RESOLUCIÓN: Visto el expediente referenciado y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: I. Vista la toma de posesión de D. ª Mónica de los Ángeles Gómez Curiel como Consejera del Cabildo Insular de La Palma, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2025. II. Visto el Decreto de la Presidencia nº. 2025/10776, de fecha 17 de octubre, por el que se determina la denominación y ámbito funcional de las áreas en las que se organiza este Cabildo Insular y en el que se designan los miembros corporativos titulares de dichas Áreas y, en concreto, se designa a D. ª JESÚS MARÍA ARMAS DOMÍNGUEZ como miembro corporativo titular del ÁREA DE MEDIO NATURAL, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO, EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, Y ARTESANÍA. III. Visto que, según tenor literal del mencionado Decreto nº 2025/10776 se resuelve “autorizar en el ÁREA DE MEDIO NATURAL, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO, EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, Y ARTESANÍA, el nombramiento de D. ª MÓNICA DE LOS ÁNGELES GÓMEZ CURIEL, como miembro corporativo delegado en las materias de MEDIO NATURAL, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO, a propuesta de la Consejera Insular del Área.” FUNDAMENTOS: 1. Los artículos 68 y 69 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. 2. Los artículos 21, 22 y 23 del vigente Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Establecidas las necesidades del Área de Medio Natural, Transición Ecológica y Lucha Contra el Cambio Climático, Educación, Formación y Empleo, y Artesanía, con la finalidad de que los distintos Servicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, optimizando los recursos existentes, Considerando la propuesta emitida por Servicio de Medio Ambiente y Emergencias de este Cabildo, RESUELVO: Página 1 de 2 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704543056750464636 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ PRIMERO.- Delegar en D.ª MÓNICA DE LOS ÁNGELES GÓMEZ CURIEL, miembro corporativo con delegación especial en las materias de MEDIO NATURAL, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO, las atribuciones de esta Consejera Insular de Área referidas en el artículo 21.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. SEGUNDO.- Esta Consejera Insular de Área podrá avocar para sí, cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del miembro corporativo delegado, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas la Consejera Insular del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, sin necesidad de un acto expreso en este sentido. TERCERO.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de la delegación contenida en la presente Resolución, deberá hacerse mención a la misma. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o Consejero/a. CUARTO.- Por lo que se refiere al régimen de recursos, se estará a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de Cabildos Insulares, y en concreto, contra los actos dictados por el órgano delegado, que no ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Cabildo Insular. QUINTO.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, debiéndose dar cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos. De esta Resolución se harán las notificaciones al interesado y a los organismos competentes, si procede. En Santa Cruz de La Palma, Página 2 de 2 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15704543056750464636 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/