USO DEL CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN (LEY 2/2023) Excmo. Cabildo Insular de La Palma El Excmo. Cabildo Insular de La Palma dispone de un canal interno de información (Canal de denuncias) de carácter general, en cumplimiento de la Directiva (UE) 2019/1937 y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. El canal está soportado sobre la plataforma GlobaLeaks, solución técnica que garantiza el anonimato, el cifrado y la trazabilidad de las comunicaciones exigidos por la Ley 2/2023. Como antecedente, el Cabildo cuenta con un Plan de Medidas Antifraude aprobado el 2 de marzo de 2022; no obstante, el canal interno opera con carácter general para cualquier comunicación amparada por la Ley 2/2023, sin quedar limitado a la gestión de fondos Next Generation UE. Acceso al canal El canal interno es accesible de forma libre y gratuita en la siguiente dirección: https://buzonantifraude.cabildodelapalma.es:32769/. La plataforma permite la presentación de comunicaciones de forma confidencial y, si la persona informante lo desea, anónima, asignando un código de seguimiento para conocer el estado de la comunicación. Quién puede utilizarlo Pueden comunicar a través del canal las personas que mantengan una relación profesional o laboral con el Cabildo (empleados públicos), así como personas trabajadoras autónomas, contratistas y subcontratistas, personas en formación o voluntariado, y quienes hubieran tenido dicha relación, conforme al ámbito subjetivo del artículo 3 de la Ley 2/2023. Qué puede comunicarse Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, de fraude o corrupción en la gestión de fondos públicos, o de infracciones penales o administrativas graves o muy graves. Vías de comunicación: interna y externa La Ley 2/2023 prevé dos vías: la interna, a través del canal del propio Cabildo (Buzón Antifraude); y la externa, ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., o las autoridades autonómicas competentes, así como ante el Ministerio Fiscal. La persona informante puede dirigirse directamente a la vía externa. Responsable del Sistema La gestión del Sistema interno de información corresponde a la persona Responsable del Sistema designada por el órgano de gobierno del Cabildo en el marco del Plan de Medidas Antifraude, que desempeña sus funciones con independencia y autonomía. Garantías Se garantiza la confidencialidad de la identidad de la persona informante y de los terceros mencionados, la trazabilidad y seguridad de las comunicaciones, la protección frente a represalias (artículo 36 de la Ley 2/2023) y el tratamiento de los datos personales conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018. Principios esenciales del procedimiento de gestión Recibida la comunicación, se remite a la persona informante un acuse de recibo en el plazo de siete días naturales, salvo que ello pudiera comprometer la confidencialidad. Las actuaciones de comprobación se desarrollan preservando la confidencialidad y dando audiencia a las personas afectadas. El procedimiento finaliza en un plazo máximo de tres meses, ampliable a otros tres en casos de especial complejidad, comunicándose a la persona informante el resultado de las actuaciones. Todas las comunicaciones se registran en un libro-registro confidencial. Descripción del uso del canal interno de información y de los principios esenciales del procedimiento de gestión, conforme a los artículos 5 y 6 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. Documento en formato abierto y reutilizable. Excmo. Cabildo Insular de La Palma.