. r, ¡ ; ~- ·, • ·.·\,1\'.. ".Jf:~ fTl o CABILDO DE LA PALMA + '!!!~ m Gobierno 1ii!iJ de Canarias ADENDA PRIMERA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LAS CONSEJERÍAS DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y DE SANIDAD, Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA, PARA COFINANCIAR LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y REFORMA DE LAS YA EXISTENTES ...PJ~~A.filo%-:::er-;;1:;~ CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS SOCIOSANITARIAS. En Canarias , a , 3 9!'C Z018 de 2 7 DIC. 2018 018. REUNIDOS De una parte la Excma. Sra. Dña. Cristina Valido Garcia, Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda. en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorgan los artículos 16.1 y 29.1 k) de la Ley 14/1990. de 26 de julio. de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el Decreto 2/2017, de 4 de enero. del Presidente, por el que se le nombra Consejera de Empleo. Políticas Sociales y Vivienda, el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y con el articulo 125.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, y facultada expresamente para la firma de la presente adenda al convenio de cooperación por acuerdo del Gobierno de Canarias. en sesión de 26 de noviembre de 2018. De otra. el Excmo. Sr. D. José Manuel Saltar Trabazo, Consejero de Sanidad. en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. actuando en calidad de Presidente del Consejo de Dirección del Servicio Canario de la Salud. en uso de las facultades que tiene atribuidas por el articulo 16.1 y 29 1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio. de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con Decreto 4/2017, de 4 de enero, del Presidente. por el que se le nombra Consejero de Sanidad. así como por los artículos 56.1 de la Ley 11/1994. de 26 de jul1o. de Ordenación Sanitaria de Canarias y 7 del Decreto 32/1995. de 24 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (SCS) y el articulo 125.1 de la Ley 8/2015. de 1 de abril. de Cabildos Insulares, y facultado expresamente para la firma de la presente adenda al conven1o de cooperac1ón . _ r acuerdo del Gobierno de Canarias. en sesión de 26 de noviembre de 2018 . . otra, el Excmo. Sr. D. Anselmo Francisco Pestana Padrón, Presidente del Cabildo Insular de alma. en representación que del mismo tiene atribuida en virtud del art. el apartado 4, letra ñ). rticulo 124, en relación con la Disposición adicional décimo cuarta de la Ley 7/1985, de 2 de a 1, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como del articulo 125.2 de la Ley 8/2015. de 1 de bril. de Cabildos Insulares. y facultado para la firma de la presente adenda al convenio de coo eración. por autorización del Consejo de Gobierno Insular en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2018. Los intervinientes, que actúan en razón de sus resnR1cmrn"' /c¡¡rgos, se reconocen, mutua y ' recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la de la presente Adenda al . \Convenio de cooperación y. en su mérito. / ~\ ' REGISTRO DE CONVENIOS N•.: l.Q!.'?l?..PP.!.Y..'I.. .... CABILDO DE LA PALMA EXPONEN PRIMERO.- El Gobierno de Canarias. en sesión celebrada el dia 20 de noviembre de 2017. autonzó el gasto plurianual número 00782/2017 de la ConseJería de Empleo. Polillcas Sociales y Vivienda para dar cobertura presupuestaria en la parte correspondiente al Gobierno de Canarias a la actuaciones del 11 Plan de Infraestructuras Sociosanitarias de Canarias correspondientes al periodo 2017-2020. por importe de ciento sesenta y un millones ciento cincuenta mil (161.150.000) euros. de acuerdo con la siguiente drstribución por anualidades: 2017 : 2018 Partida Presupuestaria 23.08.231 M. 760. 33.389.541 43.281.000 00 PI 177G0061 SEGUNDO.- Con la cobertura del citado gasto plurianual, el 29 de diciembre de 2017 se firmó un Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. a través de la Consejería de Empleo, Políticas sociales y Vivienda y la Consejería de Sanidad. y el Cabildo Insular de La Palma (BOC 35. de 19 de febrero de 2018) para cofinanciar la construcción de infraestructuras y reformas de las ya existentes destrnadas a la creación de nuevas plazas sociosanitarias. con el siguiente cuadro de cofinancración de acuerdo con la siguiente distribución de las anualidades. APORTACIONES COMUNIDAD AUTÓNOMA 2017 2018 2019 2020 TOTAL % 2.000.000.00 € 3 000 000 00 € 6 000 000,00 € 7150 000.00 € 18 150 000.00 € 69 (~ APORTACIONES CABILDO 2017 2018 2019 2020 TOTAL % 1.385.500.00 € 2.689 500.00 € 3 178 500,00 € 8150000.00€ 31 TERCERO.- Por Acuerdo del Gobierno de Canarias de 14 de marzo de 2018. se aprueba el Plan Presupuestario a medio plazo y los Escenarios Presupuestarios Plurianuales de esta Comunidad /1 Autónoma de Cananas para el penado 2019 - 2021 (publrcado por Resolucron de la Secretarra j l General de Presrdencra del Gobrerno. BOC 77, de 20/04/2018) 1 Drcho Acuerdo de Gobrerno oblrga a la ConseJeria de Empleo, PoYrtrcas Socrales y Vrvrenda a ·....____~ ¡adecuar el gasto plunanual rnrcralmente aprobado y que daba rtura a la suscnpcron de los 1 convenios. al nuevo marco presupuestario establecido por mi mitándose un procedimiento 1 de reajuste de anualidades que. previa la conformidad ,1 concluye con la Orden de la i Consejera de Hacienda de 28 de mayo de 2018. nú · registro 202, de autorización y :aprobación del reajuste del citado gasto plurianual núm 82. de acuerdo con la sigurente :redistribución por anualidades para el período 2017 a 2021 · 2019 2020 Total 42.719.000 41.760.459 161.150.000 2 '\ ¡ l" ' - " CABILDO DE LA PALMA Aplicación Presupuestaria 23.08.231 M.760.00 1 Proyectos 1 de 2017 2018 2019 2020 i 2021 Total Inversión 1 1 [ 177G0061 1 187G0066 187G0067 187G0068 33.389.541 € 22.250.000 € 42 719.000 € 41.659 593 € 21131.866 € ¡ 161.150.000 € 187G0069 :1 ' 187G0070 1 ¡ 187G0071 1 ¡ ! ¡ 187G0072 CUARTO.- Dentro de este reajuste del gasto plurianual se autoriza la nueva distribución de anualidades y de las cuantías correspondientes al Convenio suscrito con el Cabildo Insular de La Palma, tal y como se relaciona en el siguiente cuadro: APORTACIONES COMUNIDAD AUTÓNOMA 2017 2018 2019 2020 2021 TOTAL % 2.000 000.00 € 3.000.000.00 € 5 000 000.00 € 6.150.000.00 € 2.000.000.00 € 18150 000.00 € 69 QUINTO.- _ReaJustadas las anualidades y cuantías correspondiente a la aportación de la Comunidad Autónoma de la forma señalada, las correspondientes al Cabildo de La Palma igualmente se stan conforme al siguiente cuadro: ( - 1 APORTACIONES CABILDO 2017 2018 2019 2020 2021 TOTAL % 611.485.15€ 1176814.68€ 2.278.500.00€ 4083200.17 8.150000.00€ 31 SEXTO.- Aprobado y autorizado el reajuste de anualidades y de las cuantías de financiación, procede formalizar la presente adenda primera de prórroga y de modificación, modificando las Cláusulas Segunda. Cuarta, Quinta y Sexta del Convenio para su adaptación al nuevo escenario de financiación plurianual, así como establecer la prórroga de la vigencia del hasta el 31 de diciembre de 2021. ,. ,/ 1 SÉPTIMO.- Por otra parte, a efectos de dar mayor seguridad jurídica, se ha rliol;,r.Pri J ¡' los gastos a financiar en el presente convenio, serán también de aplicaci necesarios para la ejecución y seguimiento del mismo. procediendo modi i '-...__j / Convenio. Asimismo resulta necesario incorporar en la Comisión de Seguí ! ~~~,~i~~~~~;~~ 1 Sanidad, dado que es parte firmante modificando la Cláusula Novena. 1 --"- . " 3 CABILDO DE LA PALMA Las partes 1ntervíníentes. que actuan en razón de sus respectivas representaciones. se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización de la presenta pnmera adenda de prórroga y mod1f1cacíón. CLÁUSULAS PRIMERA.- Modificación de la Cláusula Primera. (Objeto) Se modifica la Cláusula Pnmera del Convenio de Cooperación relativa al objeto con el fm de atender la demanda de las Corporaciones Locales Insulares dada la realidad de la eJecución del presente Convenio, quedando redactada en los siguientes términos: "Primera.- Objeto. El presente Convenio tiene por objeto articular la cooperación entre la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de las Consejerías de Empleo. Políticas Sociales y Vivienda y de Sanidad. y el Cabildo Insular de La Palma. para cofinanciar la construcción de infraestructuras y reforma de las ya existentes destinadas a la creación de nuevas plazas sociosanitarias, a través de las cuales se prestarán servicios de centro de dia y de noche, asi como de atención residencial, a personas mayores en situación de dependencia reconocida y personas con discapacidad. tengan o no reconocida la situación de dependencia y que se inicien a partir del ejercicio 2017. La cofinanciación de las obras de construcción de nuevas infraestructuras, de reforma de las ya ex·stentes y. en su caso. de la adquisición de inmuebles para la creación de nuevas plazas so iosanitarias y del equipamiento será aplicable tanto a la construcción, reforma y adquisición de 1n ebles y de equipamiento de los centros titularidad del Cabildo Insular. como a los gastos del p sonal necesario para la ejecución y seguimiento del Convenio y los gastos que en materia de venciones destinadas a la misma finalidad y en los mismos conceptos, excepción hecha de la isíc1ón de Inmuebles. 1ncurra el Cabildo Insular con respecto a centros de titulandad municipal NDA.- Modificación de la Cláusula Segunda. (Financiación) Se modifica la Cláusula Segunda del Convenio de Cooperación relativa a la financiación con el objetivo de Incrementar las anualidades asi como de reaJustar los créditos asignados a las mismas sin que supere el crédito inicial. quedando redactada con el siguiente tenor: } "Segunda.- Financiación. ; 1. La Administración Publica de la Comunidad Autónoma de Cananas. a través de la Consejería de ~ : Empleo. Políticas Sociales y Vivienda. destina a la financiación de este convenio la cantidad máxima de dieciocho mil ciento cincuenta millones (18.150.000) de euros. con cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.231M.760.00 PI 177G0061 y PI187G0068, y conforme al siguiente detalle: Años 4 " ' CABILDO DE LA PALMA 2017 2018 2019 2020 2021 1 2 000 000 euros 3.000 000 euros 5 000.000 euros 6 150 000 euros 2.000.000 euros 1 2. El Cab1ldo Insular de La Palma destina a la financiación de este convenio la cantidad máxima de ocho millones ciento cincuenta mil (8.150.000) euros, conforme al siguiente detalle Años Aportación Cabildo Insular Porcentaje de financiación Cabildo 1 Insular 5 8.150.000 euros 31% Anualidades 2017 2018 2019 2020 2021 ----- 611.485,15 euros 1.176.814,68 euros 2.278 500.00 euros 4.083.200,17 euros ( ... )". TERCERA.- Modificación de la Cláusula Cuarta. (Obligaciones de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda) Se mod1fica la Cláusula Cuarta del Convenio de Cooperación relativa a las obligaciones de la Consejería de Empleo. Políticas Sociales y Vivienda con el objetivo de adaptar las mismas al nuevo e í ( \-"" 1no de financiación plurianual, quedando redactada con el siguiente tenor: \ ~ La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda alidades 2017 a 2021 los siguientes importes de las actuacio 2.000.000 euros para la anualidad 2017. 3.000.000 euros para la anualidad 2018. 5.000.000 euros para la anualidad 2019. 6.150.000 euros para la anualidad 2020. 2.000.000 euros para la anualidad 2021. 2. La aportación de la Consejería de Empleo, Políticas demás condiciones de financiación a que se refiere la Cláusula Sexta. 3. La financiación de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda tiene el carácter de máximo en su cuantía global." CUARTA.- Modificación de la Cláusula Quinta. (Forma de Abono) 1 - Cabildo Insular en las rl"'~"rrnllar se realizará con las 5 CABILDO DE LA PALMA Se modifica el primer párrafo del cláusula quinta para contemplar el intervalo de anualidades 2017- 2021 y se introduce una nueva letra e). con los siguientes textos: "Quinta.- Forma de Abono. El abono de la aportación dineraria de las anualidades de 2017 a 2021 se realizará de la srguiente manera a) . e) En el eJercrcro 2021 se podrá librar. con carácter anticipado. hasta el 100% del importe de dicha anualidad. condicionado a lo que establezca la normativa correspondrente y siempre que se hubiera JUStificado. de acuerdo con las condiciones establecidas. los pagos realizados en el año 2020 aunque las nuevas infraestructuras o reformas de las ya existentes no estén aún culminadas.· QUINTA.- Modificación de la Cláusula Sexta. (Plazo de realización y justificación de la aplicación de la financiación) Se modifica el punto 2 de la Cláusula Sexta del Convenio relativa a la aplicación de los fondos y justificación de las anualidades, quedando redactado con el siguiente tenor: "Sexta.- Plazo de realización y justificación de la aplicación de la financiación. 1 de los fondos y de justificación de las anualidades 2019, 2020 y 2021 será la -· - Plazo de realización ~!_azo de justificación Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de Hasta el 31 de octubre 2020 diciembre de 2019 Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de Antes del 31 de octubre de : diciembre de 2020 2021 2021 hasta el 31 de Antes del de 2021 Desde el 1 de enero de octubre de 2021 2021 ! ( )' J "-----> SEXTA.- Modificación de la Cláusula Novena. (Comisión de Seguimiento) Se modifrca el punto 1 de la Cláusula Novena del Convenio de Coope Seguimiento con el fin de atender la solicitud de la Consejería de s~n,ciJiri dada la idoneidad de contar con su presencia al tratarse de infrd.>ot.'l ¡o¡¡,"""~ quedando su redacción del siguiente tenor: "Novena.- Comisión de Seguimiento. 1. Se establece una Comisión de Seguimiento constituida por dos mi ConseJería de Empleo. Políticas Sociales y Vivienda. uno de los cuales la presidirá un miembro de la Consejería de 31 de diciembre 6 CABILDO DE LA PALMA Sanidad y tres m1embros por parte del Cabildo Insular. Los miembros de esta Comisión podrán ser sustituidos por las personas que estos designen. Corresponde a la Consejería de Empleo. Políticas Sociales y Vivienda designar al secretario. La Comisión de Seguimiento podrá invitar a sus reuniones a expertos o técnicos que se consideren convenientes. ( .)' SÉPTIMA.- Prórroga del Convenio. Se prorroga el Convenio de Cooperación. suscrito con fecha 29 de diciembre de 2017, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas sociales y Vivienda y la Consejería de Sanidad. y el Cabildo Insular de La Palma. para cofinanciar la construcción de infraestructuras y reformas de las ya existentes destinadas a la creación de nuevas plazas sociosanitarias. hasta el 31 de diciembre de 2021. Y en prueba de conformidad comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman la presente adenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra. y Vivienda El President Ans lmo Fr;¡Lisco P '¡ stana Padrón El Consejero c;l'e Sanidad y Presidente del Consejo de o·rección del Servicio Canario de la Salud -- -----~- -~ José Manuel Saltar Trabazo nsular de La Palma 7