajuste señalado. IX. El 13 de noviembre de 2025 se evacúa informe-propuesta favorable por la Técnica de Administración General, con el visto bueno y conforme del Jefe de Servicio de Ordenación del Territorio (CSV 15704506421661365243). Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion FUNDAMENTOS Primero.- Se reconoce en el punto 6 del apartado primero del Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 23 de octubre de 2020 por el que se aprueba el encargo: “(…)Teniendo en cuenta las fases de tramitación establecidas en la legislación aplicable para la aprobación del PE del Paisaje Protegido de El Remo, tan solo se podrán establecer los plazos desde la recepción de la notificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se adopta el encargo que tendrá que ser aceptado formalmente, del documento D.1; el resto de documentos dependerán del tiempo de su tramitación, así los plazos para los documentos D.2 se contarán a partir de que el órgano ambiental remita el documento de alcance, y para los documentos D.3, D.3.1, D.3.2 y D.4 computarán una vez que se haya llevado a cabo los trámites de información pública, consultas e informes preceptivos, y para los documentos D.5.1 y D.5.2 computará desde la emisión de la Declaración ambiental estratégica, así como de la recepción de informes preceptivos por Administraciones Públicas competentes.(…)” Segundo.- Por lo que se refiere al reajuste de anualidades el punto 11 del apartado primero del precitado Acuerdo determina: “Todo ello sin perjuicio del correspondiente reajuste anual al que pudiera dar lugar según resulte de la ejecución del encargo con el límite determinado para ser prorrogado, contando con la conformidad de la entidad destinataria del encargo y aprobado por el Consejo de Gobierno Insular.” Tercero.- Este acuerdo implica obligaciones de contenido económico para el Cabildo Insular del artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por lo que se ha sometido a fiscalización de la Intervención Insular de Fondos del Cabildo de la Palma. Resultando competente para resolver la concesión del reajuste de anualidades el Consejo de Gobierno Insular de conformidad con lo previsto en los artículos 41 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, 62 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, 127.1 en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Base de ejecución 31ª del Presupuesto General de la Corporación vigente y el punto 11 del apartado primero del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de octubre de 2020. Resultando que el artículo 81.1,b) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, establece que los actos del Consejo de Gobierno Insular adoptarán la forma de Acuerdos del Consejo de Gobierno Insular. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: Primero.- Proceder al reajuste de las anualidades del encargo denominado “Redacción del Plan Especial del Paisaje Protegido de El Remo”, suscrito con la empresa GESTUR CANARIAS S.A., con NIF A38021762, de acuerdo con lo expresado en la parte expositiva de este Acuerdo, conciliándolo con el ritmo de ejecución del mismo, con arreglo a la siguiente distribución, supeditado a la autorización del crédito adecuado y suficiente en los ejercicios presupuestarios de 2026, 2027, 2028 y 2029: - Anualidad 2025: 0,00€, no se va a ejecutar la Fase B (2º pago) y Fase C (3º pago) del encargo. - Anualidad 2026: 19.000,00€, correspondiente al 2º pago (Fase B) y 3º pago (Fase C) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2027: 6.000,00€, correspondiente al 4º pago (Fase C) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2028: 5.120,00€, correspondiente al 5º pago (Fase D) y 6º pago (Fase E) de la ejecución del encargo. - Anualidad 2029: 1.000,00€, correspondiente al 7º pago (Fase E) de la ejecución del encargo. Ajustando el cronograma del mismo en la forma siguiente: ANUALIDAD PAGOS DOCUMENTACIÓN FASE TOTAL POR ANUALIDAD 2º (D.2) Avance y estudio ambiental estratégico FASE B 19.000,00 3º (D.3) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial con alternativa/s seleccionada/s 4º 6.000,00 FASE C (D.3.1) Documento para aprobación inicial adaptado a informes de las áreas y organismos dependientes del Cabildo de La Palma -- (D.3.2) Documento del plan que vaya a someterse a aprobación inicial adaptado a informes preceptivos sectoriales 5º FASE D (D.4) Propuesta final del plan y estudio ambiental estratégico, modificado en su caso, así como documento resumen para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica 5.120,00 6º (D.5.1) Documento para aprobación definitiva adaptado/incorporando la declaración ambiental estratégica FASE E 7º 1.000,00 (D.5.2) Documento para aprobación definitiva adaptado a informes preceptivos y documento resumen, con las correcciones que correspondan (art. 26 Reglamento Planeamiento de Canarias) Segundo.- Disminuir el crédito de la “AD”, nº oper. 12025000020028, en la cantidad de 19.000,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del vigente Presupuesto, Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion quedando un saldo total de 0,00€, de conformidad con lo establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (no se va a ejecutar Fase B-2º pago, ni la Fase C-3º pago). Tercero.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 12025000019619, en la cantidad de 13.000,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto para el ejercicio 2026, quedando un saldo total de 19.000,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase B-2º pago y Fase C-3ºpago). Cuarto.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 12025000020044, en la cantidad de 1.880,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto para el ejercicio 2027, quedando un saldo total de 6.000,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase C-4º pago). Quinto.- Complementar el crédito de la “AD_FUT”, nº oper. 12025000019749, en la cantidad de 3.120,00€, aplicación presupuestaria 151/22710 del Presupuesto para el ejercicio 2028, quedando un saldo total de 5.120,00€, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase D-5º pago y Fase E-6º pago). Sexto.- Autorizar y disponer el gasto en la cantidad de 1.000,00€, con cargo aplicación presupuestaria 151/22710 denominada “Asistencia Técnica Planificación” RC_FUT nº oper. 12025000191860 del Presupuesto para el ejercicio 2029, supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio presupuestario, de conformidad con establecido en la parte expositiva de este Acuerdo (total para ejecución Fase E-7º pago). Séptimo.- Comunicar el Acuerdo a GESTUR CANARIAS S.A., así como, dar traslado del mismo a la Intervención de Fondos y al Director de este encargo, D. José Roberto González Díaz, Jefe de Servicio de Ordenación del Territorio, a los efectos oportunos. Octavo.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso potestativo de Reposición ante el mismo órgano que lo adoptó, durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponerse directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de S/C de Tenerife, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, también puede interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus derechos. Teniendo en cuenta que consta: I. Informe suscrito por el director del encargo, el jefe del Servicio de Ordenación del Territorio, D. José Roberto González, de fecha 28 de octubre de 2025, favorable a la propuesta de reajuste de anualidades a comunicar a GESTUR CANARIAS S.A. para prestar su conformidad. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion II. Oficio respuesta de conformidad con el reajuste de anualidades propuesto, suscrito por el Consejero Delegado de la empresa GESTUR CANARIAS, S.A., D. Manuel Agoney Piñero, de fecha 11 de noviembre de 2025. III. Informe-Propuesta favorable suscrito por la Técnico de Administración General, D.ª Delia María López Castañeda, con el VºBº y conforme del Jefe del Servicio de Ordenación del Territorio, D. José Roberto González Díaz, de fecha 13 de noviembre de 2025. IV. Informe de fiscalización e intervención limitada previa de conformidad (Ref.Int.Nº 2025/7724) emitido por D. Pedro Francisco Jaubert Lorenzo, de fecha 24 de noviembre de 2025. Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 l) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y aprueba por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. En Santa Cruz de La Palma. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704322221570546217 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ C.U.D.: 15704322221570546217 Puede verificar este documento en https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion