Avda. Marítima, 3 38700 Santa Cruz de La Palma (Islas Canarias) Servicio de Infraestructura Tel. 922 423 100 – Fax: 922 420 030 Secretaría General ANUNCIO El Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: “ASUNTO Nº 8.- PROPUESTA DE LA PRESIDENCIA SOBRE RATIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL INCLUIDA EN EL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR CON FECHA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022. El Sr. Presidente pone en conocimiento del Pleno el texto del dictamen, de la Comisión de Pleno de Ordenación del Territorio, Desarrollo Sostenible y Presidencia, celebrada el 24 de noviembre de 2023, cuyo contenido literal es el que sigue: “El Sr. Presidente Accidental somete a consideración de la Comisión del Pleno de Ordenación del Territorio, Desarrollo Sostenible y Presidencia, la propuesta de acuerdo, de fecha 16 de noviembre de 2023, sobre la Ratificación de la Declaración Institucional incluida en el Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 2 de septiembre de 2022, y cuyo contenido es del siguiente tenor literal: “PROPUESTA DE LA PRESIDENCIA SOBRE RATIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL INCLUIDA EN EL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR CON FECHA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022. ANTECEDENTES Primero.- Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, de 2 de septiembre de 2022, se aprobó el documento denominado «Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», desarrollado por la sociedad Écija Legal S.L., adjudicataria del contrato menor para el servicio de redacción del plan antifraude, en virtud de Decreto de la Presidencia núm. 2021/10991, de 22 de diciembre de 2021. SECRETARÍA GENERAL MCAA/mjgp 1 Segundo.- En materia de prevención del fraude, una de las medidas contempladas en el Plan de Medidas Antifraude (en adelante, PMA) es la denominada «Declaración institucional con motivo del plan de recuperación, transformación y resiliencia» (apartado 2.1.2), mediante la cual se refleja el compromiso que el Cabildo Insular de La Palma asume en materia de lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Tercero.- El apartado 2.1.5 del PMA configura la estructura organizativa para la definición, implantación, ejecución y seguimiento del mismo, estableciendo, para ello, dos órganos: el Comité Antifraude y la Unidad con Funciones de Control de Gestión (UFCG). El Comité Antifraude es el órgano colegiado encargado del diseño de la estrategia de lucha contra el fraude, la elaboración del plan, su seguimiento, actualización y evaluación de su resultado, asumiendo las siguientes competencias enumeradas en el subapartado 2.1.5.1 del PMA:  Llevar a cabo evaluaciones periódicas del riesgo de fraude, en la ejecución del PRTR con la ayuda de un equipo de evaluación.  Impulsar la declaración política contra el fraude, junto con unos procedimientos adecuados de evaluación del riesgo de fraude y la puesta en marcha de medidas efectivas y proporcionadas al respecto a través de un plan de acción.  Asegurarse de que el personal es conocedor, a través de acciones formativas y de concienciación, de todos los asuntos relacionados con el fraude y los conflictos de interés de que recibe formación al respecto.  La gestión de las denuncias que lleguen a través del canal de denuncias interno para que cualquier tercero pueda comunicar, incluso anónimamente, cualquier irregularidad de la que tenga conocimiento y que sea susceptible de ser considerara una situación de fraude o de conflicto de interés.  Asegurarse de que, en caso de detectarse un supuesto de fraude, se remite las investigaciones efectuadas a los organismos competentes cuando se producen casos de fraude en el ámbito de actuación del CABILDO.  Asegurarse de que todas las personas implicadas en la ejecución de los fondos asociados al PRTR dentro de su ámbito de competencias firman la correspondiente Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).  Asegurarse de que se lleva a cabo las medidas de diligencia debida sobre los beneficiarios directos e indirectos de los fondos.  Asegurarse de que se hace un uso adecuado de las herramientas y soluciones informáticas provistas por el Gobierno de España y la Unión Europea para mejorar la eficacia de las medidas establecidas en el presente Plan.  La adopción o proposición dentro de su ámbito de competencias de medidas correctoras, incluyendo sanciones administrativas, si procede. Según prevé el subapartado 2.1.5.1 del PMA, el Comité Antifraude estará conformado por los siguientes miembros: 2 a. Consejero/a del Área de Hacienda o persona en quien delegue. b. Jefe/a de la Oficina Presupuestaria. c. Interventor/a Accidental. d. Vicesecretario/a. e. Jefe/a del Servicio de Contratación, Servicios y Suministros. f. Jefe/a del Servicio de Contratación de Obras. g. Director/a de la Asesoría y Defensa Jurídica. h. Jefe/a del Servicio de Presidencia, que actuaría como Secretario/a del Comité. Por su parte, la UFCG es el órgano encargado de comprobar y analizar los expedientes identificados de riesgo y, en su caso, de proponer la aplicación de medidas específicas, así como de desarrollar las funciones tendentes a la coordinación y seguimiento de la gestión previstas en el subapartado 2.1.5.2 del plan y que son las siguientes:  Comunicación al personal del CABILDO la aprobación y actualización del Plan Antifraude, así como cualquier otra comunicación relacionada con medidas relativas al presente Plan.  Divulgación entre el personal del CABILDO de la existencia de los buzones de denuncia externos y el buzón de denuncia interno para la comunicación sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos.  Establecimiento de un procedimiento de trabajo y elaboración de modelos de documentos necesarios para la prevención, detección, corrección y persecución del conflicto de interés, el fraude y la corrupción, así como la documentación de las actuaciones relacionadas.  Ejecución del plan de control interno aprobado por el Comité Antifraude.  Seguimiento de que la documentación que acredita el cumplimiento de las medidas antifraude se va generando y actualizando en los plazos acordados con los respectivos órganos gestores de actuaciones del PRTR.  Establecimiento de un registro con copia de toda la documentación que acredite el cumplimiento de las medidas antifraude por el CABILDO de la implantación de PRTR.  Informar al Comité Antifraude del estado de implantación en el que se encuentra el Plan Antifraude en base al seguimiento que realiza de los documentos de las medidas antifraude adoptadas.  Custodia de la documentación clave para el desarrollo del Plan Antifraude, especialmente, de las Declaraciones Institucionales y de ausencia de conflicto de interés.  Los miembros de la UFGC serán designados por el Comité Antifraude. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3 Primero.- El artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y, en su virtud, el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, imponen la obligación de que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) disponga de un «Plan de medidas antifraude». Segundo.- El Anexo III.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, referente a las medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de intereses establece que las medidas preventivas «deberán estar dirigidas a reducir el riesgo residual de fraude a un nivel aceptable, pudiendo incluir: (…) C. Implicación de las autoridades de la organización, que deberán: I. Manifestar un compromiso firme contra el fraude y comunicado con claridad, que implique una tolerancia cero ante el fraude (…)». En virtud de lo anterior, esta Presidencia propone al Pleno del Cabildo Insular de La Palma, la adopción del siguiente acuerdo: Primero.- Ratificar la declaración institucional incluida en el «Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», aprobado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 2 de septiembre de 2022, cuyo tenor literal es el siguiente: «Declaración institucional con motivo del plan de recuperación, transformación y resiliencia. El CABILDO, como administración pública que participa de las medidas del PRTR debe disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, que los fondos asignados se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Por ello, quiere manifestar su compromiso con los más altos estándares en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus formas. El CABILDO se compromete a promover dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, y se requiere de todas y todos sus integrantes que asuman también este compromiso. Como parte de las funciones asumidas por el CABILDO se ha puesto en marcha una serie de medidas antifraude, en el marco de lo establecido por la normativa comunitaria y nacional atendiendo a criterios de proporcionalidad. Asimismo, cuenta con la colaboración de los diferentes responsables y gestores/as de procesos para asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en la implementación de medidas correctoras. 4 Las medidas adoptadas por el CABILDO ejercerán un efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta y que haga posible su prevención y detección, y desarrollar así unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo, y que permitan garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el momento preciso. La prevención y detección del fraude supone una gran responsabilidad en la gestión de fondos públicos, así como en la gestión de los fondos asociados al Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, que por sus especiales características requiere de medidas específicas para la detección de cualquier situación que pueda suponer un riesgo de fraude. El fraude no solo implica posibles consecuencias financieras, sino que además perjudica la reputación del organismo responsable de la gestión eficaz y eficiente de los fondos. Esto tiene especial importancia para los organismos públicos responsables de la gestión de los fondos de la UE. Adicionalmente, con respecto a las situaciones de conflicto de intereses hay que tener en cuenta que éstas pueden darse cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones de una persona se ve comprometido por motivos relacionados con su familia, su vida sentimental, sus afinidades políticas o nacionales, sus intereses económicos o cualquier otro tipo de interés compartido con, por ejemplo, la persona solicitante de fondos de la UE. Es por ello por lo que, como parte importante de las medidas implementadas por el CABILDO, se establece un procedimiento específico para la declaración de las situaciones de conflicto de intereses. En definitiva, el CABILDO y las entidades ejecutoras dependientes adoptarán en cada momento las medidas que sean necesarias para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse». Segundo.- Proceder a la designación de los miembros del Comité Antifraude que, según el PMA, son los siguientes: a. Consejero/a del Área de Hacienda o persona en quien delegue. b. Jefe/a de la Oficina Presupuestaria. c. Interventor/a Accidental. d. Vicesecretario/a. e. Jefe/a del Servicio de Contratación, Servicios y Suministros. f. Jefe/a del Servicio de Contratación de Obras. g. Director/a de la Asesoría y Defensa Jurídica. h. Jefe/a del Servicio de Presidencia, que actuaría como Secretario/a del Comité. Los miembros titulares del Comité Antifraude podrán ser sustituidos en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del Secretario/a del Comité. 5 Tercero.- Que por parte del Servicio de Organización y Participación Ciudadana o unidad administrativa competente en materia de atención ciudadana, se implemente el sistema de canales de comunicación de denuncias internos y externos, en los términos previstos en el apartado 2.1.6 del PMA. El contenido de los canales de denuncias internos se desarrollará garantizando la protección de la identidad del denunciante y la ausencia de represalias, así como asegurando las debidas garantías al denunciado en el marco de la investigación. Cuarto.- Ratificar el nombramiento como responsable de los proyectos y/o subproyectos financiados a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de Dña. María del Carmen Ávila Ávila, Secretaria General del Pleno del Cabildo Insular de La Palma, desde el día 9 de abril de 2023, quien asumirá las tareas fijadas por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Quinto.- Publicar el «Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», aprobado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 2 de septiembre de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Portal de Transparencia, dando difusión del mismo entre el personal funcionario y político a través de su publicación en el Portal del Empleado y mediante la remisión de un correo electrónico. Sexto.- Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Presidencia, al Servicio de Organización y Participación Ciudadana o unidad administrativa competente en materia de atención ciudadana, así como a cualquier otra unidad administrativa del Cabildo Insular de La Palma que gestione Fondos Europeos. Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Portal de Transparencia. No obstante, el Pleno de la Corporación resolverá lo que estime más conveniente para los intereses insulares. S/C de La Palma, a 16 de noviembre de 2023. EL PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. D. Sergio Javier Rodríguez Fernández”. (…) No suscitando debate el asunto, la Comisión acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes (9), proponer al Pleno de la Corporación, la adopción de los siguientes ACUERDOS Primero.- Ratificar la declaración institucional incluida en el «Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», aprobado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 2 de septiembre de 2022, cuyo tenor literal es el siguiente: 6 «Declaración institucional con motivo del plan de recuperación, transformación y resiliencia. El CABILDO, como administración pública que participa de las medidas del PRTR debe disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, que los fondos asignados se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Por ello, quiere manifestar su compromiso con los más altos estándares en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus formas. El CABILDO se compromete a promover dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, y se requiere de todas y todos sus integrantes que asuman también este compromiso. Como parte de las funciones asumidas por el CABILDO se ha puesto en marcha una serie de medidas antifraude, en el marco de lo establecido por la normativa comunitaria y nacional atendiendo a criterios de proporcionalidad. Asimismo, cuenta con la colaboración de los diferentes responsables y gestores/as de procesos para asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en la implementación de medidas correctoras. Las medidas adoptadas por el CABILDO ejercerán un efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta y que haga posible su prevención y detección, y desarrollar así unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo, y que permitan garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el momento preciso. La prevención y detección del fraude supone una gran responsabilidad en la gestión de fondos públicos, así como en la gestión de los fondos asociados al Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, que por sus especiales características requiere de medidas específicas para la detección de cualquier situación que pueda suponer un riesgo de fraude. El fraude no solo implica posibles consecuencias financieras, sino que además perjudica la reputación del organismo responsable de la gestión eficaz y eficiente de los fondos. Esto tiene especial importancia para los organismos públicos responsables de la gestión de los fondos de la UE. Adicionalmente, con respecto a las situaciones de conflicto de intereses hay que tener en cuenta que éstas pueden darse cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones de una persona se ve comprometido por motivos relacionados con su familia, su vida sentimental, sus afinidades políticas o nacionales, sus intereses económicos o cualquier otro tipo de interés compartido con, por ejemplo, la persona solicitante de fondos de la UE. Es por ello por lo que, como parte importante de las medidas implementadas por el CABILDO, se establece un procedimiento específico para la declaración de las situaciones de conflicto de intereses. 7 En definitiva, el CABILDO y las entidades ejecutoras dependientes adoptarán en cada momento las medidas que sean necesarias para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse». Segundo.- Proceder a la designación de los miembros del Comité Antifraude que, según el PMA, son los siguientes: a. Consejero/a del Área de Hacienda o persona en quien delegue. b. Jefe/a de la Oficina Presupuestaria. c. Interventor/a Accidental. d. Vicesecretario/a. e. Jefe/a del Servicio de Contratación, Servicios y Suministros. f. Jefe/a del Servicio de Contratación de Obras. g. Director/a de la Asesoría y Defensa Jurídica. h. Jefe/a del Servicio de Presidencia, que actuaría como Secretario/a del Comité. Los miembros titulares del Comité Antifraude podrán ser sustituidos en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del Secretario/a del Comité. Tercero.- Que por parte del Servicio de Organización y Participación Ciudadana o unidad administrativa competente en materia de atención ciudadana, se implemente el sistema de canales de comunicación de denuncias internos y externos, en los términos previstos en el apartado 2.1.6 del PMA. El contenido de los canales de denuncias internos se desarrollará garantizando la protección de la identidad del denunciante y la ausencia de represalias, así como asegurando las debidas garantías al denunciado en el marco de la investigación. Cuarto.- Ratificar el nombramiento como responsable de los proyectos y/o subproyectos financiados a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de Dña. María del Carmen Ávila Ávila, Secretaria General del Pleno del Cabildo Insular de La Palma, desde el día 9 de abril de 2023, quien asumirá las tareas fijadas por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Quinto.- Publicar el «Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de La Palma en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», aprobado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 2 de septiembre de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Portal de Transparencia, dando difusión del mismo entre el personal funcionario y político a través de su publicación en el Portal del Empleado y mediante la remisión de un correo electrónico. Sexto.- Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Presidencia, al Servicio de Organización y Participación Ciudadana o unidad administrativa competente en 8 materia de atención ciudadana, así como a cualquier otra unidad administrativa del Cabildo Insular de La Palma que gestione Fondos Europeos. Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Portal de Transparencia.” Sometido a votación, el Pleno aprueba por unanimidad de los Miembros Corporativos presentes (18) la PROPUESTA DE LA PRESIDENCIA SOBRE RATIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL INCLUIDA EN EL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR CON FECHA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022, tal y como ha sido transcrito. En Santa Cruz de La Palma, a veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés. El Presidente, Sergio Javier Rodríguez Fernández, firmado electrónicamente. Firmado digitalmente por RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Fecha: 2023.12.27 09:47:29 Z RODRIGUEZ FERNANDE Z SERGIO JAVIER - 42172780A 9