Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 96, Viernes 9 de agosto de 2024 23083 CABILDO INSULAR DE LA PALMA Secretaría General ANUNCIO 4438 150320 Por la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se ha dictado el Decreto número 2024/7929, de fecha 02 de agosto de 2024, relativo al reconocimiento del régimen de dedicación parcial a la Sra. Consejera, D. ª Susana Machín Rodríguez, cuyo tenor literal es el siguiente: “Visto el expediente referenciado y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES Primero.- Visto que, tras la celebración de las elecciones locales el día 28 de mayo de 2023, el día 27 de junio del mismo año, se celebró la Sesión Plenaria de constitución del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Segundo- Visto el acuerdo adoptado en sesión plenaria extraordinaria de fecha 21 de julio de 2023, que ratifica el Decreto dictado por la Presidencia núm. 2023/6523, de 6 de julio relativo al régimen de dedicación exclusiva y parcial de los miembros de la Corporación. Tercero.- Visto el informe emitido por la Intervención de Fondos en relación al precitado Decreto que señala que: (…) “no procede la fiscalización previa de la propuesta al no estar incluida dentro de la función interventora, según se desprende de los artículos 3.2 y 7.1 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local” (…). Cuarto.- Visto el Decreto de la Presidencia núm. 2023/8797, de 26 de septiembre, que reconoce la dedicación parcial al 80% de la jornada laboral a D. ª María Jordana Rodríguez Francisco, Consejera del Grupo Socialista. Quinto.- Visto que, con fecha 29 de diciembre de 2023, se celebró una sesión plenaria extraordinaria y urgente donde toma posesión del cargo de Consejera Insular D. ª Susana Machín Rodríguez. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 96, Viernes 9 de agosto de 2024 23084 Sexto.- Visto el escrito presentado por el Sr. Portavoz del Grupo Socialista del Cabildo Insular de La Palma, de fecha 08 de julio de 2024 y anotación en el registro de entrada número 2024027408, mediante el que se solicita: Cesar el reconocimiento de régimen de dedicación parcial al 80% a la miembro de esta corporación Dña. María Jordana Rodríguez Francisco y reconocer el régimen de dedicación parcial al 80% a la miembro corporativa Dña. Susana Machín Rodríguez, en virtud de su pertenencia a un grupo político que no forma parte del grupo de gobierno. Séptimo.- Mediante Providencia de la Presidencia de fecha 26 de julio 2024, se ordena que por la Secretaría General del Pleno se incoe el expediente administrativo a los efectos solicitados por el Grupo Político Socialista. FUNDAMENTOS Primero.- Que, según el artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, “los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones”. En el mismo sentido se pronuncia el artículo 6.4 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Segundo.- Que, en cuanto al reconocimiento de la dedicación parcial, el artículo 6.5 del Reglamento Orgánico de esta Corporación señala que “con el fin de facilitar la labor de control y fiscalización de los grupos políticos, así como su participación en los entes y órganos de este Cabildo Insular también tendrá derecho a desempeñar su cargo con dedicación parcial, en las mismas condiciones establecidas en el apartado anterior, un consejero o consejera insular por cada grupo político que no pertenezca al grupo de gobierno y que esté compuesto por al menos cuatro miembros”. Tercero.- Que, la Base 45.6 de las de Ejecución del Presupuesto para 2024 establece que por dedicación parcial al 80%, los miembros corporativos tendrán derecho a percibir una retribución bruta anual de 46.804,62 euros, distribuidos en 12 pagas, importe que podrá aumentar o disminuir, a lo largo del ejercicio presupuestario, en el mismo porcentaje que se haga en la legislación que regule las retribuciones del sector público. Cuarto.- Dada la importancia que el legislador otorga a los grupos políticos como instrumento de participación en los órganos de las Entidades Locales, con el objetivo de facilitar su mejor funcionamiento en esta Corporación Insular. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 96, Viernes 9 de agosto de 2024 23085 Considerando la propuesta emitida por el Secretaría General de este Cabildo, RESUELVO: Primero.- Cesar en el régimen de dedicación parcial al 80% a D. ª María Jordana Rodríguez Francisco, Consejera Insular del Grupo Socialista, con efectos del día 31 de julio de 2024. Segundo.- Reconocer el régimen de dedicación parcial al 80% a D. ª Susana Machín Rodríguez, Consejera Insular del Grupo Socialista, con efectos del día 1 de agosto de 2024. Tercero.- Someter el presente Decreto a la ratificación del Pleno de la Corporación, en la próxima sesión del Pleno que se celebre. Cuarto.- Notificar este Decreto a la interesada, a los organismos y entidades competentes, si procede. Quinto.- Dar traslado al Servicio de Recursos Humanos del Cabildo Insular de La Palma a los efectos retributivos y de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, así como a la Intervención General Insular. Sexto.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios de la Corporación y en el Portal de Transparencia. Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Reposición ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES a contar de la notificación o publicación de la misma (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa) ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo (artículo 8.1 de la precitada Ley). No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos. De este Decreto se harán las notificaciones al interesado y a los organismos competentes, si procede”. En Santa Cruz de La Palma, a dos de agosto de dos mil veinticuatro. EL PRESIDENTE, Sergio Javier Rodríguez Fernández, firmado digitalmente.